ACG128/5: Modificación del título de Grado en Ciencias Políticas y de la Administración.
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Boletín Oficial de la Universidad de Granada nº 128. 13 de febrero de 2018 ACG128/5: Modificación del título de Grado en Ciencias Políticas y de la Administración Aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 31 de enero de 2018 Boletín Oficial de la Universidad de Granada nº 128. 13 de f ebrero de 2018
Impreso de SOLICITUD de modificaciones en el plan de estudios del Grado en Ciencias Políticas y de la Administración Este documento consta de cuatro apartados: 1. “Impreso de solicitud de modificaciones”: documento donde se relacionan los aspectos de la memoria sometidos a modificación (páginas 2 a 6) 2. “Borrador de la memoria de modificación del Título”: en el formato de Impreso de solicitud para verificación de Títulos Oficiales (páginas 7 a 186) 3. “Anexos”: correspondientes a los apartados 2.1, 4.1, 5.1, 6.1, 6.2, 7.1, 8.1 y 10.1 de la memoria (páginas 187 a 238)
1 Impreso de SOLICITUD de modificaciones en el plan de estudios del Grado en Ciencias Políticas y de la Administración Rellenar solo los apartados que tengan alguna modificación
2 0.-ASPECTOS DE LA MEMORIA QUE SE PRETENDEN MODIFICAR Y LA JUSTIFICACIÓN DE LOS MISMOS Realice una descripción general de la modificación/es que desea realizar (no debe superar los 2500 caracteres) La experiencia, la información recabada entre el estudiantado, el PAS y el profesorado, así como las sugerencias reflejadas en el último informe de la Agencia Andaluza del Conocimiento de 7 de agosto de 2015 hacen recomendable la introducción de algunos cambios en el Plan de Estudios del Grado en Ciencias Políticas y de la Administración. La modificación que se propone ha sido aprobada por Junta de Facultad celebrada el 22 de noviembre de 2017. Las modificaciones presentadas están orientadas a mejorar los indicadores de tasa de éxito, tasa de rendimiento y tasa de abandono. Asimismo, se espera que las mejoras previstas en el diseño de la titulación eleven el grado de satisfacción y el nivel de empleabilidad del alumnado. Las principales modificaciones propuestas son las siguientes: x Creación de tres menciones. x Reducción en algunas asignaturas del porcentaje de presencialidad de las actividades formativas, pasando del actual 40% al 30%. x Propuesta de impartición de asignaturas en lengua inglesa. x Consideración de las recomendaciones recogidas en el documento publicado en 2016 por la CRUE, la Fundación ONCE y el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad: Formación Curricular en Diseño para Todas las Personas en Ciencias Políticas. Además, se aprovecha la solicitud de modificación del plan de estudios para actualizar alguna información. Apartados de la memoria Breve descripción de la modificación, en su caso (no debe superar los 500 caracteres ) 1.- Descripción del título 1.1 Datos básicos. 1.2 Distribución de créditos. Menciones Menciones del Título El alumno de Ciencias Políticas y de la Administración que lo desee podrá optar a cualquiera de las siguientes opciones de Mención asociadas al Título: 9 Política comparada y estudios internacionales 9 Administración y Gestión Pública 9 Análisis Político: Teoría, comportamiento y Actores Políticos Mención en Política Comparada y Estudios Internacionales. El alumno que opte a esta mención tendrá que superar, de manera obligatoria, 30 créditos de optatividad de entre 5 de las siguientes 6 asignaturas: x Sistemas Políticos del Magreb (6 ECTS). x Sistemas Políticos y Dinámicas regionales en Oriente Próximo (6 ECTS). x Política Exterior de España (6 ECTS). x Organizaciones Internacionales (6 ECTS). x Políticas de Seguridad y Defensa (6 ECTS). x Economía Internacional y de la Unión Europea (6 ECTS). Mención en Administración y Gestión Pública. El alumno que opte a esta mención tendrá que superar, de manera obligatoria, los 30 créditos de optatividad vinculados a las siguientes 5 asignaturas: x Gobierno y Gestión Local (6 ECTS). x Gobernanza y Relaciones Intergubernamentales (6 ECTS). x Política, Gobierno y Administración en Andalucía (6 ECTS). x Relaciones Sindicales y Marco Legal del Personal de las Administraciones Públicas (6 ECTS). x Prácticas (6 ECTS).
