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e-rph nº 17, diciembre 2015, pp. 66-80 66 Intervención | Estudios Los Siete axiomas del Congreso de Roma (1883) a través del pensamiento crítico de Leopoldo Torres Balbás Seven axioms of the Congress of Rome (1883) through critical thinking of Leopoldo Torres Balbas Aurora Arjones Fernández Profesora Doctora Departamento de Hª Arte Universidad de Málaga Fecha de recepción: 17 de junio de 2015 Fecha de aceptación: 09 de noviembre de 2015 Resumen Este artículo reflexiona sobre Los Siete axiomas del Congreso de Roma (1883), el documento que sintetiza la teoría de la restauración de Camilo Boito, una referencia especialmente presente en el pensamiento de Leopoldo Torres Balbás. Leopoldo Torres Balbás arriba al valor documental del monumento en paralelo con los discípulos de Boito en Italia pero, en su caso, a partir de su reflexión personal, y a pesar de los factores que ralentizaron la aplicación de estos principios en el panorama español. En suma, este artículo discute como Leopoldo Torres Balbás no asume el valor documental del monumento a partir de la Conferencia de Atenas de 1931, sino que por esas fechas ya lo aplicaba en sus proyectos de intervención sobre arquitectura histórica. Palabras clave: Camilo Boito. Valor documental del monumento. Leopoldo Torres Balbás. Centenario Boitiano. Alois Riegl.
e-rph nº 17, diciembre 2015, pp. 66-80 67 Abstract This article reflects on The Seven axioms of the Congress of Rome (1883), the document that synthesizes Camilo Boito's restoration theory, which was an especially active reference in the thought of Leopoldo Torres Balbas. Leopoldo Torres Balbas reached the documentary value of monuments in parallel with Boito's disciples in Italy, but from his own reflection and despite the factors which slowed down the application of these principles in Spain. Summing up, this article defends that Leopoldo Torres Balbas did not assumed the documentary value of monuments from the Athens Conference of 1931, but that in those days he already applied it in his interventions on historic architecture. Keywords: Camilo Boito. Documentary value of monuments. Leopoldo Torres Balbas. Boitiano centenary. Alois Riegl.
e-rph Intervención | Estudios | Aurora Arjones Fernández e-rph nº 17, diciembre 2015, pp. 66-80 68 68 Aurora Arjones Fernández Aurora Arjones Fernández es doctora en Historia del Arte por la Universidad de Málaga con mención de “doctorado europeo”. Ejerce como profesional libre en la tutela y gestión del patrimonio cultural; paralelamente, desempeña la labor de Profesora Asociada del Departamento de Historia del Arte de la Universidad de Málaga desde 2008, en estos años buena parte de su docencia se ha centrado en la materia de Gestión del Patrimonio Cultural en los estudios de Turismo, actualmente Grado de Turismo; así como en la Historia de las Idas Estéticas. En 2006 ingresó en el grupo de investigación internacional sobre Estudios rieglianos. Contacto: [email protected] 1.- Camilo Boito en la literatura científica española
e-rph Intervención | Estudios | Aurora Arjones Fernández e-rph nº 17, diciembre 2015, pp. 66-80 69 69 El Centenario Boitiano. Camillo Boito moderno (3-4 diciembre 2014) concluyó con una mesa redonda monográfica en torno a la recepción y traducción de los Siete axiomas del Congreso de Roma de 1883. La profesora Carolina Di Biase del Politecnico di Milano conjuntamente con el profesor Guido Zucconi de la Università IUAV di Venezia moderaron la tertulia en la que participamos los profesores: Andreas Lehne (Diretor Abteilung Inventarisation und Denkmalforschung, BDA de Viena); Marko Spikic ( Università di Zagabria e Presidente ICOMOS Croazia); Hans Rudolf Meier ( Bauhaus Architekturfakultät Weimar e Presidente