Las reflexiones de Campomanes sobre la pesca en América
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LAS REFLEXIONES DE CAMPOMANES SOBRE LA PESCA EN AMÉRICA1 Campomanes’ reflections on Spanish fisheries in America CARLOS MARTÍNEZ SHAW * Aceptado: 19-12-94. BIBLID [0210-9611(1995); 22; 243-267] RESUMEN En un escrito de 1762, las Reflexiones sobre el comercio español a Indias, Campomanes dedica dos capítulos a la discusión de la oportunidad de fomentar la pesca española en aguas americanas. En concreto, el proyecto se refiere a la instalación en Patagonia (Bahía de San Julián y Puerto Deseado) de factorías pesqueras dedicadas a la captura de la ballena y el lobo marino. Sus ideas, que estaban presentes en el círculo ilustrado cercano al gobierno, se verían plasmadas en la creación de la Real Compañía Marítima en 1789. Palabras clave: Pesquerías. América. Siglo XVIII. Pensamiento económico. ABSTRACT Campomanes’ Reflexiones sobre el comercio español a Indias (written in 1762) include two chapters dealing with the convenience of promoting Spanish fisheries in America. The project aimed at setting up factories for whale and sea-wolf hunting in Patagonia (Bahía de San Julián and Puerto Deseado). Campomanes’ ideas, which were shared by the enlightened circle near the government, met the establishment of the Real Compañía Marítima in 1789. Key words: Fisheries. America. 18th Century. Economic Thought. Los grandes teóricos ilustrados españoles en materia económica se ocuparon del fomento de la pesca de una forma tangencial, dejando para algunos especialistas, cuyo más conspicuo representante fue sin duda Antonio Sáñez Reguart, el tratamiento en profundidad de la cuestión. De ese modo, resulta fácil realizar el inventario de las opiniones vertidas por * Departamento de Historia Moderna. UNED. 1. Este artículo lo debe todo a mis buenos amigos del Departamento de Historia Moderna de la Universidad de Granada, que me invitaron a impartir un Seminario sobre cuestiones pesqueras y me ofrecieron las páginas de Chronica Nova para publicar mi intervención, y a Marina Alfonso, que me sugirió la oportunidad de tratar específicamente este tema. Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
244 CARLOS MARTÍNEZ SHAW los nombres más famosos del mercantilismo tardío sobre tal problemática, aunque no es nuestra intención hacerlo en este lugar2. Tampoco Campomanes tuvo entre sus intereses principales el del desarrollo de la pesca, como se puede asegurar a poco que se esté fami liarizado con sus escritos, o como se desprende del último estudio que se le ha consagrado hasta el momento, donde no se dedica ni una sola línea a la problemática pesquera, completamente desplazada por otras cuestio nes más relevantes, como el comercio de granos, la amortización eclesiás tica, la industria popular, la educación de los artesanos o la libertad de comercio con América3. Sin embargo, una de sus obras, dedicada precisamente al comercio ultramarino español, consagra unas páginas sumamente sugestivas a la cuestión del establecimiento de una industria pesquera en aguas america nas. Una idea cuya prioridad en la invención no puede sin duda atribuírsele, pero que sí supo debatir por primera vez de una manera extensa y sustantiva. Y una idea que, recogida poco tiempo después por un grupo de funciona rios y empresarios para llevarla a la práctica, daría lugar a la fundación de la Real Compañía Marítima, una de las sociedades privilegiadas más características de la etapa final del reformismo setecentista y del mercantilismo tardío español4. 2. SÁÑEZ REGUART, A.: Diccionario histórico de las artes de la pesca nacio nal Madrid, 1791-1795. Además, cf. URTEAGA, L.: La tierra esquilmada. Las ideas sobre la conservación de la naturaleza en la cultura española del siglo XVIII. Barcelona, 1987 (especialmente, la primera parte: “La explotación pesquera y la conservación del mar”). 3. LLOMBART, V.: Campomanes, economista y político de Carlos III. Madrid, 1992 (cf. especialmente, la relación de los escritos citados, en pp. 370-381). Otro tanto puede decirse de la numerosa serie de libros sobre su obra, como son los de ÁLVAREZ REQUEJO, F.: El Conde de Campomanes. Su obra histórica. Oviedo, 1954; KREBS WILCKENS, R.: El pensamiento histórico, político y económico del Conde de Campomanes. Santiago de Chile, 1960; RODRIGUEZ, L.: Reforma e Ilustración en la España del siglo XVIII: Pedro Rodríguez de Campomanes. Madrid, 1975; GIL, L.: Campomanes, un helenista en el poder. Madrid, 1976; BUSTOS RODRIGUEZ, M.: El pensamiento socio-económico de Campomanes. Oviedo, 1982; y ÁLVAREZ DE MORALES, A.: El pensamiento político y jurídico de Campomanes. Madrid, 1989. Por no citar los también numerosos artículos y estudios introductorios a sus escritos, con los de G. Anes, F. Tomás y Valiente y J. Reeder a la cabeza. 4. El mejor y más completo trabajo sobre la Compañía Marítima es el de SILVA, H. A.: La economía pesquera en el Virreinato del Río de la Plata. Buenos Aires, 1978. También se encuentran algunas noticias, en GONZÁLEZ ECHEGARAY, R.: Balleneros cántabros. Santander, 1978, passim; y FERNÁNDEZ DÍAZ, R. y MARTÍNEZ SHAW, C.: “La pesca de altura en la América española del Setecientos. La fundación de la Real Compañía Marítima”, Andalucía, América y el Mar. Sevilla, 1991, pp. 73-91. Actualmente estoy preparando un nuevo estudio sobre la misma, que espero pueda ver pronto la imprenta. Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
LAS REFLEXIONES DE CAMPOMANES SOBRE LA PESCA EN AMÉRICA 245 El texto lo constituyen dos capítulos de una obra hasta hace pocos años inédita, las Reflexiones sobre el comercio español a Indias, escritas por Campomanes en 1762 (terminadas concretamente el 3 de abril del mismo año, según declara su propio autor) y descubiertas por V. Llombart en el transcurso de su investigación en el Archivo del Conde de Campomanes (custodiado por la Fundación Universitaria Española). La obra, que como su título indica se ocupa fundamentalmente del comercio colonial español para abogar por su liberalización, incluye sin embargo unas páginas (las que forman los capítulos XIII y XIV) dedicadas a discutir la oportunidad de abrir nuevos frentes a la pesca española en los mares de sus dominios americanos. El tratamiento de la problemática se completa con una extensa relación (que ocupa todo el capítulo XII) sobre las expediciones españolas y extranjeras al estrecho de Magallanes (que tiene como propósito servir de base documental a sus argumentaciones), con unas breves alusiones en el capítulo XVI a las pesquerías inglesas en Acadia y en Terranova y, sobre todo, con un comentario relativamente extenso (que forma el capí tulo III del suplemento a la obra) a otro texto sobre la misma materia, concretamente unas Reflexiones sobre el estado actual del Comercio de España, escritas, según se especifica, en 1761 y de autor hasta ahora no identificado, donde aparece la misma idea debatida por Campomanes de la posibilidad de fomentar las pesquerías americanas, y más concretamente aún de establecer las “pescas reales en los mares australes”5. * * * El análisis del texto demuestra ya desde la propia tabla de materias que la inclusión en la obra de unos capítulos dedicados al fomento de la pesca en América no se debe a una preocupación específica por el sector, sino a la conveniencia sentida por el autor de tratar de la industria y el comercio del pescado como un ramo más del tráfico en una obra que buscaba ser lo más exhaustiva posible al abordar la problemática de los intercambios españoles con las colonias. En segundo lugar, la inclusión parecía especialmente obligada cuando una reflexión sobre la economía colonial española ponía en primer plano y dotaba de un relieve especial a uno de los temas recurrentes en la publicística española de este género, una cuestión que constituyó un verdadero leitmotiv del mercantilismo tardío en nuestro país: el desequilibrio 5. RODRÍGUEZ CAMPOMANES, Pedro: Reflexiones sobre el comercio español a Indias (1762). Edición de V. Llombart Rosa, Madrid, 1988. Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