3 Mención en Análisis Político: Teoría, Comportamiento y Actores Políticos. El alumno que desee optar a esta mención tendrá que superar, de manera obligatoria, los 30 créditos de optatividad vinculados a las siguientes 5 asignaturas: x Ideologías Políticas Contemporáneas (6 ECTS). x Pensamiento Político Español (6 ECTS). x Teoría de la Democracia: Género e Interculturalidad (6 ECTS). x Análisis y Sistemas electorales (6 ECTS). Diseño y Análisis de Campañas Electorales (6 ECTS). 1.3 Universidades y Centros 1.3.1 Datos del centro de impartición Tipo de enseñanza de qué se trata (presencial, semipresencial, a distancia, etc.) Número de plazas de nuevo ingreso ofertadas (estimación para los primeros 4 años) Número mínimo de créditos europeos de matrícula por estudiante y periodo lectivo y, en su caso, normas de permanencia 2. Justificación 2.1 Justificación del título propuesto argumentando el interés académico, científico o profesional del mismo Tomando en consideración la recomendación contenida en el informe de la Agencia Andaluza del Conocimiento sobre la propuesta de modificación del título, de fecha 07/08/2015, se elimina el apartado 2.6 “Competencias”. Para distinguir los cambios, el texto que se elimina aparece tachado en rojo y el que se añade en azul subrayado resaltado en amarillo. 3.- Competencias 3.1 Competencias básicas y generales 3.2 Competencias específicas 3.3 Competencias transversales 4.- Acceso y admisión de estudiantes 4.1 Información previa a la matriculación y procedimientos de acogida y orientación de los estudiantes de nuevo ingreso Se ha actualizado la información referida al Alumnado con Necesidades Educativas Especiales. Se incluye el perfil recomendado de los estudiantes. Para distinguir los cambios, el texto que se elimina aparece tachado en rojo y el que se añade en azul subrayado resaltado en amarillo. 4.2 Condiciones o pruebas de acceso especiales Se actualiza la información sobre acceso y admisión. Para distinguir los cambios, el texto que se elimina aparece y el que se añade subrayado. 4.3 Apoyo y orientación a los estudiantes matriculados Se incluye la normativa para la atención al estudiantado con discapacidad y otras necesidades específicas de apoyo educativo. Para distinguir los cambios, el texto que se elimina aparece y el que se añade subrayado. 4.4 Transferencia y reconocimiento de créditos Se actualiza la normativa general de la Universidad de Granada. Se incorpora la Normativa para la creación, modificación, suspensión temporal o definitiva y gestión de títulos de Grado de la Universidad de Granada. Se incorpora la normativa de reconocimiento de créditos aprobada en Junta de Centro
4 de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de 20 de diciembre de 2016. Para distinguir los cambios, el texto que se elimina aparece y el que se añade subrayado. 5. Planificación de las enseñanzas 5.1 - Descripción del plan de estudios (procedimientos para organización de la movilidad de los estudiantes propios y de acogida) En el apartado dedicado a los mecanismos de coordinación del título se ha incorporado la normativa de régimen interno que enumera las funciones de la coordinación de Grado. En el apartado dedicado a la Planificación y gestión de la movilidad de estudiantes propios y de acogida, se actualiza toda la información referida al programa ERASMUS y al programa SICUE. Se propone la continuidad de la impartición en lengua inglesa de las siguientes asignaturas (desde el curso 2015/16): x International Organizations (Organizaciones Internacionales). x Political Systems in the Maghreb (Sistemas Políticos del Magreb). x Theory of Democracy: Gender and Interculturality (Teoría de la Democracia: Género e Interculturalidad). x Design and Analysis of Electoral Campaigns (Diseño y Análisis de Campañas Electorales). Además, se propone como novedad la impartición en lengua inglesa de la siguiente asignatura: x International Relations (Relaciones Internacionales). En todas las asignaturas en que se propone la docencia en inglés hay dos grupos. Se asegura así que el alumno pueda hacer el seguimiento de la asignatura en castellano. Para distinguir los cambios, el texto que se elimina aparece tachado en rojo y el que se añade en azul subrayado resaltado en amarillo. 