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Reglamento del Real Colegio de Humanidades de la Purísima Concepcion de Granada, aprobado por S. M.

Real Colegio de Humanidades de la Purísima Concepción (Granada)

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REGLAMENTO £ 5 D E L R E A L CO LEG IO B E H U M A N ID A D E S DE LA PURISIMA CONCEPCION, I m p r e n ta d e D. F r a n c is c o d e B e n a v id e s , P l a z a d e V iv a r r a m b la . 25 ÍGOS. 94 b ib l io t e c a GR Sala:_ © S > 4 _ „ Ó« t} i f § *v A t ■ ?l-; '■ ■‘ii'.'.s : i \ \ J , i r ;V;-sj < & 1 1 1>‘: * »: i i : I ' . « , . . -V * / • ? { >' . ’ f J Rey nuestro Señor ( Q. D. G.) por su Real orden de '13 de enero del presente año 4 828 se lia dig nado autorizar al Presbítero D. José Ambrosio Con ¡reras , profesor de Humanidades en Granada, Socio de la Real Academia Latina Matritense, para establecer en la dicha ciudad un Colegio de Humanidades , nom brándole su Director y Empresario perpetuo , bajo ciertas declaraciones, por la quinta de las cuales mnnda S. M. que el dicho Establecimiento se rija por ahora, y hasta la formación del Reglamento general que de berá observarse en estos Colegios , por el que ha pre sentado el dicho Presbítero , cuyo tenor literal es como sigue: „Previo el Real permiso y competente autoriza ción del Rey nuestro Señor se establecerá en esta ciu dad de Granada un Colegio de Humanidades sobre las bases dal Reglamento orgánico decretado por S. M. en 29 de noviembre de -1825. Se titulará de la Purísima Concepción de nuestra Señora: comprenderá los ra mos de instrucción que basten á satisfacer los pater nales designios de nuestro Soberano, dirigidos á pro porcionar á la juventud una educación esmerada y com pleta, y será administrado eu el modo siguiente. BIBLIOTECA HpgPITAi '• G R A N A D A Sala: _______ — - — - Es¡ante:_ ____ ¿ J Í . C i M - * on m) JL J Rey nuestro Señor ( Q. D. G.) por su Real orden de '¡5 de enero del presente año 4828 se ha dig nado autorizar al Presbítero D. José Ambrosio Con 1re ras , profesor de Humanidades en Granada, Socio dé la Real Academia Latina Matritense , para establecer en la dicha ciudad un Colegio de Humanidades , nom brándole su Director y Empresario perpetuo , bajo ciertas declaraciones, por la quinta de las cuales mnnda S. M. que el dicho Establecimiento se rija por ahora, y hasta la formación del Reglamento general que de berá observarse en estos Colegios , por e) que ha pre sentado el dicho Presbítero , cuyo tenor literal es como sigue: ,/Previo el Real permiso y competente autoriza ción del Rey nuestro Señor se establecerá en esta ciu dad de Granada un Colegio de Humanidades sobre las bases del Reglamento orgánico decretado por S. M. en 29 de noviembre de -1825. Se titulará de la Purísima Concepción de nuestra Señora: comprenderá los ra mos de instrucción que basten á satisfacer ¡os pater nales designios de nuestro Soberano, dirigidos á pro porcionar á la juventud una educación esmerada y com pleta, y será administrado en el modo siguiente. M A T E R IA S DE IN STR U C C IO N J LIBR O S j horas de enseñanza. Primeras letras. Se enseñará á los niños á leer correctamente por el silabario español, método prác tico de Naharro , el Amigo de los Niños , Lecciones instructivas de íríarte, y Fábulas de Samaniego : á escribir el carácter bastardo español según el método da lorio: Doctrina y moral cristiana por los catecismos de II i pal da y Fleuri. Gramática Castellana por la de Herranz. Urbanidad, Calografía, y Aritmética por las lecciones de las Escuela pías. A esta enseñanza esclusivamente se destinarán tres horas por mañana, y dos y media por tarde. Latinidad en toda su cstension, con algunos ele mentos de retórica y poética por la Gramática del P. Carrillo: paralela y comparativamente la de la lengua castellana por la de Araujo: un breve tratado de mi tología por el del P. Juvericio, y otro de Antigüeda des romanas por un compendio de ¡as escritas por Adán. Para traducción servirá la Coleccion de Autores de Lozano coi] los dos Diccionarios de Valbuena , o el de Jiménez y Requejo. Se invertirán tres horas por la mañana y dos y media por la tarde. Cuando lo permitan las circunstancias se estable/ cera también Cátedra de Lengua griega. Matemáticas puras y mistas por el tratado de D. Alberto Lista. Se explicarán en dos horas cada día. Elementos de Física, Química, Historia natural: los primeros por Libes, los segundos por Orilla, y los terceros por lecciones que dictará el Profesor toma das de los Autores que hayan sobresalido en cada uno de los tres