246 CARLOS MARTÍNEZ SHAW de la balanza comercial provocado por las sistemáticas e inevitables im portaciones de pescado, singularmente del bacalao capturado en Terranova e introducido por los ingleses en nuestras costas6. Estas importaciones generaban un déficit difícil de calcular con exactitud pero indudablemente de gran envergadura, que Campomanes cifra en 500.000 quintales valo rados en 3 millones de pesos, cantidad que el propio fiscal rebajará años más tarde en otro documento. En realidad, en este apartado Campomanes no se basaba en indagaciones propias, sino que repetía sin modificación lo que habían dicho para épocas anteriores otros autores, como Jerónimo de Uztáriz y Bernardo de Ulloa, por lo que sus estimaciones no merecen mayor crédito7. Ahora bien, al margen de los cálculos, es precisamente esta conciencia de la necesidad de cortar este flujo de importaciones que descapitaliza al país la que inspira “en todos los tratadistas las alusiones al fomento y renovación del sector pesquero español. Sin embargo, la pesca en las costas españolas apenas si merece la atención de Campomanes, a no ser de modo muy indirecto al comentar las citadas Reflexiones anónimas. Así, primero, se limita a transcribir una frase en favor de la pesca de cabotaje en aguas atlánticas para obtener especies capaces de convertirse en una alternativa a la entrada de las capturas extranjeras: “Las costas de Cantabria, Galicia y Andalucía abundan en merluzas, sardinas, atunes y otros pesca dos. Sería fácil beneficiarlos, como hacen en el norte, y suplir con ellos a los que nos introducen los estrangeros, a lo menos en la maior parte”. Una idea que, en realidad, ya habían puesto en práctica los armadores catalanes, que a partir de 1739 habían tratado de aprovechar la ausencia de los suministros ingleses a causa de la guerra para promover un proceso 6. En Campomanes, la obsesión por la competencia inglesa no se limita a las importaciones de pesca salada, sino que se amplía a todo el comercio en general. Así, para el ámbito colonial, su propuesta es simple: se trata de “potenciar al máximo el comercio español con Indias hasta que llegue a contrarrestar al británico” (BUSTOS RODRÍGUEZ, M.: El pensamiento..., p. 259). 7. En efecto, Uztáriz, para 1728, había estimado en tres millones de pesos el valor del “bacalao y pescados salados que entra en España de la extranjería”, cifra que, sin variar una coma, repite y acepta Ulloa para 1740 (cf. ULLOA, B. de: Restablecimiento de las fábricas y comercio español. Edición de G. Anes, Madrid, 1992, pp. 110, 153 y 264). En cualquier caso, la estimación fue un lugar común dentro de los círculos oficiales reformistas a todo lo largo del siglo XVIII, como puede demostrar incidentalmente la mención por la Junta de Comercio de un oficio de Godoy a Saavedra del año 1784, donde se afirmaba que se pagaba “a la nación inglesa más de tres millones y medio de pesos anuales por su pescado Bacallao” (Bristish Library. Manuscripts. Egerton 514): los sesenta años transcurridos justificaban el incremento. Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
LAS REFLEXIONES DE CAMPOMANES SOBRE LA PESCA EN AMÉRICA 247 de sustitución de sus productos por el pescado de las costas atlánticas españolas, singularmente por la sardina en salazón8. Por último, Campomanes acaba mencionando las medidas propuestas por el desconocido proyectista para el desarrollo de la pesca en los mares próximos a la Península, que no son otras que la reducción del precio de la sal y la supresión del corso musulmán por la fuerza o mediante tratados, una sugerencia que sería recogida efectivamente en los Tratados de Paz y Comercio con los estados islámicos, que incluyeron en su mayoría cláusulas relativas a la pesca (y a la pesca del coral) en las aguas de su jurisdicción9. Tampoco habla para nada Campomanes del papel que podrían jugar las pesquerías canarias a la hora de enjugar el déficit. Tan sólo hallamos una alusión a la conveniencia de transferir pescadores canarios al área americana y a la tradicional sustitución en el consumo del archipiélago del bacalao por la sama y el tasarte. La omisión de un debate más profundo o extenso de la cuestión puede resultar más sorprendente si se tiene en cuenta que el político asturiano emitiría en mayo de 1768 un informe al Consejo de Castilla sobre la necesidad de fomentar las pesquerías cana rias, que muy probablemente serviría de base a la política de desarrollo del sector que se impondría en las últimas décadas del siglo, amparada tanto por las instituciones locales como desde el gobierno por el conde de Floridabianca10. 8. El texto, en p. 418. Cf. ALONSO ÁLVAREZ, L.: Industrialización y conflictos sociales en la Galicia del Antiguo Régimen (1750-1850). Madrid, 1977; FERNÁNDEZ DÍAZ, R. y MARTÍNEZ SHAW, C.: “La pesca en la España del siglo XVIII. Una aproximación cuantitativa (1758-1765)”, Revista de Historia Económica, t. II, n.° 3 (1984), pp. 183-201; y “La pesca en la Cataluña del siglo XVIII. Una panorámica”, Pedralbes, n.° 8-1 (1988), pp. 323-338; y JOU ANDREU, D.: Catalanes en Isla Cristina. Aportación al estudio de los primeros pobladores de la antigua isla de La Higuerita. Isla Cristina, 1985 (edición castellana de Els sitgetans a Isla Cristina. Sitges, 1982). 9. “Sobre las pescas Nacionales, queda en este Extracto reflexionados los dos medios de animarlas: baratez de la sal y exterminio del corso de los moros por fuerza o tratado” (p. 430). Sobre la pesca del coral en aguas magrebíes, cf. los trabajos de MARTÍN CORRALES, E.: “Coraleros catalanes en el litoral argelino en el siglo XVIII”, en MARTÍNEZ SHAW, C. (ed.): El Derecho y el Mar en la España Moderna. Granada, 1995 (en prensa y de inmediata publicación); y “L’activitat dels corallers catalans en el litoral africà al segle XIX. Algeria, Marroc i Cap Verd”, Drassana, n.° 2 (1994), pp. 18-23. 10. “Acaso importaría también introducir algunos (pescadores) de las Islas Cana rias en esta pesquería, por que están exercitados en la que hacen sobre la Costa de Africa de sama y tasarte, que son pescados muy buenos y que se consumen en las Islas en lugar del bacalao” (p. 220). La referencia al informe remitido al Consejo de Castilla se encuentra en el trabajo de SUÁREZ GRIMON, V.: “La pesca en Canarias: Gran Canaria, 1750-1800”, en MARTÍNEZ SHAW, C. (ed.): El Derecho... (en prensa y de inmediata publicación). Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