5.2 Actividades formativas Con objeto de propiciar dinámicas de enseñanza-aprendizaje más personalizadas, colaborativas y participativas, se propone la reducción del coeficiente de presencialidad del 40% al 30% para las siguientes asignaturas: Asignatura Tipo Relaciones Internacionales / International Relations Obligatoria Organizaciones Internacionales / International Organizations Optativa Política Exterior de España Optativa Economía Política Básica Economía del Sector Público Obligatoria Economía Internacional y de la UE Optativa Técnicas de Expresión Oral y Escrita para la Elaboración del Discurso Político Optativa Análisis de Datos Sociopolíticos Obligatoria Técnicas de Producción de Datos Socio-Políticos Básica Sociología General Básica 5.3 Metodologías docentes 5.4 Sistemas de evaluación 5.5 Módulos (Nivel 1) o materias (Nivel 2) En atención a las recomendaciones recogidas en el documento Formación Curricular en Diseño para Todas las Personas en Ciencias Políticas, se propone la introducción de algunos objetivos de aprendizaje en las siguientes asignaturas: Fundamentos de Ciencia Política: Actores y procesos, Administraciones Públicas en España, Sistema Político Español, Evaluación de Políticas Públicas, Gestión Pública, Planificación Estratégica y Calidad en las AA. PP, Corrientes Actuales de Teoría Política, Política Comparada y Prácticas.
5 Se elimina la ficha de la materia 5 Proceso Político Español, del Módulo ACTORES, COMPORTAMIENTOS Y PROCESOS POLÍTICOS, al estar duplicada por error en la materia 8 Proceso Político Español en el mismo módulo. Se reflejan las diferentes modificaciones descritas en el apartado 5.1 y 5.2 6. Personal académico 6.1 Profesorado Descripción del profesorado implicado en la docencia de asignaturas en lengua inglesa. Actualización con la inclusión del Protocolo “anti acoso” de la Universidad de Granada. Para distinguir los cambios, el texto que se elimina aparece tachado en rojo y el que se añade en azul subrayado resaltado en amarillo. 6.2 Otros recursos humanos 7.- Recursos materiales y Servicios 7.1 Medios materiales y servicios disponibles Se ha actualizado la información referida a medios materiales y servicios disponibles. Se informa de la creación de un Laboratorio de Estudios Cualitativos y de una nueva zona habilitada para el estudio y el trabajo en grupo. Para distinguir los cambios, el texto que se elimina aparece tachado en rojo y el que se añade en azul subrayado resaltado en amarillo. 8.- Resultados del aprendizaje 8.1 Estimación de los valores cuantitativos para los indicadores y su justificación 8.2 Procedimiento general de la universidad para valorar el progreso y los resultados de aprendizaje de los estudiantes Se actualiza la información. Para distinguir los cambios, el texto que se elimina aparece y el que se añade subrayado. 9.- Sistema de Garantía de la Calidad 9.1 sistema de garantía de calidad del plan de estudios 10.- Calendario de implantación 10.1 Cronograma de implantación Los cambios propuestos tendrán validez a partir del curso 2018-19. Para distinguir los cambios, el texto que se elimina aparece tachado en rojo y el que se añade en azul subrayado resaltado en amarillo. 10.2 Procedimiento de adaptación, en su caso, de los estudiantes de los estudios existentes al nuevo plan de estudios. 10.3 Enseñanzas que se extinguen PENDIENTE DE INCORPORAR A LA MEMORIA: 1. Revisión de algunas normativas, reglamentos, boletines… que afectan al título. 2. Este documento es un resumen de las modificaciones. El vicerrectorado de Docencia, en coordinación con la Dirección del Centro, trasladará la información a la aplicación informática de tramitación de títulos, subsanando de común acuerdo los detalles técnicos que puedan surgir al cumplimentar la aplicación.
