[Exposicion de la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra pidiendo que en el proyecto de ley presentado a las Cortes sobre el número de Ayuntamientos se haga una excepción para Galicia]
Full text
Ap ecia
las
ci cuns ancias
de
un
pais
,
cuando
se
legisla
pa a
él
,
es
aspi a
á
gobe na le
con
dulzu a-,
es
la
esp esion
de
un
bené ico
deseo.
Bas a
,
Seño a
,
pa a
el
Co azón
de
V.
R.
M.,
po que
sus
aspi aciones
son
ie nísimas
,
po que
son
muy
bondadosos
sus
deseos.
Díganlo
ejemplos
mil....:
díganlo
especialmen e
las
ecien es
disposiciones
dec e adas
pa a
Galicia
en
el
amo
de
ins ucción
p ima ia.
Tan
halagüeño
ecue do
a i a
la
g a ísima
espe anza
de
o a
escepcion
oda ía
,
que
ambién
eclama
Galicia
po
sus
condiciones
especiales.
Es
la
escepcion
,
Seño a
,
de
los
nume osos
Municipios
que
el
p o
yec o
de
ley
p esen ado
á
las
Co es
es ablece
como
egla
gene al.
Tal
es
el
ema
,
Seño a
,
de
es a
e e en e
súplica
,
que
la
Dipu ación
de
Pon e ed a
ele a
,
espe uosa,
á
V.
R.
M.
1
.
Galicia,
con
e ec o
,
po
su
si uación
opog á ica
,
po
su
clima
,
po
sus
p oducciones,
po
el
géne o
de
abajo
que
o ece
á
sus
mo ado es
,
po
el
ca ác e
que
á
es os
imp ime
,
y
po
o as
causas
in ini as
,
es
un
pais
ma cadamen e
dis in o
de
casi
odos
los
demas,
que
cons i uyen
la
Mona quía.
Asi
es
que
leyes
muy
opo unas
pa a
o as
p o incias,
dejan
de
se
asi
pa a
Galicia:
lo
que
allí
es
saludable,
aquí
puede
se
has a
mo í e o
;
lo
que
en
Cas illa
p.
cg.
es
bueno
,
puede
se
un
g a ísimo
mal
pa a
Galicia.
Las
gen es
del
campo
en
es e
pais
i en
diseminadas.
Cada
amilia
ocupa
un
pun o
apa ado
de
las
de
más
:
allí
iene
su
habi ación
■,
allí
sus
haciendas
;
allí
sus
dia ias
labo es;
allí
odos
sus
es echos
in e eses;
y
allí
sus
oda ía
mas
es echas
necesidades.
Pob es
p opie a ios
en
una
gene alidad
g andísima
,
ege an
poco
menos
que
en
cons an e
aislamien o;
po
consecuencia
,
empequeñecidos
con
a igas,
que,
abajosa
men e,
les
bas an
al
pan
de
cada
dia.
Tales
son,
Seño a,
en
lo
o dina io,
los
pueblos
u ales
de
Galicia.
Po
es o
es,
Seño a,
que
la
ida
social
es
lánguida
en
el
campo
;
po
es o
es
que
sus
habi an es
nacen
y
se
educan
en
los
is es
hábi os
de
un
pu o
indi idualismo
;
po
es o
es
que
á
sus
ojos
ca ece
de
odo
encan o
el
sen imien o
público...,,
la
con eniencia
gene al....
—
elemen os
sin
los
cuales
la
ida
del
Municipio
es
un
engaño.
—
No
es
plan a
esa
,
no
Seño a
,
pa a
lo ece
en
los
pueblos
u ales
de
Galicia
:
ahí
es án
sus
Ayun amien
os
ac uales
;
que
digan
ellos
mismos
si
pasan
de
una
ó mula
legal.
Ni
el
Alcalde
es
en
ellos
el
Alcalde
;
ni
los
Tenien es,
Tenien es;
ni
los
Concejales,
Concejales.
El
Alcalde
,
y
los
Tenien es,
y
el
Ayun amien o,
y
odo
,
es á
e undido
en
una
sola
pe sona
,
la
única
necesa ia
;
el
Sec e a io....
Las
ciudades,
las
demás
poblaciones
de
o o
o den
,
si uadas
ya
po
la
necesidad
al
en e
de
e i o ios
u ales
mas
ó
menos
es ensos,
son
como
los
cen os
desde
donde
eciben
es os
la
ida.
Cada
ciudad,
cada
illa,
iene
ligado
á
sí
misma
,
po
di e sos
espe os,
un
núme o
mayo
ó
meno
de
aldeas
ó
elig esías;
y
es a
e
lación,
hija
de
la
mane a
de
se
de
es e
pais,
de e mina
con
p ecisión
esquisi a
,
asi
los
Municipios
que
<
u
se
UN1VERSIDADE
DE
SANTIAGO
DE
mMPOSTH
a
debe
habe ,
como
sn
mas
con enien e
si uación.
Desconoce ,
pues,
an
señaladas
indicaciones,
se ía
un
cho<]uc
abie o
con
las
ci cuns ancias
del
pais
•,
se ía
ende
á
un
obje o
,
pe o
no
llega
á
él.
