Nuevos horizontes del Derecho de daños: una visión cinematográfica. Materiales para la enseñanza del Derecho de Daños
Abstract
El documento recoge un método de innovación docente, conducente a una evaluación por competencias del alumno, portenciando la capacidad de análisis critico, la conexión de los conocimientos con la realidad y el cuestionamiento de la realidad establecida, permitiendo una extensión de los puntos del programa de la asignatura y profundización el algunos de ellos, mediante el visionado de contenido audiovidual seleccionado por la autora y el posterior debate guiado y moderado por el profesor.
Full text
Margarita Orozco González. Materiales docentes. 1 Nuevos horizontes del Derecho de daños: una visión cinematográfica Materiales para la enseñanza del Derecho de daños Margarita Orozco González Dra. en Ciencias Jurídicas, Universidad de Granada Dttssa. Ric. Diritto Privato italiano e comparato, Università degli Studi di Bari, Italia La visión del ciudadano medio, sin formación jurídica, del Derecho y, en concreto, del Derecho de Daños procede predominantemente del cine y las series de televisión basados, la mayoría, en el modelo anglosajón. Estos sistemas del common law, radicalmente distintos en muchos aspectos al sistema continental o de civil law, no sólo difiere en la propia estructuración del proceso sino, principalmente, en el sistema de fuentes y la preeminencia de la jurisprudencia. Sin embargo, como se ha tenido la oportunidad de esbozar en clase, hay elementos de dicho sistema que influencian cada día más a nuestro Derecho, como es el caso de los daños punitivos, y de los que encontramos un buen ejemplo en la cinematografía y series procedentes de la industria norteamericana. Existen numerosas películas que constituyen el repertorio básico del cine jurídico del siglo XX e inicios del XXI, que forman ya parte del recuerdo de varias generaciones, y en las cuales no sólo se ejemplifican los elementos propios del derecho de daños del common law (torts law) y las particularidades del procedimiento en ese sistema jurídico, sino que se muestra la esencia de los “punitive damages”. Metodología: La Profesora ha llevado a cabo una selección de alguna de estas referencias cinematográficas y/o series norteamericanas, de entre las que configuran los clásicos de
Margarita Orozco González. Materiales docentes. 2 este género. En función de la disponibilidad temporal, atendiendo a la planificación de la docencia y otros métodos de evaluación, se seleccionarán determinadas escenas centrales – las más conectadas con la temática del análisis y aplicación del derecho de daños – de una o varias de las películas, o una película completa, y se proyectará en clase. Los alumnos deberán visionar el contenido en silencio y actitud crítica y reflexiva, tomando notas si lo ven necesario. Una vez concluida la visualización en grupo de las escenas o la película, el profesor abrirá el turno a la reflexión y comunicación en grupo, poniendo en común de forma libre las ideas, opiniones, dudas y cuestionamientos que se hayan podido generar en los alumnos. Se potenciará la participación individual y en grupo, fomentando el debate y la argumentación del mismo. Este debate será conducido –o, en su caso, reconducido – por la Profesora. Con posterioridad, la ésta planteará unas cuestiones prediseñadas para estimular la reflexión del alumnado. Objetivos y Competencias: Generales: Capacidad de análisis y síntesis: buscar, seleccionar y sintetizar información para poder formular juicios que procedan de una reflexión personal sobre temas de la responsabilidad civil. Comunicación oral y escrita: Expresar y transmitir adecuadamente ideas completas, problemas y soluciones en el ámbito del Derecho de daños, tanto de forma escrita como oral. Razonamiento crítico: mostrar una actitud crítica ante la realidad y las ideas, y de apertura e interés por el trabajo intelectual en el ámbito del Derecho de daños y sus resultados Compromiso ético: Analizar críticamente la dimensión ética de las instituciones del Derecho de daños, de sus problemas y de sus soluciones jurídicas Sensibilidad hacia temas de la realidad social, regulados por el Derecho
Margarita Orozco González. Materiales docentes. 3 Específicas: Desarrollo de la oratoria jurídica: capacidad para expresarse apropiadamente ante un auditorio Conocimientos básicos de argumentación jurídica aplicados a este ámbito. Objetivos: Despertar en el alumno el interés por una realidad jurídica íntimamente vinculada con la materia propia de la asignatura, pero en la que no se profundiza en el temario. Fomentar una actitud crítica de los alumnos ante temas actuales vinculados con la asignatura. Fomentar la capacidad del alumno para asociar los conceptos teóricos con la realidad jurídica, mostrada a través de la cinematografía. Desarrollar las capacidades de emitir opiniones, argumentos y posturas fundamentadas, de forma oral y ante un público, de manera espontánea. Formar a los alumnos en la adopción de una postura reflexiva ante las informaciones y realidades que conoce por los medios de comunicación, redes sociales, televisión y cine, fomentando la creación de opiniones propias y el cuestionamiento de la realidad establecida. Desarrollar la capacidad de conectar los conocimientos teóricos con la realidad, relacionando los aspectos de ésta con las figuras jurídicas estudiadas, y aplicando correctamente la normativa y jurisprudencia trabajadas. Evaluación: Teniendo presente que se encuadra dentro del 30% de la nota final correspondiente a la evaluación continua, la actividad se evaluará conforme a las siguientes rúbricas:
Margarita Orozco González. Materiales docentes. 4 La actividad contará 1 punto de los 2’5 que corresponden a la evaluación continua (teniendo presente los 0’5 puntos con los que se valora la asistencia regular a las clases magistrales). Ese punto se evaluará conforme a las siguientes pautas: o Hasta 0’2 puntos, evaluación correspondiente a la participación activa del alumno o Hasta 0’3, la expresión de posiciones resultantes de la reflexión entorno a las realidades tratadas en el documento gráfico visionado. o Hasta 0’5, la manifestación de opiniones fundamentadas jurídicamente con corrección y conectadas con la materia ya estudiada. ANEXO I: Repertorio Cinematográfico Erin Brockovich, Año 2000, Director Steven Soderbergh. Acción civil (A civil action), Año 1998, Steven Zaillian Veredicto Final (The Verdict), Año 1982, Sydney Lumet Causa Justa (Rainmaker), Año 1997, Francis Ford Coppola ANEXO II: Cuestiones para la reflexión 1. ¿Cuáles son la principales diferencias detectadas entre el sistema de Derecho de daños del civil law y el de Torts del common law, según lo observado en las escenas/película? 2. ¿Cómo se razona y fundamenta en la película la pertinencia de la aplicación de los daños punitivos en el caso del resarcimiento civil de los daños? 3. ¿Sería posible la implantación de dicha figura en nuestro sistema? ¿Por qué? 4. ¿Sería necesaria o adecuada su inclusión en el sistema de responsabilidad civil español? ¿Por qué? 5. ¿Qué les ha llamado más la atención de la película proyectada (reflexión centrada en los aspectos jurídicos de la misma)?
Margarita Orozco González. Materiales docentes. 5 6. ¿Existen aspectos de naturaleza ética o moral que surjan o se despierten en el espectador a raíz del visionado?