Identificador : 2501820 BORRADOR 1 / 180 IMPRESO SOLICITUD PARA MODIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES 1. DATOS DE LA UNIVERSIDAD, CENTRO Y TÍTULO QUE PRESENTA LA SOLICITUD De conformidad con el Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales UNIVERSIDAD SOLICITANTE CENTRO CÓDIGO CENTRO Universidad de Granada Facultad de Ciencias Políticas y Sociología 18011104 NIVEL DENOMINACIÓN CORTA Grado Ciencias Políticas y de la Administración DENOMINACIÓN ESPECÍFICA Graduado o Graduada en Ciencias Políticas y de la Administración por la Universidad de Granada RAMA DE CONOCIMIENTO CONJUNTO Ciencias Sociales y Jurídicas No HABILITA PARA EL EJERCICIO DE PROFESIONES REGULADAS NORMA HABILITACIÓN No SOLICITANTE NOMBRE Y APELLIDOS CARGO MARÍA LÓPEZ-JURADO ROMERO DE LA CRUZ VICERRECTORA DE DOCENCIA Tipo Documento Número Documento NIF 24292452J REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE Y APELLIDOS CARGO PILAR ARANDA RAMIREZ RECTORA DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA Tipo Documento Número Documento NIF 24147556V RESPONSABLE DEL TÍTULO NOMBRE Y APELLIDOS CARGO ANTONIO TRINIDAD REQUENA DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA Tipo Documento Número Documento NIF 27255310B 2. DIRECCIÓN A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN A los efectos de la práctica de la NOTIFICACIÓN de todos los procedimientos relativos a la presente solicitud, las comunicaciones se dirigirán a la dirección que figure en el presente apartado. DOMICILIO CÓDIGO POSTAL MUNICIPIO TELÉFONO AVDA. DEL HOSPICIO S/N HOSPITAL REAL 18071 Granada 637725092 E-MAIL PROVINCIA FAX [email protected] Granada 958243071
Identificador : 2501820 BORRADOR 2 / 180 3. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES De acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos solicitados en este impreso son necesarios para la tramitación de la solicitud y podrán ser objeto de tratamiento automatizado. La responsabilidad del fichero automatizado corresponde al Consejo de Universidades. Los solicitantes, como cedentes de los datos podrán ejercer ante el Consejo de Universidades los derechos de información, acceso, rectificación y cancelación a los que se refiere el Título III de la citada Ley 5-1999, sin perjuicio de lo dispuesto en otra normativa que ampare los derechos como cedentes de los datos de carácter personal. El solicitante declara conocer los términos de la convocatoria y se compromete a cumplir los requisitos de la misma, consintiendo expresamente la notificación por medios telemáticos a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59 de la 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su versión dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. En: Granada, a ___ de _____________ de ____ Firma: Representante legal de la Universidad
Identificador : 2501820 BORRADOR 9 / 180 enseñanzas concretas, ofertadas por una Universidad, a cuyo efecto el interesado dirigirá la correspondiente solicitud a la Universidad de su elección. 3. A efectos de lo dispuesto en este artículo, las Universidades incluirán en la memoria del plan de estudios verificado, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, los criterios de acreditación y ámbito de la experiencia laboral o profesional en relación con cada una de las enseñanzas, de forma que permitan ordenar a los solicitantes. Entre dichos criterios se incluirá, en todo caso, la realización de una entrevista personal con el candidato, que podrá repetir en ocasiones sucesivas. Sección 3.ª Personas mayores de 45 años Artículo 17. Acceso para mayores de 45 años. 1. Las personas mayores de 45 años de edad que no posean ninguna titulación académica habilitante para acceder a la universidad por otras vías, podrán acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado mediante la superación de una prueba de acceso adaptada, si cumplen o han cumplido la citada edad en el año natural en que se celebre dicha prueba. 2. La prueba tendrá como objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los candidatos para seguir con éxito estudios universitarios, así como su capacidad de razonamiento y de expresión escrita. Comprenderá dos ejercicios referidos a los siguientes ámbitos: a) Comentario de texto o desarrollo de un tema general de actualidad. b) Lengua castellana. En el caso de que la prueba se celebre en Universidades del ámbito de gestión de Comunidades Autónomas con otra lengua cooficial, podrá establecerse por la Comunidad Autónoma competente la obligatoriedad de un tercer ejercicio referido a la lengua cooficial. 3. La organización de las pruebas de acceso para personas mayores de 45 años corresponderá a las Universidades que oferten las enseñanzas solicitadas por el interesado, en el marco establecido por las Administraciones educativas. 