248 CARLOS MARTÍNEZ SHAW En aquel informe volvía a señalarse, en efecto, el objetivo fundamen tal de debilitar la importación del bacalao de Terranova, cuyo montante se ha reducido ahora a sólo 2 millones de pesos. Para tal fin, una de las soluciones era fomentar la pesca en el archipiélago canario, aunque, para evitar acciones hostiles de la marina británica, se debía hacer “sin llamar la atención de los ingleses”. Otra era aumentar el número de barcos, “no sólo de las costas canarias, sino también del continente de España”, en una nueva y última mención de la pesca peninsular. En cualquier caso, las Reflexiones únicamente se interesaban por el desarrollo de la economía americana, por lo que el ámbito canario sólo aparece tratado de modo instrumental, en cuanto puede ayudar al éxito técnico de las pesquerías de las Indias11. Si falta un tratamiento mínimo de la pesca de cabotaje en aguas peninsulares o de la pesca del salado en el banco sahariano, tampoco merece más que una somera alusión la pesca de la ballena por parte de los barcos vascongados en el Atlántico Norte. En realidad apenas si hay una referencia incidental a la vieja práctica, que se circunscribe a las aguas de Groenlandia, que se adjudica exclusivamente a los guipuzcoanos, que se considera extinguida desde hace sólo cuatro años y cuya progresiva des aparición se atribuye al establecimiento de la Compañía Guipuzcoana de Caracas12. 11. El apoyo institucional a la pesca en el archipiélago se saldó con un fracaso casi completo. Cf. FERNÁNDEZ DÍAZ, R. y MARTÍNEZ SHAW, C.: “El fomento de las pesquerías canarias en el siglo XVIII”, en X Coloquio de Historia Canario-Americana (1992). Las Palmas de Gran Canaria, 1994, t. II, pp. 319-338. Cf. asimismo, SUÁREZ GRIMÓN, V.: Construcción naval y tráfico marítimo en Gran Canaria en la segunda mitad del siglo XVIII. Las Palmas de Gran Canaria, 1993, especialmente, pp. 25-80 (es una reedición de un artículo del mismo título publicado en IV Coloquio de Historia Canario- Americana (1980). Las Palmas de Gran Canaria, 1982, t. II, pp. 783-880); y MARTÍN CORRALES, E.: “Atraso tecnológico en la pesca del salado en Canarias en el siglo XVIII”, en PESET, J. L. (coord.): Ciencia, vida y espacio en Iberoamérica. Madrid, 1989, t. II, pp. 103-123. 12. “La pesca de la Ballena podría ser otra ocupación importante de la marina Española. Los guipuzcoanos la han exercitado de inmemorial tiempo sobre los mares de Groenlandia. El establecimiento de la Compañía de Caracas ha ido insensiblemente arruinando la pesca de Ballenas, de suerte que a quatro años no salen navios al Norte a executarla” (p. 209). Sobre la temprana presencia vasca en aguas de Terranova (para la pesca de la ballena, y también del bacalao), cf. los diversos trabajos de HUXLEY BARKHAM, S.: “Los vascos y las pesquerías transatlánticas, 1517-1713”, en HUXLEY BARKHAM, S. (coord.): Los vascos en el marco Atlántico Norte. Siglos XVI y XVII. San Sebastián, 1987, pp. 51-150; y de BARKHAM, M. M.: “French Basque ‘New Found Land’ Entrepreneurs and the Import of Codfish and Whale Oil to Northern Spain, c. 1580 to c. 1620: The Case of Adam de Chibau, Burgess of Saint-Jean-de-Luz and ‘Sieur de St. Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
LAS REFLEXIONES DE CAMPOMANES SOBRE LA PESCA EN AMÉRICA 249 En realidad, la pesca de la ballena durante los siglos XVI y XVII se había desarrollado esencialmente en aguas de Terranova (y no de Groenlandia), había sido una empresa con participación de todo el litoral vascongado (aunque primordialmente guipuzcoana), había desaparecido prácticamente desde mucho antes (y no sólo desde hacía cuatro años) y su crisis no tenía nada que ver con la fundación de la Compañía Guipuzcoana. Campomanes debía referirse con sus palabras a los intentos de reactivar el sector que se habían emprendido a través de la Compañía Mercantil de Ballenas de San Sebastián (o de la Provincia de Guipúzcoa), constituida a fines de 1732, que debió llevar a cabo algunas operaciones en los años inmediatamente siguientes13. Sin embargo, Campomanes estaba mal informado acerca de la causa de su desaparición, que no había sido otra que el desencadenamiento de la guerra contra Inglaterra en 1739 y la dedicación de los barcos al negocio del corso, donde la sociedad sufriría enormes pérdidas que la incapacitarían para proseguir sus fines. Tampoco eran exactas sus afirma ciones acerca de la índole de las relaciones con la Compañía de Caracas, que fue requerida sólo para que hiciera una fuerte inversión de capital (60.000 pesos) en la empresa pesquera, que había suspendido oficialmente toda campaña en 1750. La Compañía Guipuzcoana se hizo cargo efectiva mente de la Compañía de Ballenas en 1752, pero hubo de declarar su extinción con enormes pérdidas cinco años más tarde, cuando la compañía pesquera llevaba casi dos décadas en estado de hibernación14. Julien”’, Newfoundland Studies, n.° 10-1 (1994), pp. 1-43. A la espera de la publicación de la tesis doctoral de este último autor (Shipowning, Shipbuilding and Trans-Atlantic Fishing in Spanish Basque Ports, 1560-1630: a Case Study of Motrico and Zumaya. Cambridge, 1990), puede cf. también los últimos artículos publicados de HUXLEY BARKHAM, S.: “Aseguradores burgaleses y pesca transatlántica en el País Vasco y el efecto de las guerras sobre sus negocios (h. 1540-h. 1585)”, y de BARKHAM, M. M.: “Mercaderes, comercio y finanzas en el norte de España: el seguro marítimo en Burgos y su desarrollo en San Sebastián, Bilbao y Madrid (1500-1630)”, ambos en Actas del V Centenario del Consulado de Burgos (1494-1994). Burgos, 1994, respectivamente, pp. 429-553 y 555-619. 13. La información más compacta relativa a la Compañía de Ballenas se encuentra en el Museo Naval de Madrid. Colección Vargas Ponce. Tomo III (varios documentos). Facilita también alguna información CIRIQUIÁIN-GAIZTARRO, M.: Los vascos en la pesca de la ballena. San Sebastián, 1961, passim. 14. Campomanes volvería a ocuparse de estas relaciones entre ambas compañías en el Apéndice a su Discurso sobre la educación popular de los artesanos y su fomento. Madrid, 1775-1777, t. II, pp. 183-198. Sus informaciones servirían de fuente a autores posteriores, como HUSSEY, R. D.: La Compañía de Caracas, 1728-1784. Caracas, 1962, pp. 178-179, que ofrece ya una versión más exacta de lo acontecido. Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