reinos de la naturaleza. Se desempeñará esta cátedra en una hora por la mañana, y una por la tarde. Filosofía en I03 ramos de Lógica y Metafísica por Guevara, y en el de E tlika ^or Jacguier, en las horas que previene el plan y arreglo de las Universidades. Historia y sus auxiliares Geografía y Cronología. Por ahora servirá de testo para la Historia y Crono logía el discurso de Bossuet, y parala Geografía la es crita por Verdejo, co:i el uso cíe los mapas , eslera y globos. Se enseñarán en dos horas cada dia. Literatura. Se estudiará de memoria un tratado que abrace en toda su esteusion el arte de hablar en prosa y verso, y se analizarán los Autores clásicos latinos y castellanos, como previenen los artículos 8-1 y 82 del Reglamento orgánico, destinándose á este objeto tres boras por mañana y tres por tarde conforme al 77. Lenguas vivas. La francesa, la italiana y la inglesa, ¡dvirtiéndose en cada cual de ellas una hora cada dia. Dibujo. El de figura , flores y paisage, y la deli ncación de i Oh órdenes de Arquitectura. Esta clase se servirá en una hora compatible con las demas. Habilidades. Se establecerán escuelas de nuísica_, baile y esgrima paia aquellos alumnos, cuyos padres ó tutores gusten costearlo por separado, en los térmi nos que previenen los artículos G5 y 83 del Regla mento general. En la primera creación del Colegio solo se habi litarán las aulas por donde respectivamente deban prin cipiar los alumnos que se presenten sobre la base de ocho al menos por cada una: las demas se abrirán á proporcion que vayan siendo necesarias. L’e los libros, panel, plumas y demas efectos ten drán los alumnos surtido en la portería del Estableci miento con la equidad posible para su mayor como didad. C LASIFIC AC IO N, PEN SIO N E S Y A S IS T E N - cias ele los alumnos. Los alumnos se dividirán en Colegiales pensión!»- tas, inediopeasionistas y estemos. 5 %Los pensionistas morarán de continuo en el Esta blecimiento , y contribuirán con tres mil y quinientos reales anuales: en virtud de esta retribución el Colegio se obliga á darles instrucción, lavar y cuidar la ropa de su uso, proveerles de los auxilios domésticos en sus enfermedades, siendo de su cuenta las visitas de loa facultativos y costo de las medicinas, proveerles asi mismo de plumas, tinta y papel de escribir para el pre ciso’objeto de su enseñanza, y alimentarlos dándoles para desayuno una gícara de buen chocolate con pan francés ú otro equivalente, el mismo para todos: para comida una sopa, que se variará, un buen cocido, un principio de carne ó pescado, y un postre: paramerienda fruta, miel, queso, ó cosa semejante; y para cena una ensalada , un guisado y un postre. De estos asistencias ó parte de ellas á ninguno se privará aun por via de castigo, sino en los casos prevenidos por el ar tícelo 400 del Reglamento general. Pagarán ademas al tiempo de su entrada una mó dica cantidad, que no esceda de trescientos reales por el simple uso de una cómoda, catre con cabecero , col cha, recado de escribir y otros efectos, todos unifor mes, que les dará el Colegio, y presentarán en el acto los siguientes: un colchon, cuatro almohadas con dos fundas, cuatro sábanas, un cobertor de abrigo, seis camisas, cuatro pares de medias blancas , Guatro pa ñuelos de bolsillo, dos corbatas negras , dos chalecos, un par de botas, dos de zapatos, (teniendo siempre unos nuevos reservados para salir) cuatro servilletas, un mantel de tres varas de largo y vara y media de ancho, un cubierto de plata con cuchillo de punta re donda, dos toallas, peines, un espejo pequeñOj.unas ligeras de punta roma, y cepillos para la ropa y botas: cuyas piezas repondrán de su cuenta si se estravian ó destruyen ; las que se hagan de nuevo lo serán por los menestrales titulares del Colegio, consultando á la uni formidad y economía, y las que io permitan se mar carán con el número correspondiente. Para ser admitido un Colegial interno, acreditará haber cumplido seis años de edad , y no esceder de doce: haber tenido las viruelas naturales ó sido vacu nado, y no padecer enfermedad habitual ó contagiosa: si alguno la contragere, su encargado, á quien se dará aviso j le sacará inmediatamente del Colegio para cu rarle, y no volverá hasta que conste hallarse perfectamente convalecido: entre tanto se le hará de su pen sión el descuento correspondiente. Los mediopensionistas concurrirán á hora de oir todos los clias la misa del Colegio, y permanecerán hasta haber rezado el santo rosario al anochecer. Con tribuirán con dosmil y doscientos reales anuales, re cibirán la mismo instrucción, comida