dell’Arbeitkreis Theorie und Lehre der Denkmalpflege), un discípulo de la profesora Grazina Korpal ( Accademia di Belle Arti Jan Matejko di Cracovia) y Aurora Arjones Fernández (Universidad de Málaga). Entre las conclusiones a las que llegamos, creo interesante resaltar que la figura de Gustavo Giovannoni eclipsó la propuesta de su maestro, Camilo Boito, de tal forma que la figura de Camilo Boito exige una revisión por parte de la literatura científica austriaca, cracoviana, croata, alemana y española. En el marco de la literatura científica española tendríamos que esperar a Metamorfosis de monumentos y teorías de la restauración del profesor Antón Capitel (1988) para una referencia directa y documentada de los Siete axiomas de Boito 1 . En este sentido, el estudio de la profesora Isabel Odieres en Historia de la restauración monumental en España (1835-1936) 2 fue más que interesante; en otro orden, pero igualmente necesaria, fue la explicación del restauro científico que ofreciera el profesor González- Varas en el manual de Conservación de bienes culturales (González-Varas, 1999). Recientemente el Patronato de la Alhambra y el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico han publicado una monografía sobre restauro científico. En este trabajo se perfila el conocimiento y vinculación de Leopoldo Torres Balbás con la teoría de la restauración moderna 3 . Tras la lectura de esta reciente publicación de ensayos sobre Leopoldo Torres Balbás y la restauración científica, y a tenor de las conclusiones con las que cerramos el Centenario Boitiano, podemos afirmar que en la historiografía española de los bienes culturales las reflexiones sobre los Siete axiomas del Congreso de Roma de 1883 han sido frecuentes, pero quizás es el momento de poner en valor la teoría de Camilo Boito y marcar las lindes con respecto a la redefinición que de su propuesta hizo Gustavo Giovannoni. Nuestra literatura científica de la teoría de la restauración del patrimonio 1 El profesor Capitel presenta la teoría de Camilo Boito como una asunción de la teoría de Ruskin pero evitando su visión fatalista en cuanto al necesario fin de los edificios, de ahí que no permita la ruina de los edificios e incluso ofrezca diversos instrumentos técnicos para combatir su estado de deterioro. Condena la reconstrucción por falsaria. Afirma que Boito se opone decididamente a la escuela francesa que tanta influencia había tenido sobre los españoles. Es más, Boito declara improcedentes los derribos de los añadidos históricos aludiendo a la autenticidad histórica. Rechaza la unidad formal priorizada por Violet lLe Duc, estimando que este criterio congela el momento. CAPITEL, A. (1988) Metamorfosis de monumentos y teorías de la restauración. Madrid: Alianza Forma. 2 El trabajo de la profesora Isabel Odieres además de tomar en consideración los Siete axiomas de Camilo Boito, reflexiona sobre su vertiente de arquitecto ecléctico con la que propone una línea de investigación aún hoy inédita en la literatura española. ODIERES, I. (1993) Historia de la restauración monumental en España (1835-1936), Tomo I, Madrid: Editorial Complutense. 3 GALLEGO ROCA, F.J. (2013) “Torres Balbás y el panorama europeo”. En: Leopoldo Torres Balbás y la restauración científica; María del Mar Villafranca y Román Fernández Vaca (ed.), Granada: Patronato de la Alhambra y Generalife; Sevilla: Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, pp. 317-338. CACCIAVILLANI, C. A. (2005): “Joan Rubió Bellver, Leopoldo Torres Balbás, Jerónimo Arroyo López e il pensiero di Gustavo Giovannoni in Spagna”. En Gustavo Giovannoni: Reflessioni agli albori del XXI secolo. Giornata di Studio dedicata a Gaetano Miarelli Mariani (1928-2002; M.P. Sette (ed.). Roma: Bonsignori Editore, 2005, pp. 152 y ss.