250 CARLOS MARTÍNEZ SHAW El carácter meramente epidérmico y circunstancial de las anteriores notas sobre la pesca española deriva de la esencia de la preocupación mayor de Campomanes: la expulsión de los españoles de la pesca de Terranova y la necesidad de buscar una alternativa en los mares de la América del Sur. En efecto, como es bien sabido, el tratado de Utrecht privó a España del derecho a mantener la ocupación de territorios en las grandes áreas pesqueras de Acadia y Terranova. Los ingleses se quedaban con todas las tierras, a excepción de los islotes de Saint-Pierre-et-Miquelon autorizados a los franceses (los cuales todavía los conservan), mientras España quedaba reducida a la utilización de los caladeros pero sin encla ves donde apoyar su actividad. De esta forma, los presuntos derechos españoles nunca pudieron tener plasmación práctica, tanto por las dificul tades técnicas que presentaba una pesca en tales condiciones como por la sistemática violación por parte de Inglaterra de los acuerdos suscritos, actitud que alimentaría un largo proceso diplomático por parte de España, tan obstinado como finalmente inútil15. Campomanes señala perfectamente las causas de la imposibilidad española de restablecer su actividad en aguas de Acadia y Terranova: la falta de suelo para las operaciones de secado y curado del bacalao, la falta de convoyes para proteger a la flota pesquera, la falta de capitales para reemprender las actuaciones una vez abandonadas y, en otro orden de cosas, la oposición sistemática de Inglaterra. Más tarde añadirá también la distancia, como un elemento que restaría siempre competitividad a los armadores españoles, incluso en igualdad de condiciones previas, aunque esta última consideración enlaza ya con la hipótesis de invertir la situación si los caladeros explotados se sitúan en el hemisferio sur16. 15. Campomanes subraya expresamente los fundamentos de los derechos de Espa ña en las pesquerías de Terranova: “La pesca del bacalao pertenece a la España en Terranova por una antiquada costumbre, aviendo sido los Españoles, en especial los Viscaynos, los primeros que descubrieron este ramo del Comercio” (p. 206). Acerca del pleito sobre Terranova después de Utrecht, cf. PALACIO AT ARD, V.: “El equilibrio de América en la diplomacia del siglo XVIII”, Estudios Americanos, n.° 3 (1949), pp. 461- 479; “Los vascongados y la pesca de Terranova. Las gestiones del Marqués de Monteleón en Londres (1716-1717)”, Anuario de Estudios Americanos, t. I (1944), pp. 723-739; “Pescadores vascos en Terranova en el siglo XVIII”, I Semana de Antropología Vasca. Bilbao, 1971, pp. 409-422; y “Las pescas y las pesquerías”, España y el mar en el siglo de Carlos III. Madrid, 1989, pp. 257-277. 16. “Los (motivos) más visibles pueden reducirse a no tener parage propio en Terranova para secar y curar el bacalao y al poco fomento de nuestra marina por carecer de Comboyes para asegurar la pesca y de fondos los marineros para emprenderla, al cabo de tanto tiempo como está abandonada (...) Otro, y aún más poderoso, ha consistido en las continuadas guerras con Inglaterra y en los estorbos que esta Nación siempre ha Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
LAS REFLEXIONES DE CAMPOMANES SOBRE LA PESCA EN AMÉRICA 251 En efecto, las aguas meridionales de América (el “Mar Austral” en palabras de Campomanes) ofrecen todas las facilidades para la práctica de las llamadas “pescas reales”, es decir el bacalao, la ballena y el lobo marino. Los beneficios a obtener de la explotación de las tres especies se detallan por extenso a lo largo del capítulo. Las ventajas del bacalao no precisan de mayores comentarios de parte del autor: “toda la maniobra consiste en pescar, desecar y salar”. Las ballenas suministran esencialmen te el saín o grasa, “que se trae en barricas y pertenece a los armadores del navio”, y las barbas, “que pertenecen en parte al dueño del navio y un tanto por ciento al capitán, piloto, contramaestre, harponeros y carpinte ros”. De los lobos marinos, finalmente, se aprovecha su piel, “que es muy preciosa”, y su grasa, que por un lado “es incomparablemente más sutil que la de la ballena y no tiene tanto tufo al olfato”, mientras que, por otro, siendo “más apreciable para las luces que la esperma de ballena, podrá aplicarse a hacer belas de bugía y para los Curtidos de los Cueros”17. Antes incluso de comentar los beneficios que podían esperarse de las pescas reales, Campomanes descubre la idea básica de todo su discurso, a través de una vibrante exclamación: “¡Qué descubrimiento para nuestro Comercio y marina sería el entablar la pesca del bacalao al Sur de la América Meridional!” A esta conclusión confluyen, en efecto, todos los argumentos y todas las especulaciones, aunque de hecho su fundamento se encuentra ya en las Reflexiones anónimas: “Sobre las pescas Reales de Bacalao, ballena y lobo marino se ha propuesto las facilidades con que la España las puede entablar en los mares australes”. A partir de ahora, el texto se convertirá en una demostración de este postulado y en una exposición de los modos concretos de llevar la idea a buen puerto18. puesto para amparar indirectamente la pesca del bacalao...” (p. 206). Y más adelante: “Los Españoles son los que más distan de Terranova, y de aquí se sigue que llegarían siempre los últimos y que serían sus pescas las más malas y de menos utilidad; por lo cual no podrían concurrir en la baratez con las Estrangeras” (p. 218). Estas sensatas objecio nes pueden aproximarse a las escépticas consideraciones del proyectista escocés George Glass: “Es extraño pensar que los españoles desearan compartir las pesquerías de Terranova con los ingleses, cuando tienen una mucho mejor en las propias puertas” (GLASS, G.: Descripción de las Islas Canarias, 1764. Santa Cruz de Tenerife, 1982, p. 142). 17. Los textos, en pp. 217, 213 y 222-223. Las Reflexiones anónimas apenas si ofrecen alguna precisión inicial sobre la ballena: “Los Viageros aseguran que las ballenas que se cogen en los mares del norte son menores que las que antiguamente se pescaban, lo que atribuyen los autores de la Enciclopedia a que no la dexan crecer demasiado por la mucha pesca que se hace en aquellos mares” (p. 430). Incidentalmente, como vemos, se adelanta un argumento conservacionista, en perfecta concordancia con la posición habitual de los tratadistas de la época. 18. Los textos, en p. 208 y p. 429, respectivamente. De hecho, repasando los Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
258 CARLOS MARTÍNEZ SHAW de los dos lugares, la financiación de la misma por parte de la Real Hacienda (que habría de gastar cien mil pesos en cada una de las pobla ciones) y la rápida amortización del desembolso inicial gracias a los beneficios obtenidos de la pesca del bacalao, la ballena y el lobo marino, actividad que “en un solo año indemnizaría con exorbitancia quantos gastos se pudiesen hacer para entablar estas poblaciones”29. El proyecto delineado por Campomanes presentaba sin duda impor tantes debilidades, derivadas en buena parte de la fragilidad de sus fuentes de información. No se puede decir que fueran muchas sus precisiones sobre las especies a capturar, sobre la financiación de las campañas pesqueras, sobre los armadores o los tripulantes que debían emprenderlas o sobre los medios técnicos requeridos para llevarlas a buen puerto. Tampoco puede considerarse muy fundado el plan para la instalación de familias en Bahía de San Julián y Puerto Deseado. Sin embargo, el conjunto tenía un grado de concreción suficiente en algunos extremos: la posibilidad de la pesca de la ballena y el lobo marino en aguas de Patagonia, la utilización de Puerto Deseado como base principal para las pesquerías y la inserción de la empresa dentro del sistema colonial español gracias a la conexión con Buenos Aires30. 