4. Los candidatos deberán realizar una entrevista personal. Del resultado de la entrevista deberá elevarse una resolución de apto como condición necesaria para la posterior resolución favorable de acceso del interesado. 5. El establecimiento de las líneas generales de la metodología, desarrollo y contenidos de los ejercicios que integran la prueba, así como el establecimiento de los criterios y fórmulas de valoración de éstas, se realizará por cada Administración educativa, previo informe de las Universidades del ámbito territorial de dicha Administración educativa. 6. Para la realización de los ejercicios, los candidatos podrán utilizar, a su elección, cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma en la que se halle el centro en que se examinan. No obstante, los ejercicios correspondientes a lengua castellana y lengua cooficial de la Comunidad Autónoma deberán desarrollarse en las respectivas lenguas. 7. Tras la publicación de las calificaciones, y de conformidad con los plazos y procedimientos que determine cada Comunidad Autónoma, los candidatos podrán presentar reclamación mediante escrito razonado dirigido a la Universidad correspondiente. Artículo 18. Convocatoria de la prueba de acceso para mayores de 45 años. 1. Las Universidades realizarán anualmente una convocatoria de prueba de acceso a la que se refiere el artículo 17 del presente real decreto. 2. Los candidatos podrán realizar la prueba de acceso para mayores de 45 años en cada convocatoria en las Universidades de su elección, siempre que existan en éstas los estudios que deseen cursar; la superación de la prueba de acceso les permitirá ser admitidos únicamente a las Universidades en las que hayan realizado la prueba. 3. Una vez superada la prueba de acceso, los candidatos podrán presentarse de nuevo en sucesivas convocatorias en la misma Universidad, con la finalidad de mejorar su calificación. Se tomará en consideración la calificación obtenida en la nueva convocatoria, siempre que ésta sea superior a la anterior. Artículo 19. Calificación de la prueba de acceso para mayores de 45 años. 1. La calificación de la prueba de acceso para personas mayores de 45 años, y de cada uno de sus ejercicios, se realizará por cada Universidad, de conformidad con los criterios y fórmulas de valoración establecidos por la Administración educativa. La calificación final vendrá determinada por la media aritmética de las calificaciones obtenidas en los ejercicios, calificada de 0 a 10 y expresada con dos cifras decimales, redondeada a la centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior. 2. Se entenderá que el candidato ha superado la prueba de acceso cuando obtenga una calificación de apto en la entrevista personal, y un mínimo de cinco puntos en la calificación final, no pudiéndose en ningún caso promediar cuando no se obtenga una puntuación mínima de cuatro puntos en cada ejercicio. Artículo 20. Comisión organizadora de la prueba de acceso para mayores de 45 años. 1. Las Administraciones educativas, junto con las Universidades públicas de su ámbito de gestión, podrán constituir una comisión organizadora de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 45 años, a la que, entre otras, se atribuirán las siguientes tareas: a) Coordinación de la prueba de acceso. b) Adopción de medidas para garantizar el secreto del procedimiento de elaboración y selección de los exámenes, así como el anonimato de los ejercicios realizados por los aspirantes. c) Adopción de las medidas necesarias para garantizar lo establecido en el artículo 17.6 del presente real decreto. d) Designación y constitución de tribunales atendiendo al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres. f) Resolución de reclamaciones. 2. En el supuesto de que una Administración educativa decida no hacer uso de la posibilidad prevista en este artículo, la prueba de acceso deberá realizarse en todo caso en una Universidad pública. Sección 4.ª Personas con discapacidad Artículo 21. Personas que presentan algún tipo de discapacidad. 1. Las comisiones organizadoras de las pruebas de acceso determinarán las medidas oportunas que garanticen que los estudiantes que presenten algún tipo de discapacidad puedan realizar la prueba en las debidas condiciones de igualdad. En la convocatoria se indicará expresamente esta posibilidad. 2. Estas medidas podrán consistir en la adaptación de los tiempos, la elaboración de modelos especiales de examen y la puesta a disposición del estudiante de los medios materiales y humanos, de las asistencias y apoyos y de las ayudas técnicas que precise para la realización de la prueba de acceso, así como en la garantía de accesibilidad de la información y la comunicación de los procesos y la del recinto o espacio físico donde ésta se desarrolle. 