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Nos Don Juan Manuel de Moscoso y Peralta, ... confiando en la doctrina, virtud y exemplo de P. Fr. Cristoval Espinosa ... y que nos ayudará á conseguir el fin que deseamos del bien espiritual de los Fieles Christianos...

Granada (Diócesis). Arzobispo (1789-1813 : Juan Manuel de Moscoso y Peralta)

Full text

I -- ---- ------- ^ y* í¡ Biblio eca uN ea ><y'; -üü-i — ■ - — - ---- - ■——*«-«' íT¡$k¡a i| J ¡i - q *n*d = I ,,C' líala E, T T j n — n e / / V 6 , V £) £ *5 c) NOS D. JUi POR LA GR A zobispo de O den Españo C_/on iando en mos del bien ei de sus Almas ] ¿ e/ con la de su P y eniendo co í dicho? c < Diócesis, pa a demas san os e: ¿A- ^ Y p echamien o de pe amos de su en caso de neo pública , y en ■ alguno de ios Fieles deben c ca gamos la coi L-—* ocho Doc 3a San a Sede i con esando en munion el dia se p esen a á a que de es año > Od- UEL DE MOSCOSO Y PERALTA, j)IOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA, 1 ¡balle o G an-C uz P elado de la Real y Dis inguida I I .; del Consejo de S. M. &c. &c. cd-e~ co- Í.G OE -^ )¡1C m, y exemplo dé / 0 ^ p ’ ¿ -A» ¿y-* ¿ • -§ ^ sj —^ y que nos ayuda a á consegui e in que desea es Ch is ianos ins uyéndolos en lo que les con enga pa a la sal ación ncíencias en el san o iempo de •''&*+*> ¿¿ &//*> « j - ^ Po la p esen e le nomb amos y damos licencia pa a que a a ^ su ^ ~z>^ ^ — a y p edica en es e A zobispado , p edique y con iese en la Iglesia de ab as a la Dominica in Albis , que es el é mino señalado en es a ^^:ep o de la iglesia , ayudando al Cu a en las con esiones, se mones £_|i dicho iempo se o ecie en , el qual pasado se ol e á de dich Abones y con esiones que hicie e se siga el u o que desea nos, y el ap o» ~¡p amos p oceda con la modes ia y buen exemplo que debe , según lo es- eí no oiga las con esiones en su casa , ni en la de los peni en es , á no se e mos , y no pode se le an a de la cama , sino en la Iglesia en pa e uela pa a Jas muge es. Y en cada se món de los que p edica e , explica á . san a Fe , decla ando el modo , calidades y ci cuns ancias con que los : _|ii á el se món con un Ac o de Con ición , sob e que es echamen e ie en- h ademas de los se mones de abla , según cos umb e en cliché ~ á je n e , pa a gana la Indulgencia plena ia concedida á odos los Fieles po ° J a á p incipio el dia de Ceniza , y á es e in debe án oi es á lo menos, *B-§ y comuígaudü<p ecisa neoce en la que se explican^: y señalamos pa a ia' co^ CT> ;-4T=;l IE ~e D o" ■Vi Y con es a licencia a a de dicha Iglesia , pa a que le haya y enga po al P edicado , con ai cejo le con ibi ’J ‘"HÍ = da le seis eale >iC- ^ E Jus icias y ec IXI - en — men e , y le a< VT, 1,--, - E 'Kj = y con lo dem . , 1.9? - ' "d ■ :d> -= que no se hag; oes ■ jYj - ni o a pe sona • e =' de la cosecha. damos ü : z? J 1 nomb ado , pue • en ¡p ;¡ o -¡ a? - pena de excon cA I dicho iempo , pe juicio de nues a nía i i n ¡<sii .e í / 0 - a ¿ ee a ge -j.* mes * J u a n M í de quaíquie esiado y calidad que sean , le eciban benigna y ca i a i a- i io ocan e á su minis e io, y ayuden con su limosna de ngo y ma a edís, los P edicado es po su ocupación y asis encia. Y asimismo mandamos, jan limosnas con el P edicado , n? pa a él , los Alcaldes , ni Regido es, lexen á cada uno lib emen e lo que ue e su olun ad , llegado el iempo ¿ / CC'V^XÍJ 1sl,¿ de mil ochocien os y ¿>cÁc- ^ <2/1-1, OJ, OC 'WcJ/W/^e, (¿P sWnlJjlÁsyyi ■ Jx- UóuHu j ¿w* Ia ó iASZ%A CA/( >y p - OI - -!^ z j OJ — Cn EE Reg.libJ* ol.3ii OJ OJ O J OG OJ £) Po mandado de S. Exc. el A zobispo mi S * E7 JAl=¡ OE —~ i --- ------ 1 ---- ' I» 1 l| -y ÍOTECA Uh'IVEí TTA L — GRANAD/W- j Sala ___ Es an e wAw [ NOS D. JUAN MANUEL DE MOSCOSO Y PERALTA, POR LA GRACIA DE DIOS Y CE LA SANTA SEDE APOSTOLICA, A zobispo de G anada ; Caballe o G an-C uz P elado de la Real y Dis inguida O den Española de Ca los I I I .; del Consejo de S. M. &c. &c. Con iando en la doc ina , i ud y exemplo dé A —" S/zns/ - i- ’ ¿y. ^ •-*<- c -- —" y que nos ayuda a á consegui e in que desea mos del bien espi i ual de los Fieles Ch is ianos ins uyéndolos en lo que les con enga pa a la sal ación de sus Almas y quie ud de sus conciencias en el san o iempo de ¿z¿ .