29. La cita, en p. 229. No entro en otros detalles que hacen referencia a la política de población española en América. Así, por un lado, Campomanes refuta la “trivial objeción” contra la emigración a América como causa de la despoblación de España, que fue debida a muchos otros factores, como “los Exércitos de Italia y Flandes, las guerras continuas en aquellos parages y la abundancia de regulares”, además de la causa “que excede a todas”, que no es otra que la expulsión de los moriscos. Y, por otro, propone una serie de medidas para fomentar la instalación en América que rompen con todos los principios mantenidos en la materia por la Monarquía española (envío de presidiarios, mujeres recogidas, soldados extranjeros, mendigos y esclavos negros), así como la apli cación “a los navios pescadores” del llamado “tributo de sangre” vigente en Canarias e impuesto a la Compañía de La Habana. Sobre la pertinente negativa a vincular la emigración a América con la despoblación de España, cf. MARTÍNEZ SHAW, C.: La emigración española a América (1492-1824). Oviedo, 1994, especialmente pp. 141-161. Sobre el tributo de familias, cf. HERNÁNDEZ GARCÍA, J.: El tributo en sangre. Cinco familias a cambio de cien toneladas de mercancías que se exporten a América. Santa Cruz de Tenerife, 1984. Finalmente, sobre el contraste de estas propuestas con la política oficial vigente desde el descubrimiento, cf. especialmente KONETZKE, R.: “Legislación sobre inmigración de extranjeros en América durante la época colonial”, Revista Inter nacional de Sociología, n.° 3 (1945), pp. 269-299. 30. También resultaban atinadas algunas ideas más puntuales, como la sugerencia de utilizar San Sebastián como base peninsular, la de contratar marinos extranjeros o incluso la de servirse de la cecina procedente del ganado orejano para garantizar el avituallamiento de los navios en el viaje de vuelta: “Para la vuelta era fácil hacer cecina en Montevideo y Maldonado por la abundancia de bacas en aquellos parages (...), por que Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
LAS REFLEXIONES DE CAMPOMANES SOBRE LA PESCA EN AMÉRICA 259 Estos valores serían fundamentales para que el proyecto fuese llevado finalmente a la práctica en todos sus extremos esenciales e incluso en algunos más secundarios, aunque con la diferencia de la fórmula empre sarial adoptada, que sería, como hemos señalado, la de la compañía privilegiada. En efecto, precisamente el mayor interés de las Reflexiones de Campomanes en lo referente a las pesquerías americanas reside en que constituyen la prefiguración de la Real Compañía Marítima, fundada por Real Cédula de 19 de setiembre de 178931. La Real Compañía Marítima, que tendría su sede principal en Madrid (pero dispondría de direcciones particulares en una serie de puertos “de primera clase”, que eran San Sebastián, Bilbao, Santander, Gijón, Ribadeo, La Coruña, Vigo, Cádiz, Alicante y Barcelona), se proponía como princi pal objetivo la pesca de ballena y lobo marino en Patagonia, a partir de Puerto Deseado, que pronto se convertiría en su base central de operacio nes32. La compañía sería una empresa privada por acciones, pero gozaría de privilegios, como serían las exenciones tributarias, la protección militar para las expediciones y el fuero militar de Marina a los oficiales y marinos de sus barcos: extremos todos ellos previstos en las Reflexiones33. estando la sal y la baca tan de comunes, la cecina sería sumamente barata y la tripulación vendría bien abastecida” (p. 221). 31. La Real Cédula puede consultarse en el Archivo Histórico Nacional (Consejos. Libro 1528) y en el Archivo Museo Don Álvaro de Bazán (Navegación Mercantil. Generalidades, legajo 7.046). Aunque se comenta extensamente, no se ofrece íntegra en la obra de SILVA, H. A.: La economía..., pp. 150-166. 32. La relación de los puertos se incluye en el artículo 46. Los objetivos, que se refieren de forma muy amplia en el artículo 2, se perfilan más detalladamente en el artículo 10: “... respecto a ser el principal objeto de esta Compañía... el dedicarse a restablecer en mis dominios la pesca de ballenas, bacalao y demás especies de peces propios para salazón y el beneficio de grasas o aceites y demás que se extraen de ellos...”. Por el contrario, la instalación de la base de operaciones en Puerto Deseado no se contempla en el articulado. 33. Como se expresaba en el artículo 77: “He señalado a esta Compañía la bandera que podrán usar sus embarcaciones ...para que conociéndola mis bajeles de guerra la protejan según es mi voluntad. Esta bandera de la Compañía es la misma de mis bajeles de guerra con la diferencia de no llevar el escudo de las Armas Reales en la lista amarilla, pero sí el escudo de las armas de la Compañía en los extremos de las dos listas rojas”. Y en el artículo 21: “Los mismos extranjeros y los españoles, sin distinción de clases o empleos, en el tiempo de su servicio, y en todos los asuntos concernientes a la Compañía, gozarán del fuero militar de Marina como individuos de mi Real Armada y serán protegidos y juzgados por los respectivos tribunales de ella en sus causas civiles y criminales con la consiguiente apelación al Supremo Consejo de Guerra”. Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
260 CARLOS MARTÍNEZ SHAW Extendiendo el paralelismo, la pesca no se veía como actividad sufi ciente para garantizar la continuidad de la compañía, por lo que se propo nían como ramos secundarios la expedición de géneros bajo ciertas con diciones desde los puertos habilitados para el Libre Comercio y la fundación de establecimientos para la salazón de carnes con mención explícita de Buenos Aires34. También la previsible falta de personal experto se preveía subsanar recurriendo a las excepciones, tal como había recomendado Campomanes. Los expertos en las faenas pesqueras (significativamente, arponear y de rretir las ballenas, etc.), serían extranjeros, que gozarían asimismo del fuero militar de Marina, mientras las necesarias tripulaciones se garantiza ban igualmente mediante marineros extranjeros, pero aquí también me diante nacionales no matriculados, aunque con la limitación de cubrir sólo la tercera parte de la marinería y servir sólo durante dos años35. Finalmente, la compañía debía encargarse de la instalación de colonos en su territorio, aunque no tanto en Bahía de San Julián, población que figuraba en primer lugar en la disposición de 7 de marzo de 1778 (despa chada el 24 de marzo) que realmente puso en marcha el operativo de la colonización, o en Bahía Sin Fondo (mencionada en la documentación inicial manejada por la compañía ya en el propio año de 1789), como en Puerto Deseado, que sería finalmente el centro de operaciones de la sociedad durante todo el tiempo de su vigencia36. En consecuencia, las sugerencias de Campomanes contenidas en sus Reflexiones serían ampliamente recogidas por los responsables del gobier no español, tanto en lo que se refiere a la explotación de las pesquerías en la costa patagónica (que se llevaría a cabo mediante la fórmula de la compañía privilegiada no prevista por el ilustrado asturiano), como en la vinculación de dichas actividades económicas con la población de aque- 34. Así se expresaba en el artículo 12: “La Compañía podrá formar igualmente establecimientos ya sea en Buenos Aires o donde le parezca más a propósito para la salazón de carnes a fin de proveer de ellas a sus barcos pescadores, navios y colonias o para dar más extensión a este ramo de industria nacional”. Y en el artículo 13: “Todas las veces que la Compañía necesite enviar fondos a América para pagar a sus gentes y para otros menesteres podrá remitir en sus embarcaciones a cualquiera de aquellos puertos los géneros de lícito comercio que más la convengan...”. 35. Artículos 14, 16 y 21. 36. La Real Cédula de fundación muestra un absoluto mutismo sobre el lugar concreto que debía servir de base a la compañía. Realmente, la primera evidencia de esta elección no se produce hasta la salida del puerto de Santander de la expedición mandada por Juan Muñoz el 26 de noviembre de 1789 (A.H.N. Estado. Legajo 3.222 (1). Expedien te 14; y A.G.I. Indiferente General. Legajo 2.491. Informe de Juan Muñoz, 30 julio 1790). Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