y merienda que los internos, seles proveerá como á estos de papel de escribir, plumas, y tinta para el preciso objeto de su enseñanza,, y exceptuando la edad, serán unas mismas las condiciones de su admisión. Unos y otros usarán dentro y fuera del Colegio un vestido uniforme apro bado por la Superioridad, de que el Director dará un modelo. Los simples estemos concurrirán á las horas pre cisas de abrirse las aulas por mañana y tarde con ves tido decente aunque sencillo , y contribuirán con un honorario equitativo correspondiente á la clase de ins trucción que reciban, á saber: los de leer veinte reales mensuales, y lo mismo los de dibujo: los de escribir veinte y cinco : los de latinidad ú otro cualquier idio ma , música, baile ó esgrima treinta: los de Matemá ticas ú otra facultad científica, y Literatura cincuenta. Los que abonen este último honorario tendrán fran cas todas las asignaturas, á que puedan cómodamente asistir, esceptuando las de babilidedes, que pagarán to dos por separado. Todas las pensiones se abonarán por trimestres anticipados dentro de los primeros ocho días de cada 2 5 del Colegio, y en el del cumplimiento pascual. Los Colegiales no saldrán á ia calle sino en co munidad, á lo menos por clisos, a no ser que alguna causa justa lo motive: aun con ella no saldrán sino acompañados de persona ele toda confianza. Saldrán á «us casas una sola vez en cada mes en dia feriado, que no sea domingo, j despues de concluidos los ejerci cios del oratorio , y volverán para las nueve de la no- *he en invierno, y diez en verano. Al que falte a estas koras marcadas se privará de salida en el siguiente mes. ]No se les permite por titulo alguno el uso y maaejo de dinero: el que lo tubiere á escondidas será por la primera vez castigado con severidad, y á la se gunda espelido. Lo mismo sucederá al que tubiere cor taplumas , navajas, ú otros instrumentos con que pue dan dañarse , ademas de inutilizárselos. No podrán tener visitas cotidianas ó frecuentes, y mucho menos peligrosas: cuando fueren visitados por personas decentes , las conducirán á la sala de re cibo , y el Inspector de guardia cuidará que al llegar y retirarse les presten todos los oficios de cortesía y urbanidad que merezcan según su caracter. En las horas de estudio y en las de clases no admitirán visitas, sino de sus padres, encargados, ó personas de mucho respeto. Tampoco se les permitirá admitir de persona algu na efectos de comida ó bebida ; y los mismos sus pa dres ó encargados, consultando al arreglo que debe ob servarse en el Colegio, escusarán hacerles obsequios de esta especie. Podrán escribir con toda confianza á sus padres ó tutores para no privarles del recurso de quejárse les, si no fueren bien asistidos por parte del Estable cimiento, debiendo aquellos en este caso oir semejan tes quejas con una prudente desconfianza , habiendo ya dictado la esperiencia que algunos apelan este medio calumnioso por aversión a la sujeción y disciplina; 42 . . . ^ pero no se Ies pcrnufe escribir á otra persona alguna, cuya correspondencia pueda serles peligrosa en cual quier sentido. Para conciliar estos estreñios el que es criba :una carta la entregará abierta al Director, quien vista por el sóbrela persona á quien se dirige, la hará cerrar y poner á su presencia en la balija del Colegio para mandarla al correo, y por ningún otro conducto se mandará carta alguna. "Las de contestación se reci birán por el mismo, y los interesados, abriéndolas en el acto , manifestarán al Director sola la firma , para que por ella conozca la persona que escribe. Si alguno motivare sospecha fundada de abuso en. esta parte , el Director adoptara las medidas que le dicte su celo en materia tan delicada. Cuando á un Colegial ocurra algún accidente de consideración á juicio del facultativo, será trasladado inmediatamente a la pieza destinada á enfermería, y asistido con el mayor esmero por una señora de mas de cuarenta años, 4 quien en este solo caso se dará entrada en el Colegio, poniéndose á su disposición los recursos necesarios. Con el objeto de mantener á los Colegiales en con tinuo cuidado sobre su ropa y efectos, el Director ha rá cuando le parezca sin previo aviso revista de sus cómodas, camas , libros y demas, para observar el orden y aseo en que los tienen , y para cualesquiera otros fines á que pueda conducir esta diligencia. Los camareros tendrán constantemente los dormi torios en toda compostura y aseo , haciendo lar. camas cuantas veces sea necesario, iimpiándolas cada tres días, y mudándolas dos veces en el mes; y cuidarán del aseo personal