e-rph Intervención | Estudios | Aurora Arjones Fernández e-rph nº 17, diciembre 2015, pp. 66-80 70 70 cultural alude a Camilo Boito, pero a través de Gustavo Giovannoni. De acuerdo con esta premisa es de reconocer la labor de Leopoldo Torres Balbás como introductor de los Siete axiomas del Congreso de Roma en España a través de su pensamiento. 2.- Del sentido historicista al valor documental en la legislación de los monumentos de España Ilustración 01. Restauración de los Cuartos de Granada de la Alcazaba de Málaga (junio 1935) de Leopoldo Torres Balbás. Archivo documental del Patronato de la Alhambra y el Generalife. La ponencia de Camilo Boito “Ordine del giorno sul restauro: criterio di intervento nel restauro dei monumenti” expuesta en el Congreso Nacional de los Ingenieros y Arquitectos italianos (Roma, 1883) dio lugar a los conocidos como “Siete axiomas del Congreso de Roma de 1883”- cabe señalar que el propio Camilo Boito llevó a cabo una reedición de los Siete axiomas del Congreso de Roma en 1893-. Estos principios afirmaban que cuando los monumentos arquitectónicos necesariamente se deban intervenir, serán consolidados antes que reparados, reparados más que restaurados, evitando mediante estudios los añadidos y las renovaciones. Así mismo, los añadidos que fuesen indispensables para la solidez, y en el caso de que se refieran a partes que jamás existieron o que ya no están, y de las que no tenemos conocimiento seguro de su forma primigenia, en estos casos, los añadidos se deben ejecutar de tal forma que se diferencien del monumento, advirtiendo que, posiblemente, la apariencia de las nuevas formas no resten demasiado al aspecto artístico del monumento. En tercer lugar, cuando se trate de reconstruir entidades destruidas o no finalizadas en su origen, entonces convendrá que los fragmentos añadidos o renovados, también conforme a la forma primitiva, sean de materiales evidentemente distintos, o tengan una marca incisa con la fecha de la restauración, de tal forma que a partir de esta marca el atento observador pueda identificar el engaño. En los monumentos de la antigüedad o en otros, donde sea notable el interés arqueológico, las partes necesariamente completadas conforme a la solidez y conservación del objeto deberían presentar sólo los planos más simples y sólo esbozados, aunque de esta forma tan sólo parezcan la continuación o la huella de otras partes ornamentadas.
e-rph Intervención | Estudios | Aurora Arjones Fernández e-rph nº 17, diciembre 2015, pp. 66-80 71 71 Por otro lado, en los monumentos, que aportan belleza, singularidad, poesía a la variedad de los mármoles, de los mosaicos, de las pinturas o bien por el color de su vejez o circunstancias pintorescas en las que se encuentran, o por el estado ruinoso en el que yacen, las obras de consolidación, en lo estrictamente indispensable, no deberán disminuir posiblemente en nada los aspectos intrínsecos y extrínsecos de su sugestión artística. El quinto axioma enunciado por Camilo Boito apostaba por legitimar la consideración de monumento de tal forma que las incorporaciones o modificaciones que en distintas épocas hubieran sido introducidas en el edificio primitivo, salvo en el caso en el que teniendo una importancia artística e histórica manifiestamente menor conforme al conjunto del edificio y procedentes de la misma época falseen y enmascaren algunas partes notables del mismo, sólo en este último supuesto, se debe valorar la eliminación o la destrucción de tales modificaciones o añadidos. El penúltimo punto de su conferencia atendió a los estudios previos, ya que, a juicio de Boito, antes de comenzar las intervenciones, aunque éstas sean mínimas reparaciones o restauraciones, se debe documentar el proceso a través de fotografías del monumento, después de las principales etapas del trabajo, y finalmente ilustraciones del trabajo concluido. El séptimo y último axioma del congreso de Roma, instaba a colocar una placa en el monumento restaurado que recordará la fecha y las obras principales de la restauración (Arjones, 2015). Las teorías de Camilo Boito tuvieron una ínfima influencia en las intervenciones que se realizaban sobre arquitectura histórica en torno a 1883. En España los arquitectos especialistas en intervenciones sobre inmuebles históricos, salvo excepciones, debieron esperar hasta principios del siglo XX para conocer los Siete axiomas de Boito. Benigno de la Vega-Inclán y Flaquer en su Proyecto en el Patio del Yeso de los Reales Alcázares de Sevilla (1918-1920), frente a lo común, se negó a realizar falsos históricos, así por ejemplo no reemplazó los paños de sebka. Los proyectos de restauración de Rafael Contreras en el Patio de los Leones de la Alhambra en torno a 1866 son un ejemplo de la tradición en la restauración de la arquitectura en España, ponen de manifiesto el historicismo que Torres Balbás se propuso desmontar tomando como referente a Camilo Boito (BLASCO, 2009:201) Podemos sintetizar que en España, con anterioridad a la recepción de los Siete axiomas de Camilo Boito, se restituía y rehacían los monumentos. Una evaluación de los proyectos de intervención arquitectónica en monumentos en torno a 1890 pone de manifiesto los eufemismos de los que se valían tanto las instituciones como los proyectos de intervención sobre monumentos para eludir referirse a la restauración en el sentido de