LAS REFLEXIONES DE CAMPOMANES SOBRE LA PESCA EN AMÉRICA 261 llos estratégicos territorios, cualquiera que sea el sentido de la subordina ción entre la vertiente económica y la vertiente política del proyecto. Ahora bien, este paralelo plantea el problema de la originalidad del pensamiento de Campomanes en esta cuestión, es decir nos lleva a deter minar si el tradista se limitó a ordenar ideas que circulaban en los círculos gubernamentales o contribuyó a inspirar la política a seguir en la materia. * * * En efecto, pese a la coincidencia formal entre, por un lado, las Reflexiones de Campomanes y, por otro, las circunstancias del naci miento de la Real Compañía y de la colonización de Puerto Deseado y los restantes lugares de la costa patagónica, aún quedan importantes preguntas sin responder. Primero: ¿fue suya la idea de confirmar el dominio español en Patagonia mediante el establecimiento de nuevas poblaciones? Segundo: ¿fue suya la idea de fomentar las pesquerías en aquellas aguas? Tercero: ¿fue suya la idea de vincular la explotación pesquera con la colonización? Y, por último: ¿qué orden de prioridad tuvieron en su pensamiento ambas vertientes dentro de la unidad funda mental del proyecto? En cuanto al primero de los interrogantes, puede afirmarse que la preocupación por consolidar el dominio español en el extremo sur del continente americano había reverdecido a partir de la expedición llevada a cabo por el comodoro George Anson al comienzo de la guerra de la Pragmática Sanción, que fue sin duda uno de los principales detonantes de la toma de conciencia sobre el peligro que los ingleses representaban para el finisterre meridional de la América española. No es casual que daten de los años 1743 y 1744 las primeras medidas legislativas sobre la coloniza ción de Patagonia, cuya consecuencia directa sería la expedición de Joa quín de Olivares en 1745, que había de conducir a los jesuítas Matías Ströbel, José Cardiel y José Quiroga a fin de que estableciesen una misión en aquellas latitudes. Éste es sin duda el clima en el que Campomanes redacta su escrito, que, como hemos visto, toma en consideración todo el material disponible, incluyendo las relaciones de Anson y de Olivares. Por tanto, las Reflexiones, en este caso, sólo constituyen un elemento más del dossier que se estaba formando en los medios oficiales españoles y que cristalizaría más tarde en el informe del conde de Fuentes de 1764 (re comendando establecimientos estratégicos en Bahía Sin Fondo, Bahía de San Julián y Puerto Deseado) y en la ya citada Real Orden de 7 de marzo Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
262 CARLOS MARTÍNEZ SHAW de 1778, que decretaba la inmediata colonización de todo el territorio a empezar por San Julián37. Mayor responsabilidad debe quizás otorgarse, en cambio, a Campomanes en la identificación de las costas magallánicas como una posible área de actuación para la pesca de altura española. En este caso, por un lado, no hemos encontrado, como ya se señaló, prácticamente ninguna referencia a las posibilidades pesqueras de aquellas aguas en los tratadistas anteriores. Por otra parte, la relación de Olivares, que sí ofrece noticias sobre la existencia de pesca, dará una visión tan negativa de los restantes recursos de la región que motivará el abandono del proyecto hasta el informe más positivo de Manuel Pando, que data ya de 1769. A continuación, si bien las anónimas Reflexiones que se comentan en el apéndice III del escrito de Campomanes exponen la posibilidad de practicar las “pescas reales” en los mares australes, con To que la primacía parecería corresponder a su des conocido autor, la formulación es genérica sin que haya constancia de que se llegase a una mayor concreción, por lo que queda muy lejos de la detallada iniciativa del fiscal del Consejo. Y, finalmente, el propio Campomanes había redactado tres años antes, en 1759, otro escrito en el que se ocupaba de la necesidad de atender el comercio en el Océano Pacífico y que contenía un capítulo específico dedicado a las expectativas económicas ofrecidas por el estrecho de Magallanes38. Si nos planteamos, a renglón seguido, la cuestión de la vinculación entre la explotación pesquera y la fundación de colonias en la región patagónica, tampoco hallamos en escritos anteriores un nivel de especifi cación comparable al expresado por Campomanes. Así, las primeras refe rencias explícitas que asocian la explotación pesquera con los estableci mientos estratégicos en la costa magallánica no parecen anteriores a las exploraciones (empezando por la ya citada de Pando) emprendidas a partir de finales de los años sesenta. Por otra parte, incluso las instrucciones dadas para el cumplimiento de la Real Orden de 7 de marzo de 1778 contemplan todavía la exclusiva instalación en el área de labradores, ahora ya en contradicción con el documento original, que ya explícitamente disponía la construcción de un “armazón de pesca de ballena” en la Bahía 37. Cf. GORLA, C. M.: Los establecimientos españoles en la Patagonia: estudio institucional. Sevilla, 1984, especialmente pp. 10-12. 38. Se trata de un Discurso sobre el Comercio y Colonias del Mar del Sur, de la seguridad y modo de promover el Comercio de España a la América, y de las relaciones políticas de este mismo Comercio, del que no se ha encontrado más que el índice y algunas alusiones sueltas al mismo. El capítulo señalado se titulaba “De los Estrechos de Magallanes y San Vicente y uso que de ellos se puede hacer”. Cf. el estudio preliminar de V. Llombart Rosa a las Reflexiones..., pp. XVI-XVIII. Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