3. Los tribunales calificadores podrán requerir informes y colaboración de los órganos técnicos competentes de las Administraciones educativas, así como de los centros donde hayan cursado estudios los estudiantes con discapacidad, que deberán informar de las adaptaciones curriculares realizadas. CAPÍTULO V Criterios específicos para la adjudicación de plazas por las Universidades públicas Artículo 22. Establecimiento por las Universidades públicas del orden de prelación. Las Universidades establecerán el orden de prelación en la adjudicación de plazas que vayan a aplicar, que en cualquier caso deberán respetar los porcentajes de reserva de plazas recogidos en este capítulo. Asimismo, podrán establecer cupos de reserva de plazas y diferentes reglas de prelación en función de las diferentes formas de acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado. Artículo 23. Porcentajes de reserva de plazas. 1. Del total de plazas que para cada título y centro oferten las Universidades públicas deberán, como mínimo, reservarse los porcentajes a que se refieren los artículos 24 a 28, ambos inclusive. 2. Las plazas objeto de reserva que queden sin cubrir de acuerdo con lo dispuesto en los artículos siguientes serán destinadas al cupo general y ofertadas por las Universidades de acuerdo con lo indicado en el artículo 22 en cada una de las convocatorias de admisión, excepto lo dispuesto para los deportistas de alto nivel en el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento. 3. Los estudiantes que reúnan los requisitos para solicitar la admisión por más de un porcentaje de reserva de plazas podrán hacer uso de dicha posibilidad. 4. La ordenación y adjudicación de las plazas dentro de cada cupo se realizará atendiendo a los criterios de valoración establecidos a tal efecto. Artículo 24. Plazas reservadas para mayores de 25 años. Para los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años de edad, se reservará un número de plazas no inferior al 2 por 100. Artículo 25. Plazas reservadas para mayores de 45 años y para mayores de 40 años que acrediten experiencia laboral o profesional. Para las personas que accedan a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado tras la superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 45 años o la acreditación de una experiencia laboral o profesional a la que se refiere el artículo 16, las Universidades reservarán en su conjunto un número de plazas no inferior al 1 por 100 ni superior al 3 por 100. Artículo 26. Plazas reservadas a estudiantes con discapacidad. Se reservará al menos un 5 por 100 de las plazas ofertadas para estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, así como para aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que durante su escolarización anterior hayan precisado de recursos y apoyos para su plena normalización educativa. A tal efecto, los estudiantes con discapacidad deberán presentar certificado de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad expedido por el órgano competente de cada Comunidad Autónoma. Artículo 27. Plazas reservadas a deportistas de alto nivel y de alto rendimiento. La reserva de plazas para deportistas de alto nivel y de alto rendimiento se regirá por lo dispuesto en el artículo 9.1 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento. Se reservará un porcentaje mínimo del 3 por 100 de las plazas ofertadas por las Universidades para quienes acrediten su condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento y reúnan los requisitos académicos correspondientes. Los centros que impartan los estudios y enseñanzas a los que hace referencia el párrafo cuarto del apartado 1 del artículo 9 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, reservarán un cupo adicional equivalente como mínimo al 5 por 100 de las plazas ofertadas para estos deportistas, pudiendo incrementarse dicho cupo. Los cupos de reserva de plazas habrán de mantenerse en las diferentes convocatorias que se realicen a lo largo del año. Artículo 28. Plazas reservadas a estudiantes con titulación universitaria o equivalente. Para los estudiantes que ya estén en posesión de una titulación universitaria oficial o equivalente, se reservará un número de plazas no inferior al 1 por 100 ni superior al 3 por 100. Artículo 29. Cambio de universidad y/o estudios universitarios oficiales españoles. 1. Las solicitudes de plazas de estudiantes con estudios universitarios oficiales españoles parciales que deseen ser admitidos en otra Universidad y/o estudios universitarios oficiales españoles y se les reconozca un mínimo de 30 créditos ECTS de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, serán resueltas por el Rector de la Universidad, de acuerdo con los criterios, que a estos efectos, determine el Consejo de Gobierno de cada universidad. 