Viollet Le Duc y su prioridad por la unidad de estilo. En España, hasta principios del siglo XX, las intervenciones en la arquitectura histórica se limitaban a reconfigurar la imagen de la arquitectura valorando fundamentalmente una cuestión estética, su estilo artístico. Las cuestiones de estilo estaban entre los paradigmas que las teorías “fin de siglo” venían desarticulando en los previos del Culto moderno de los monumentos (1903) aunque, en la praxis de la restauración en la Europa “fin de siglo” aún se intervenía, frecuentemente, en el monumento a partir de cuestiones de estilos. Esta circunstancia nos permite comprender que los Siete axiomas del Congreso de Roma resultaran especialmente modernos para la restauración de monumentos en España, Cracovia, Croacia,… De hecho, tras la Segunda Guerra Mundial, la recuperación del Culto moderno de los monumentos estuvo protagonizada por la historiografía italiana. Es decir, la teoría de la restauración de monumentos en Italia era sencillamente de vanguardia: comprendía las propuestas formuladas por la
e-rph Intervención | Estudios | Aurora Arjones Fernández e-rph nº 17, diciembre 2015, pp. 66-80 72 72 Viena Fin de Siglo. En síntesis, Camilo Boito había presumido el valor documental del monumento a finales del siglo XIX; desde el contexto de la Escuela de Viena, Alois Riegl en el Culto moderno de los monumentos en 1903, abordaría entre otros valores, el documental. Pues bien, fue la literatura científica italiana la que avistó la relación entre el valor documental del monumento de Camilo Boito que subyace en los Siete axiomas del Congreso de Roma (1883) y el Culto moderno de los monumentos de Alois Riegl (1903), donde el vienés confirmaba su rechazo de la reconstrucción arquitectónica y coincidía con Camilo Boito en que esta sólo estaría justificada cuando la sugestión, que rige la dialéctica del monumento y la población, lo exigiera 4 . La propuesta de Camilo Boito, el valor documental del monumento que se perfila en los Siete axiomas, aúna algunos de los principios fundamentales de teorías del restauro precedentes e incluso en la mayor parte de los casos aún vigentes. Así, por ejemplo, Camilo Boito asume la autenticidad material de tal forma que al igual que había propuesto Ruskin, a priori se opone a la integración o reconstrucción en la medida en que conllevan la integración de entidades que no participan de la edad o antigüedad del monumento; rechaza los postizos. Pero debemos ser cautos en este punto, porque, como bien hemos explicado, Boito, a diferencia de Ruskin, se opone a la integración de entidades nuevas solo a priori, por tanto ante determinadas circunstancias las acepta. En este punto, podemos afirmar que Boito niega el culto a la ruina, no comparte el hecho de que el monumento deba evidenciar el paso del tiempo, no concibe el monumento como una entidad que caduca y se agota en su inmutabilidad, sino conforme al “vitalismo” 5 . 4 Alois Riegl (1858-1905) profesor titular de la Cátedra de Historia del Arte de Viena, en 1902 recibe la propuesta de la Presidencia de la Comisión Central Imperial y Real de Monumentos Históricos y Artísticos de Austria para que coordine un plan de reorganización de la protección de monumentos públicos. Sintetiza su teoría de los valores de los monumentos, en la primera parte del Proyecto para la reorganización de la protección de los monumentos en Austria (1903): El culto moderno de los monumentos, su carácter y sus orígenes. Las conclusiones de Alois Riegl acerca de las nuevas tendencias en el cuidado o culto de los monumentos, en 1905, eran: diversidad cultural; democratización de la cultura; intervención en el patrimonio cultural arquitectónico y rechazo de la reconstrucción arquitectónica; e interdisciplinariedad. Véase ARJONES FERNÁNDEZ, A. (2006) Un repaso de los principios que defiende la moderna protección del patrimonio de acuerdo con la teoría riegliana de los valores de los monumentos en Valores de cinco arquitectura intervenidas en Málaga. M.E. Candau Rámila; A. Arjones Fernández (ed.): Málaga, Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga, pp. 29-47. 5 Nietzsche en Sobre la utilidad de la historia y la desventaja de la historia para la vida (1874) sostenía que la Historia conforme a planteamientos evolucionistas, ilustrados, entendida como “ciencia” alienaba el hecho histórico, lo momificaba hasta el punto que garantizaba su permanencia pero paralizado en el tiempo, como un trasunto de lo que fue pero exento de su contexto o ambiente, se trataría de un “monumento anticuario” porque ya no contempla el devenir y se preocupa por justificar lo que un día fue en vez de generar vida ejerciendo como sustrato para las señas de identidad de las distintas generaciones, para el pueblo. Los planteamientos de Nietzsche sobre el monumento en el sentido moderno, y más concretamente sobre el valor documental, vienen a postular que, si se impone el sentido históricociencia, el evolucionismo, arrasará todas las consecuencias de la historia en tanto que devenir y dadora de vida, sus consecuencias, desarraigará el futuro porque destruye las ilusiones y arrebata a las cosas existentes su ambiente propio en el que únicamente pueden vivir NIETZSCHE, F. (2003), Sobre la utilidad y el perjuicio de la Historia para la vida. Edición, traducción y notas de Gabriel Cano. Madrid, Biblioteca Nueva.