LAS REFLEXIONES DE CAMPOMANES SOBRE LA PESCA EN AMÉRICA 263 de San Julián39. Más aún, si bien José de Gálvez establece ya con claridad que los objetivos de los asentamientos eran los de impedir la ocupación de la zona por las potencias extranjeras y promover la pesca de la ballena, todavía en los años ochenta las autoridades se moverán en un mar de dudas sobre la modalidad y la propia conveniencia de la colonización40. Finalmente, el primer proyecto para la creación de una Compañía de Pescadores, Marineros y Toneleros (que debía pescar la ballena y el lobo marino en Bahía Sin Fondo y San José, pero que no pudo ponerse en funcionamiento), se redacta en 1778, dieciséis años después del escrito de Campomanes, mientras que la creación de la Real Compañía Marítima data de 1789, es decir de más de un cuarto de siglo después41. Tal vez, en ese sentido, debamos dar fe a las palabras del propio Campomanes cuando en un momento de su argumentación, y precisamente para salir al paso de una objeción sobre la falta de experiencia previa para un proyecto de este tipo, afirma (o, más bien, admite, puesto que la origina lidad puede resultar un inconveniente) que su propuesta es un “pensamien- to nuevo”42. La pregunta final se refiere a las últimas intenciones del proyecto elaborado por Campomanes. La Real Compañía era una empresa mixta, que combinaba los intereses económicos del círculo de Sáñez Reguart con los intereses estratégicos del círculo de Floridabianca, siendo precisamente este carácter híbrido una de las causas de su fracaso. Pues bien, las reflexiones de Campomanes permiten sospechar que también en su pensa miento primaron las consideraciones de índole estratégica y militar sobre 39. Cf. SILVA, H. A.: La economía..., p. 59 y p. 61: “Se pensaba en hombres de campo cuando el objetivo económico se vinculaba con la pesca e incluso se planificó la compra y construcción de no menos de 350 arados, antes que proporcionar las condicio nes adecuadas para el levantamiento de la armazón ballenera a que hacen referencia los primeros documentos”. Cf. asimismo, CIGNETTI, A. M.: La inmigración española en la Patagonia. México, 1989, especialmente, pp. 9-20. 40. Cf. ENTRAIGAS, R. A.: El Fuerte del Carmen Río Negro. Buenos Aires, 1960, especialmente p. 354; y GORLA, C. M.: Los establecimientos..., especialmente pp. 18-19. 41. El proyecto de 1778, redactado por Juan de la Piedra, en SILVA, H. A.: La economía..., pp. 63-72. 42. “Otra objeción más natural puede consistir en que este es un pensamiento nuevo y que es arriesgado emprenderle sin una total seguridad del buen éxito de estas pesquerías. No puede negarse que esta reflexión sea bastante cuerda; no es conveniente jamás emprender rápidamente semejantes proyectos.” (p. 210). Si la Real Compañía Marítima es heredera directa de la sugerencia de Campomanes, los 27 años que median entre la formulación del proyecto y su puesta en práctica pudieran haber sido suficientes para una prudente maduración. Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
264 CARLOS MARTÍNEZ SHAW la voluntad de fomento económico de un área deprimida y de un sector casi extinguido como era la pesca de altura. Son varias las razones que nos llevan a abordar semejante planteamiento. Así, en primer lugar, el tratado perdido de 1759 (su Discurso sobre el Comercio y Colonias del Mar del Sur) contenía en su índice varios capítulos directamente destinados a oponerse a la irrupción de los extranjeros en el Imperio español, como el que hace referencia a la bahía de Hudson y al “pasaje pretendido al Sur (sin duda el Mar del Sur) por los Ingleses” o los titulados explícitamente “Importancia de poblar la California para estorbar los establecimientos que los Rusianos intentan en el Mar del Sur” y “Relaciones políticas con diferentes Naciones sobre los medios de mantener la seguridad del Mar del Sur”43. En segundo lugar, el particular interés manifestado en las Reflexiones por el extremo meridional del continente, una de las áreas que por aquellos momentos más preocupaban a las autoridades españolas, que en los años sucesivos, entre las expediciones ya señaladas y la fundación de la Real Compañía, promoverán toda una serie de expediciones en el Pacífico (recordemos la de Felipe González a la isla de Pascua o las de Domingo Boenechea y Tomás Gayangos a Tahiti, en 1770 y 1772-1776 respectiva mente) y en el estrecho de Magallanes (recordemos las de Perlier, Pando, Piedra, Viedma, Córdoba y Moraleda, todas ellas anteriores a 1789, y las organizadas desde Chiloé por el gobernador Carlos de Beranger) y no dejarán de mostrarse especialmente inquietos por la presencia inglesa en aguas del Atlántico, en torno a las islas Malvinas y a las costas de Patagonia44. En tercer lugar, esta hipótesis permite explicar la nula atención pres tada por Campomanes al fomento de la pesca en otras áreas, no ya peninsulares o canarias, sino dentro del propio continente americano. En efecto, la opción patagónica (o magallánica) no tenía que haber excluido necesariamente otras posibilidades, ya que sabemos de la existencia de 43. Cf. LLOMBART ROSA, V.: “Estudio preliminar” a las Reflexiones, p. XVII. 44. Sobre las exploraciones en el Pacífico, cf. especialmente, MELLÉN BLANCO, F.: Manuscritos y documentos españoles para la historia de la isla de Pascua. La expedición del Capitán Don Felipe González de Haedo a la isla de David. Madrid, 1986. Una reciente visión de conjunto, en BERNABEU ALBERT, S.: El Pacífico Ilustrado: del lago español a las grandes expediciones. Madrid, 1992. Una relación de la exploración del estrecho de Magallanes, en OYARZUN IÑARRA, J.: Exploraciones españolas al Estrecho de Magallanes y Tierra de Fuego. Madrid, 1976. Finalmente, sobre las vicisi tudes de las Malvinas, cf. GIL MUNILLA, O.: Malvinas. El conflicto anglo-español de 1770. Sevilla, 1948; y DESTEFANI, L.: Las Malvinas en la época hispana (1600-1811). Buenos Aires, 1981. Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
LAS REFLEXIONES DE CAMPOMANES SOBRE LA PESCA EN AMÉRICA 265 otros proyectos y de otras empresas que tuvieron como escenario otras áreas bien diferentes45. En cuarto lugar, la dedicación de un capítulo exclusivo (el XIV) a la población de los lugares destinados a instalar las factorías de pesca denota al menos tanto interés por las cuestiones de población y consolidación de las posesiones en el Nuevo Mundo mediante la extensión de los asentamientos humanos como por el estricto fomento de la pesca. En realidad, desde un primer momento, las ventajas de Bahía de San Julián y Puerto Deseado, más que de orden económico, aunque éstas no falten, como ya hemos tenido ocasión de comprobar, son de índole estratégica46. 45. En efecto, fuera de los proyectos y las realizaciones en los mares australes, ya en 1762 proponía Bernardo Ward la instalación de pesquerías en las márgenes del Orinoco: “Si es cierto lo que refiere el P. Gumilla del Orinoco, de sus inundaciones regulares, de la cantidad prodigiosa de peces que se pueden coger en estas ocasiones, y de su excelente calidad, muy superior al pescado que nos traen de Terranova (de nuevo el leitmotiv señalado), se podrá establecer en parajes cómodos a las orillas de aquel río una pesquería de mucha entidad” (WARD, B.: Proyecto Económico, p. 320). En cualquier caso, la Compañía de Barcelona, llamada por el proyectista irlandés a hacerse cargo de la propuesta, no debió darse por aludida (Cf. OLIVA MELGAR, J. M.: Cataluña y el comercio privilegiado con América en el siglo XVIII. La Real Compañía de Barcelona a Indias. Barcelona, 1987). Otro proyecto fallido fue el presentado por Thomas Southwell para establecer pesquerías en Honduras y Campeche (Cf. The Newberry Library (Chicago), Ayer Collection. Cat. n.° 1223. “Copia del Manifiesto que presentó Don Tomás Southel a la Superioridad en el año 1769, proponiendo el establecimiento de pescas en las Sondas de las Yndias Occidentales e Yslas como el medio más seguro para poblar y conservar las...”: como se ve, también aquí los intereses económicos, poblacionales y estratégicos están indisolublemente unidos). Tampoco llegaron a buen puerto los ensayos de la Compañía Guipuzcoana en Cumaná en los años 1769-1770 y 1772-1773 (cf. HUSSEY, R. D.: La Compañía..., pp. 256-259). Ni tampoco la compañía promovida en 1789 por el gobernador de Yucatán, cuyas actividades no duraron más allá de algunos meses (cf. FERNÁNDEZ DÍAZ, R. y MARTÍNEZ SHAW, C.: “Un proyecto económico ilustrado. La Compañía Meridana de Pesca”, en PESET, J. L. (coord.): Ciencia..., t. II, pp. 125- 139). 