A monizada
la
ley
con
las
condiciones
de
Galicia,
los
pueblos
u ales
end ían
sin
dispu a
una
sue e
mejo ;
po que
sen i ían
la
acción
u ela
del
e dade o
Municipio-,
po que
ella
sus i ui ía
á
la
acción
de
aquel
homb e
único
,
y
á bi o
en
el
dia
de
cada
dis i o
-,
po que
los
males
que
p oduce
de
o dina io
el
as
cendien e
de
una
pe sona
necesa ia
deja ían
de
se
has a
posibles;
y
po que
no
se
dis ae ían
an os
y
an os
b azos
como
aho a
se
pie den
en
el
ocio
de
esas
casas
u ales,
que
se
i ulan
«
Casas
de
Ayunlamieido
».
Hab ía
,
pues
,
Seño a
,
en
ez
de
apaiiencias
,
ealidad
;
en
ez
del
ocio,
abajo-,
en
ez
de
icio,
i ud.
Bien
puede
acep a se
el
cambio.
.
Hab ía
mas,
Seño a
;
educido
el
núme o
de
Municipios
,
se ía
meno
ambién
la
suma
de
necesidades
que
ep esen a
en
el
dia
es a
ins i ución:
amino adas
es as,
amino ados
queda ían
los
gas os
que
es án
oca
sionando,
y
es e
bien
no
es,
po
cie o,
desp eciable
pa a
un
pais,
como
Galicia,
empob ecido
po
mo
i os
o dina ios
y
que
des allece
po
la
causa
ex ao dina ia
déla
pé dida
del
ino
y
escasez
de
o as
cosechas.
Es a
azón
económica
es á,
como
se
econoce,
al
lado
de
o a
de
buen
se icio
,
pues o
que
el
núme o
y
si uación
de
los
Ayun amien os,
some ido
á
las
condiciones
del
pais
,
cons i ui ía
,
no
solo
una
adminis
ación
municipal
menos
cos osa,
sino
mas
in eligen e,
mas
ac i a,
y
al
como
con iene
pa a
(jue
pue
da
me ece
el
dic ado
de
«buena.»
Mejo
gobe nación....
y
mas
ba a a....:
no
puede
pedi se
mas.
Hay,
|K)i
in,
o a
azón
mo al,
que
embellece
las
ci cuns ancias
de
Galicia,
si
ellas
alen
á
dis
minui
el
núme o
de
sus
Ayun amien os
y
pa a
la
elección
de
luga es
en
que
han
de
si ua se.
Es a
azón,
Seño a,
es á
en
el
p es igio
de
la
au o idad
Municipal.
¿Cuál
es
la
sue e,
sino,
de
la
mágica
idea
que
ep esen a
la
palab a
«au o idad»
cuando
el
ege cicio
de
es a
se
encomienda
á
pe sonas
dignas
de
an
^ ada
unción?
;
es
muy
Sencillo:
esa
idea,
así,
se
enal ece-,
in unde
san os
espe os;
su
simple
ecue do
j^s a
pa a
ab i
,
el
camino
del
debe .
Muy
al
con a io
sucede
cuando
esa
idea
con as a
con
las
cua
lidades
del
suge o,
en
cuyas
manos
se
con ía:
en onces,
la
pu eza
de
ese
se
mo al
apa ece
empañada
po
los
g ose os
modales
del
homb e
(pie
le
os en a
-,
la
dignidad
de
aquél
pie de
an e
el
demé i o
de
és e;
el
p ime o,
á
los
ojos
de
la
opinión,
desciende
de
su
p o e bial
al u a
po
la
pequeñez
é
insu-
íiciencia
que
dis inguen
al
segundo.
La
au o idad,
en onces,
se
desp es igia-,
su
legí ima
in luencia
des
mejo a;
el
indi iduo
no
e
ahí
lo
que
debie a-,
la
sociedad
se
ala ma
po que
e
palidece
una
de
las
p i
me as
ga an ías
de
su
bienes a .
La
di e encia
es
muy
g a e.
Todas
es as
conside aciones
es án
desde
hace
mucho
en
la
opinión
del
pais;
opinión
que
no
puede
se
engañosa,
po que
es
gene al,
po que
es
un
p oduc o
de
la
espe iencia
de
las
mismas
cosas.
Es a
Dipu ación,
Seño a,
la
p ohija
,
po
lo
mismo,
y
endidamen e
SI
PLICA
á
V.
R.
M.
se
digne
manda
,
que
ues o
Gobie no
esponsable
p oponga
á
las
Co es
una
escepcion
pa a
Galicia
de
la
egla
gene al,
que
en
el
p oyec o
p esen ado
de e mina
el
núme o
de
Ayun a
mien os;
á
in
de
que
en
es a
p o incia
se
limi e
á
los
que
sus
ci cuns ancias
aconsejan,
y
que,
así
esuel o,
end á
la
hon a
de
p opone
á
V.
R.
M.
es e
Cue po
P o incial.
Quie a
el
Cielo,
Seño a,
con
cede
á
la
España
dila ados
años
la
p eciosa
ida
de
V.
R.
M.
Pon e ed a
18
de
Ene o
de
1861.
—
SEÑORA:
—
A.
L.
R.
P.
de
V.
M.
—
El
G.
I.
P.,
Vic o iano
G anados.
—
Ramón
Sancho^
Dipu ado
po
Pon e ed a.
—
Joaquín
Yañea,
Dipu ado
po
Vigo.
—
José
A aujo^
Dipu ado
po
Cambados.
—
José
Espi
nosa,
Dipu ado
po
Lalin.
—
Manuel
T oncoso
Almansa,
Dipu ado
po
Redondela.
—
Manuel
Sánchez,
Di
pu ado
po
la
Cañiza.
—
Basilio
Besada,
Dipu ado
po
Tuy,
Sec e a io.
-