e-rph Intervención | Estudios | Aurora Arjones Fernández e-rph nº 17, diciembre 2015, pp. 66-80 73 73 3.- Lo que de “moderno” hay en el pensamiento crítico de Leopoldo Torres Balbás En España el valor documental, en la legislación española del siglo XIX, permanecía prácticamente inédito. Efectivamente, cuando en 1883 Camilo Boito apuesta por el valor documental del monumento, la legislación española apenas si venía prohibiendo la reedificación de los conventos destruidos en la Guerra Peninsular (1808-1812) y, durante el reinado de Isabel II (1833-1868), la Comisión de Monumentos Históricos y Artísticos tutelaba las intervenciones: priorizaba la unidad de estilo así como instauraba la teoría de Viollet le Duc. Desde finales del siglo XVIII en España se planteaba la desamortización de tierras como una medida para afrontar la deuda pública, y en ningún caso se previó su transcendencia de estas estrategias sobre los valores del monumento –es más, en España aún no se contemplaba la condición metafísica, los valores del monumento-. De tal forma que, en contextos culturales como el español, necesariamente bebimos de la fuente de la historiografía italiana; en cualquier caso, merece nuestro reconocimiento en este sentido a Leopoldo Torres Balbás por su modernidad tanto en la teoría como en la práctica de la intervención en monumentos (Arjones, 2006: 27). El modelo de Estado Liberal que afrontaba España a través de las desamortizaciones de tierras como la proyectada por Mendizábal a través del Real Decreto de 19 de febrero de 1836, elude cualquier consideración de respeto, conservación y protección de la arquitectura sita en estas heredades, salvo en el artículo segundo donde ya se perfila la conservación de arquitecturas con valor artístico (interpretamos aquí... por ser representativo de un estilo artístico...) a través del uso de estos inmuebles como sede de la administración. En este texto también se interpreta el valor arqueológico o de sitio histórico, pero en ningún caso, el valor documental. De acuerdo con estas premisas podemos comprender que en la España del siglo XIX las intervenciones sobre arquitectura histórica tan sólo debían obtener el visto bueno de las Juntas de Enajenación de Edificios, que en raras ocasiones se llegaron a formalizar. La Academia de San Fernando sacaba a la luz escritos que denunciaban la falta de sensibilidad sobre el patrimonio arquitectónico sito en estas heredades, pero estas denuncias no tenían carácter vinculante, aunque progresivamente posicionaron a la Academia de San Fernando como el precedente de las Comisiones de Monumentos que comenzaron a funcionar a partir de 1844. Con la desamortización de Esparteros (1841) e incluso el proyecto desamortizador de Madoz (1855), al igual que ocurriera en los decretos anteriores, también se priorizó la componente económica de estas propiedades sobre los valores histórico, documental y artístico de los inmuebles que en ellas se localizaban; tanto es así que el estudio de la legislación desamortizadora española del siglo XIX resulta fundamental para comprender la modernidad de la gestión de Juan Facundo Riaño en la que podemos entrever, por primera vez en la administración española, la concepción del monumento como un conjunto de valores y dimensiones susceptible de muy distintos usos. La Institución Libre de Enseñanza actuará como medio de difusión de estos modernos planteamientos para la gestión de los monumentos que ya se habían puesto de manifiesto a través del proyecto que Juan Facundo Riaño trazó en torno al Catálogo monumental de España - Leopoldo Torres Balbás recogió el testigo en sus años como alumno de la Institución Libre de Enseñanza- (López-Ocón Cabrera: 51).