46. Recojamos una alusión a Puerto Deseado: “De que resulta la importancia de poblar al Puerto deseado y hacerle fortificar para que ninguna Nación le ocupe, pues qualquiera otra que le poblase impidería nuestra navegación al Cabo de Hornos desde él y atraería a sí a los Indios que habitan en lo interior de la Magallánica” (p. 195). Y otra, en relación a Bahía de San Julián: “Es ocioso referir la descripción de esta Bahía conocida de Españoles, Franceses, Ingleses y Olandeses que generalmente han hecho aguada en ella y muchos pasado hibiernos enteros dentro, calafateando y carenando sus Embarcaciones. De modo que es el Contadero a donde recurren quantos Navios van a la mar del Sur o a Puerto-deseado, del qual hemos tratado y son los dos únicos que conviene poblar y fortificar en toda la Costa Oriental de la Magallánica para tenerla segura de toda invasión Estrangera y, aun, el dominio de la mar del Sur, que es imposible retener sin esta precaución” (p. 198). Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
266 CARLOS MARTÍNEZ SHAW En quinto lugar, la transferencia de la atención de Campomanes desde el planteamiento inicial de la sustitución de las importaciones de bacalao por las capturas propias de la misma especie al desarrollo final de un proyecto que descansaba en la pesca de la ballena y el lobo marino, especies ambas desvinculadas de cualquier alternativa alimenticia, tam bién revela la índole del objetivo final de su discurso. Los escritos que sólo se ocupan del fomento pesquero en sentido estricto nunca pierden de vista el leitmotiv del desequilibrio provocado en la balanza de pagos por la introducción de bacalao y abadejo y la necesidad de sustituirlos por producción propia (como al principio vemos también en las reflexiones de Campomanes), ya sea en las costas españolas peninsulares (sardina galle ga, atún andaluz), ya sea en las costas canarias (sama y tasarte, entre otras especies), ya sea en el propio litoral americano (róbalo yucateco, por ejemplo). Sin embargo, aquí las alusiones a la pesca de bacalao o sardina en el Pacífico (pese a Anson o a los hermanos Nodal) dejan paso a la pesca en el Atlántico de la ballena y el lobo marino, las únicas especies susceptibles de una explotación rentable en las aguas de Patagonia, las cuales constituyen la verdadera preocupación del político asturiano47. Finalmente, incluso algunas referencias más anecdóticas o secundarias parecen traicionar el pensamiento profundo del autor. Cuando Campomanes propone asimilar las campañas de pesca en Patagonia a verdaderas cam pañas militares, hemos pensado que se trataba de un modo de sortear los obvios inconvenientes de la matrícula, de un modo de garantizarse unas tripulaciones expertas que de otra manera quizás no querrían arrostrar los riesgos de unas pesquerías nuevas y lejanas48. Pero también puede ser que 47. Pese a esta obligada transferencia de las prioridades, hay que confesar que Campomanes nunca renunciará a la idea de la pesca del bacalao, que volverá a aparecer de nuevo en el capítulo XXI de su obra, allí donde resume las propuestas de Bernardo de Ulloa para el restablecimiento del comercio de Indias, aquí en relación con el fomento económico de Florida: “El bacalao de aquellas Costas en calidad no cedería al de la Virginia, que es el mejor de todos” (p. 355). 48. Por otro lado, la percepción de la matrícula por parte de Campomanes no se separa un ápice de la posición oficial. Así, aun encontrándose, como todos los que pensaron en términos de fomento económico, con la necesidad práctica de prever excep ciones para paliar los evidentes trastornos que el sistema de inscripción marítima ocasio naba a la pesca, la construcción naval o el comercio, su consideración no deja de encuadrarse en el tópico acuñado para justificar su implantación. En efecto, si en un momento puede afirmar que “las pescas son el seminario y escuela de la Marinería”, más adelante comentará favorablemente otra expresión semejante del autor del anónimo incluido en el apéndice III: “‘Si la pesca del arenque (dice el Autor de las reflexiones) es la cuna del marinero, la del bacalao es la Escuela”’ (pp. 206 y 220, respectivamente). En ello Campomanes no se aleja de la opinión de los tratadistas que le habían precedido, Chronica Nova, 22, 1995, 243-267
LAS REFLEXIONES DE CAMPOMANES SOBRE LA PESCA EN AMÉRICA 267 las campañas tuviesen en su pensamiento una connotación realmente mi litar, bajo el mismo título que los buques de la Armada debían proteger a los de la Compañía, que los barcos de la Compañía estaban autorizados a llevar una bandera similar a la enarbolada por los de la Armada y que sus tripulantes gozaban durante el tiempo de servicio del fuero militar. Si a todo ello le sumamos las evidentes preocupaciones militares subyacentes en el proyecto de colonización y ya señaladas suficientemente en las Reflexiones, en ese caso el componente estratégico hubiera sido, siempre y ab initio, el prioritario en el pensamiento del fiscal del Consejo49. En conclusión, si los planteamientos de Campomanes pudieron servir de fuente de inspiración a la formación de la Real Compañía Marítima y a su programa de asentamiento en Puerto Deseado, puede pensarse que las contradicciones que tanto perjudicaron la trayectoria económica de la Compañía, derivadas de su carácter híbrido de empresa económica privada y apuesta estratégica oficial, estuvieron ya prefiguradas en la formulación inicial del ilustrado asturiano, que por otra parte no hizo sino dar cuerpo a una serie de ideas que sobrevolaban los círculos cortesanos, como la necesidad de colonizar el extremo meridional del continente americano, la posibilidad de revitalizar la moribunda pesca de altura española con la explotación de aquellas aguas, la vinculación de ambas iniciativas en una sola empresa y hasta la subordinación de los intereses económicos a los estratégicos. Y, desde luego, nos hallaríamos una vez más ante otro de los irresolubles conflictos provocados por el carácter irreconciliable de los distintos fines que coexistieron en el proyecto político del reformismo ilustrado. ya fuera Bernardo de Ulloa, para quien las pesquerías son “el plantel de donde se sacan y crían los mejores marineros” (Restablecimiento..., p. 150), ya fuera el abate Miguel Antonio de la Gándara, para quien “la pesca es la primera escuela de la marinería y el majuelo en que se crían los marineros” (GÁNDARA, M. A. de la: Apuntes sobre el bien y el mal de España. Edición de J. Macías Delgado, Madrid, 1988, p. 136). 49. Este doble propósito estratégico y económico de la intervención oficial en el área magallánica, que tan claramente figura en los documentos de la Real Compañía, ha sido señalado con anterioridad por GONZÁLEZ ECHEGARAY, R.: Balleneros cántabros. Santander, 1978, passim; SILVA, H. A.: La economía..., especialmente p. 59; GORLA, C. M.: Los establecimientos..., p. 19; y CIGNETTI, A. M.: La inmigración..., especial mente, pp. 18-19. Chronica Nova, 22, 1995, 243-267