2. Las solicitudes de plazas de estudiantes con estudios universitarios oficiales españoles parciales que deseen ser admitidos en otra Universidad y/o estudios universitarios oficiales españoles y no se les reconozca un mínimo de 30 créditos ECTS de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 1393/2007, deberán incorporarse al proceso general de admisión. 3. La adjudicación de plaza en otra Universidad dará lugar al traslado del expediente académico correspondiente, el cual deberá ser tramitado por la universidad de procedencia, una vez que el interesado acredite haber sido admitido en otra universidad. 4. Para los deportistas de alto nivel y alto rendimiento que se vean obligados a cambiar de residencia por motivos deportivos, se tomarán las medidas necesarias para que puedan continuar su formación en su nuevo lugar de residencia, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 10 del artículo 9 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento. Artículo 30. Admisión de estudiantes con estudios universitarios extranjeros. 1. Las solicitudes de plaza de estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales o totales que no hayan obtenido la homologación o equivalencia de sus títulos, diplomas o estudios en España se resolverán por el Rector de la Universidad, de acuerdo con las siguientes reglas: a) Las solicitudes de plaza de estudiantes con estudios universitarios extranjeros a los que se reconozca un mínimo de 30 créditos ECTS serán resueltas por el Rector de la Universidad, que actuará de acuerdo con los criterios que establezca el Consejo de Gobierno que, en todo caso, tendrán en cuenta el expediente universitario. b) Las asignaturas reconocidas tendrán la equivalencia en puntos correspondiente a la calificación obtenida en el centro de procedencia, de conformidad con las equivalencias que se establezcan por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte entre las calificaciones de dichos sistemas extranjeros y las propias del Sistema Educativo Español; el reconocimiento de créditos ECTS en que no exista calificación no se tendrá en cuenta a los efectos de ponderación. Los estudiantes que no obtengan reconocimiento de al menos 30 créditos ECTS podrán acceder a la universidad española según lo establecido en el este real decreto. 2. Las solicitudes de plazas de estudiantes con estudios universitarios extranjeros totales que hayan obtenido la homologación o equivalencia de sus títulos, diplomas o estudios en España se resolverán en las mismas condiciones que las establecidas para quienes cumplen el requisito contemplado en el artículo 3.1.j) y k). La nota media del expediente académico de los interesados se obtendrá de acuerdo con las equivalencias que se establezcan por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte entre las calificaciones de dichos sistemas extranjeros y las propias del Sistema Educativo Español. Disposición adicional primera. Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). En el caso de la UNED, corresponde al Gobierno el ejercicio de las competencias atribuidas a las Administraciones educativas en este real decreto. Disposición adicional segunda. Admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado que se impartan en el sistema de centros universitarios de la defensa. La admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado que se impartan en el sistema de centros universitarios de la defensa, previstos por la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, exigirá, además de los requisitos generales previstos por dicha Ley para el ingreso en el correspondiente centro docente militar de formación, el cumplimiento de los requisitos de acceso y admisión establecidos en el presente real decreto, con las siguientes particularidades: 1. Los resultados de las evaluaciones específicas que se realicen en el seno de los procedimientos de admisión a los centros docentes militares de formación para el acceso a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales de los Ejércitos y al Cuerpo de Infantería de Marina y a la escala superior de oficiales de la Guardia Civil tendrán validez para la admisión en cualquiera de los tres Centros Universitarios de la Defensa. 