de los Colegiales de su cargo, peinándo los prolijamente la tercera parte en cada dia: los Ins pectores celarán este importante servicio, y harán que los Colegiales se laven los pies cada ocho dias, y se vistan de limpio una vez en cada semana, y dos en las de los cuatro meses mayores. n Para remover Je los Colegiales todo peligro de corrupción, no se comunicarán con los criados sino por conducto del Inspeelor de guardia, ni con los alum nos estemos, de los cuales estarán en las aulas coa absoluta separación. Ademas de la continua vigilancia de los Inspecto res , el Director, Vice-Director , Profesores, y hasta los camareros y criados observarán con todo celo la conducta de los Colegiales, y darán cuenta al primero de lo que noten digno de corrección. El que por desgra cia se hallare corrompido, ó se corrompiere, si nu se enmienda, será espelido al punto que señóte, asi como el mediopensionista, estenio, ó dependiente , qtic intro duciendo libros, papeles ú otros efectos, influya en su corrupción. Los Colegiales se prestarán mutuamente toda aten ción y cortesía, tratándose siempre de V. evitarán en su trato toda espresion inurbana ó descomedida, y cual quiera falta que se note en esta materia, 6 en la de cencia esterior que deben observar entre sí, será casSigada según su mérito. Aun con los criados y depen dientes deberán ser atentos, mandándoles con conside ración y buen modo, sin olvidar que son nuestros se mejantes, á quienes solo distinguen de nosotros la me cos delicada educación, y la menos favorable fortuna. ' E X A M E N E S , P R E ñIIO S Y C A STIG O S. En el dia de la admisión de un alumno será exa minado escrupulosamente por el Profesor á. quien cor responda á presencia del Director y Junta de consulta, y en el registro de entrada juntamente con su nombre, el de sus padres , naturaleza y edad se anotará el es tado de instrucción en que se halle , de que se dará cuenta á sus padres ó encargados. En el Ú1 timo dia lectivo de cada mes reunidos los Profesores de cada facultad examinarán á bus discípulos <?n las materias que hayan estudiado durante el , ano tarán sus progresos , y formarán una relación exacta para entregarla al Director en la visita formal , que en el dia primero del siguiente mes hará de todas las aulas. Ademas de estos exámenes , y los de semestre y anuales prevenidos por el Reglamento general, habrá en este Colegio uno público al fin de cada uno de los dos trimestres intermedios. Para él fijarán ios respec tivos Profesores un programa manuscrito en las puertas de sus clases con ocho dias de anticipación , ya para que los alumnos preparen ¡as materias de que deben ser examinados, y ya para que puedan noticiarlo á sus padres ó encargados, por si gustan asistir á presenciar sus progresos. Las notas que merezcan se publicarán en la rni§j¡>¿a forma, y á los interesados ausentes se noti ciarán por escrito. En fin de cada año en el tiempo establecido se ce lebraran con toda solemnidad los exámenes generales presididos por la Autoridad competente, y en ellos se adjudicarán premios á los que los merezcan por sus adelantos. Ln los premios y castigos no se faltará ni escede rá a lo que los mismos Reglamentos previenen en esto título: si la prudencia dictare otros para estimular la aplicación, no saldrán de aquella esfera, y los casti gos en ningún modo serán escesivamenle aflictivos, y menos ofensivos del pudor y decencia que deben ins pirarse á los jóvenes. Cualquiera de ellos d quien se imponga un castigo , si lo considerase injusto ó escesivo podrá alegar su razón al superior de quien proceda , haciéndolo coa toda sumisión y respeto : si éste no la considerase su ficiente, aquel aceptará con resignación el castigo, que dándole el recurso de ponerlo todo en consideración del Director, quien siendo necesario adoptará el medio que le dicte su prudencia para conciliar el decoro del superior con la plena vindicación del Inocente. Siendo la obediencia á los superiores la base y fun damento de toda buena educación , cualquiera inobe diencia pertinaz y sostenida será castigada con la pena de espulsion sin arbitrio.’'’ ■ n ■ ¡'i .X'! .■>: ■: •;;» c: d K O T A. Conforme al articule JJ-5 del Reglamento general, llegado el año 4 835 no será admitido á examen para Preceptor de Latinidad el que no acredite haber se guido y ganado el curso completo de estudios„ que por el mismo se manda dar en los Colegios de Huma nidades „ y ccm arreglo al 75 todos estes cursos serán respectivamente admitidos y reconocidos en lr<$ Uni versidades para continuar la carrera, y para los gra dos académicos.