- * ___ - . c— — - -- ^ Po la p esen e íe nomb amos y damos licencia pa a que con la de su P elado Regula , aya á A* h /a C c_ ^ c. ^ ¿ - --------- y eniendo co ien es las de con esa y p edica en es e A zobispado , p edique y con iese en la Iglesia de dich¿? c _ 7 , a- — ^has a la Dominica io Albis , que es el é mino señalado en es a Diócesis, pa a cumpli con el p ecep o de la Iglesia , ayudando al Cu a en las con esiones, se mones y demas san os exe cicios, que en el dicho iempo se o ecie en , el qual pasado se ol e á de C. 'W Y pa a que de los se mones y con esiones que hicie e se siga el u o que deseamos , y el ap o echamien o de las Almas , le exho amos p oceda con la modes ia y buen exemplo que debe , según lo es pe amos de su i ud. Y mandamos no oiga las con esiones en su casa , ni en la de los peni en es , á no se en caso de necesidad , po es a en e mos , y no pode se le an a de la cama , sino en la Iglesia en pa e pública , y en con esona io de ejuda pa a Jas muge es. Y en cada se món de los que p edica e , explica á alguno de los mis e ios de nues a san a Fe , decla ando el modo , calidades y ci cuns ancias con que Jos Fieles deben con esa se , y conclui á ei se món con un Ac o de Con ición , sob e que es echamen e ie en ca gamos la conciencia : explicando ademas de los se mones de abla , según cos umb e en dich^ ^ c—*, ocho Doc inas ca equís icamen e , pa a gana la Indulgencia plena ia concedida á odos los Fieles po la San a Sede Apos ólica , á que da á p incipio d dia de Ceniza , y á es e in debe án oi es á io menos, con esando en qualquie a Iglesia , y comuigaudü<p ecisamen e en la que se explican^: y señalamos pa a jY c A snunion el dia csé***^ <-— £—-—^ < ----------------- Y con es a licencia se p esen a á an e el “Vica io ó Cu a de dicha Iglesia , pa a que le haya y enga po al P edicado , con al que de es años á es a pa e no haya p edicado en dicho Pueblo 5 y si no hubie e cos umb e de que el Con cejo le con ibuya pa a la comida , debe á á lo menos p opo ciona le casa de alde , y el Cu a cumpli á con da le seis eales dia ios, siendo po mi ad es a obligación del Bene iciado p op ie a io. Y enca gamos alas Jus icias y ecinos de él de quaiquie esiado y calidad que sean , le eciban benigna y ca i a i a men e , y le acudan con lo necesa io ocan e á su minis e io, y ayuden con su limosna de igo y ma a edís, y con lo demas que es ilan da á los P edicado es po su ocupación y asis encia. Y asimismo mandamos que no se hagan pad ones , ni pidan limosnas con el P edicado , ni pa a él , los Alcaldes , ni Regido es ni o a pe sona alguna , sino que dexen á cada uno lib emen e lo que ue e su olun ad , llegado el iempo de la cosecha. T mandamos al dicho Vica io , ó Cu a no consien an se cons i uya o o P edicado en luga del nomb ado , pues o que en es e nomb amien o hemos a endido á las calidades del susodicho. Lo qual cumpla só pena de excomunión mayo , y diez ducados aplicados á nues o a bi io : y alga es e nomb amien o po dicho iempo, y sin pe juicio del de echo Pa oquial. En es imonio de lo qual ^da nos el p esen e, i mado de nues a mano , y e endado del in asc ip o nues o Sec e a io de Cáma a en es a Ciudad de G anada —’ del mes de ¿ ayboo Lc Qoy »wkci w <*1/ ^ oo -wc/Liye, Manuel, A zobispo de G anada a ■2/e*' ys&V — dei mes d e — de mil ochocien os -y ¿>cVL- y ^ AAJV b ■ Jx- Juan ^C'HzCa/OY P Po mandado de S.Exc. el A zobispo mi S . Reg. ¡ib. / oL 31 é T i . * ' ' ' • i -“**■ • - ■ •> ‘1 . C ■' ■'• ■ • J x j . — —., y T ; N Á * T' K'S > i * - w# k.í c. . ’ : n : '* ' ■i.- e jí .:* • '¡lí s (•; ;5 a ,,V " - s; , :: i b - * - . >;■ ; : ■ : b ■' ■ ■ ■ '-Í- ... - ' -H b.b ■: > > ? Eí: J li: . ■ i b ■ : O ; ■ • ■ > A A . ^ C . • ' * ■* * -. •• * *'■: > ' • o q -'-i *.• > •>'. ¿w • •• •« -.»• ‘ .1 < ■ *7 -: /, ' i :./• ■- . ; :¡q (13 *k* ■ ; - , •1 : í: . 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