e-rph Intervención | Estudios | Aurora Arjones Fernández e-rph nº 17, diciembre 2015, pp. 66-80 74 74 Cabe diferenciar el sentido historicista que priorizaban las Comisiones de Monumentos, que en un amplio sentido secundó el Catálogo monumental de España; del valor documental al que insta Camilo Boito desde los Siete axiomas del congreso de Roma de 1883. Fundamentalmente, el valor documental del monumento que propone Camilo Boito no prioriza un estilo, no atiende a cuestiones de estilo. En cambio, las Comisiones de Monumentos distinguían determinados estilos artísticos por su valor ideológico. En un primer momento, entre las competencias que tenían atribuidas las Comisiones, ninguna aludía a la valoración del monumento como documento, tan sólo tenían la obligación de catalogar y estar informadas sobre los edificios monásticos y antigüedades sitos en su territorio. En materia de intervención arquitectónica, podemos destacar que hacia 1850 era competencia de las Comisiones “proponer los medios para reparar” estas arquitecturas. Del Real Decreto de 14 de noviembre de 1854 destacamos que la Comisión Central debía “proveer la restauración de aquellos edificios que se encontrasen en estado ruinoso y tuviesen un verdadero precio para las Artes y la Historia”; en otro punto se detalla que la Comisión Central debía “someter a su examen y apreciación las restauraciones de los edificios confiados a su cuidado, siempre que fuesen de alguna importancia, o pudiesen alterar la forma y el carácter de las fábricas”. Como podemos interpretar la Comisión Central para mediados de siglo era la institución encargada de los monumentos, y desde la que se valoraba como esencial que la restauración de una arquitectura mantuviese “la forma y el carácter de su fábrica”: su apariencia. Este criterio transluce la sintonía con la teoría de Violet le Duc y la distancia con los planteamientos ruskinianos de los que parte el valor documental de los Siete axiomas de Camilo Boito. Cuando en 1865 las Comisiones de Monumentos se transforman, integrando entre sus vocales a representes de las Reales Academias de Historia y San Fernando, y desarticulando la estructura meramente política que hasta ese momento las integraban, cabía esperar un giro hacia la puesta en valor de la condición documental del monumento. Sin embargo esto no ocurrió, sino que, por el contrario, se priorizaron las “formas artísticas” como podemos leer en estas líneas: “reclamar contra las restauraciones o modificaciones proyectadas en los edificios públicos y que alteren su carácter histórico o adulteren sus formas artísticas”. Las Direcciones Generales de Bellas Artes, que se establecen en el marco de la monarquía de Alfonso XII y Alfonso XIII, dan continuidad a estos principios…; e incluso, cabe comentar como a partir de 1898 van en aumento estas intervenciones que recreaban la historia a través de la selección de estilos que configurarían la imagen de la ciudad- ¡también hubo regeneracionismo a través de la intervención de monumentos¡-. A modo de síntesis, las novedades que se suceden en la legislación hasta la década de los años treinta del siglo XX inciden en la catalogación. Entonces se estimaba que la principal necesidad de España era conocer sus monumentos, antes que legislar sobre los criterios de intervención sobre su arquitectura histórica. Estas circunstancias explican que en 1918 Leopoldo Torres Balbás expresara su incertidumbre sobre la praxis de estas medidas, fundamentalmente porque, a su juicio, buena parte de los monumentos declarados ni siquiera se justificaban “por verdaderos motivos artísticos o históricos” 6 ; y la necesidad 6 Frente al pesimismo de Leopoldo Torres Balbás cuando se refiere a la praxis de la conservación de los monumentos llevada a cabo por las instituciones españolas, hoy podemos afirmar que las teorías ruskinianas, el punto de partida que todos interpretamos en la definición del valor documental del monumento que potenciaba Camilo Boito, también estuvieron presentes en otras facetas del ambiente intelectual español, un ejemplo es Juan Facundo Riaño.