2. No se aplicará al total de plazas ofertadas para las centros universitarios de la defensa los cupos de reserva a los que se refieren los artículos 24 al 28, ambos inclusive, del presente real decreto. Disposición adicional tercera. Estudiantes en posesión de títulos, estudios y diplomas obtenidos con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa. 1. Aquellos estudiantes que hubieran superado la prueba de acceso a la universidad establecida en el artículo 38 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con anterioridad a su modificación por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, mantendrán la calificación obtenida en la misma en los siguientes términos: a) La calificación obtenida en la fase general de la prueba de acceso a la universidad tendrá validez indefinida como requisito de acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado. b) La calificación de las materias de la fase específica tendrá validez como requisito de acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado durante los dos cursos académicos siguientes a la superación de las mismas. Asimismo, y con la finalidad de mejorar la calificación obtenida en esta prueba de acceso, estos estudiantes podrán presentarse a los procedimientos de admisión fijados por las Universidades, de acuerdo con las disposiciones de este real decreto. 2. Aquellos estudiantes que hubieran superado pruebas de acceso a la universidad española previas a la establecida en el artículo 38 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con anterioridad a su modificación por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, mantendrán la calificación obtenida con carácter indefinido, si bien podrán presentarse a los procedimientos de admisión fijados por las Universidades, de acuerdo con las disposiciones de este real decreto, con la finalidad de mejorar la calificación obtenida en esta prueba de acceso. 3. Quienes no hubieran superado ninguna prueba de acceso a la universidad y hubieran obtenido el título de Bachiller con anterioridad a la implantación de la evaluación final de Bachillerato establecida en el artículo 37 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, podrán acceder directamente a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, si bien deberán superar los procedimientos de admisión que fijen las Universidades. 4. Los estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros que hayan superado la prueba de acceso a la universidad establecida en la Orden EDU/473/2010, de 26 de febrero, por la que se establece el procedimiento de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado para los estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros con estudios homologables al título de Bachiller español, mantendrán la calificación obtenida en la misma en los siguientes términos: a) La calificación obtenida en la fase general tendrá validez indefinida como requisito de acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado. b) La calificación de las materias de la fase específica tendrá validez como requisito de acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado durante los dos cursos académicos siguientes a la superación de las mismas. Los estudiantes podrán presentarse a los procedimientos de admisión fijados por las Universidades para mejorar su calificación. Disposición adicional cuarta. Calendario de implantación. Los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado regulados en el presente real decreto se aplicarán a partir de los siguientes cursos académicos: a) A partir del curso académico 2017-2018, a los estudiantes que hayan obtenido el título de Bachiller del Sistema Educativo Español de acuerdo con la redacción del artículo 37 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, introducida por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre. b) A partir del curso académico 2014-2015, al resto de estudiantes. Disposición transitoria única. Cursos académicos 2014-2015 a 2016-2017. 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional cuarta, para la admisión a los estudios universitarios oficiales de Grado en las Universidades españolas en los cursos académicos 2014-2015, 2015-2016 y 2016-2017 las Universida-
Identificador : 2501820 BORRADOR 10 / 180 des podrán utilizar como criterio de valoración en los procedimientos de admisión la superación de las materias de la prueba de acceso a la universidad y la calificación obtenida en las mismas. Para la realización de la prueba de acceso a la universidad se tendrán en cuenta las disposiciones de los capítulos II, III y IV del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las Universidades públicas españolas, sobre prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado para quienes se encuentren en posesión del título de Bachiller o equivalente, salvo por lo que respecta a los temarios sobre los que versarán los ejercicios de la prueba específica para la admisión de los estudiantes que estén en posesión de un título de Técnico Superior de la Formación Profesional o de las enseñanzas artísticas, o de Técnico Deportivo Superior, cuyo contenido será el establecido para el currículo de las materias de modalidad de segundo de Bachillerato de acuerdo con la distribución realizada por las Administraciones educativas, según la adscripción a las ramas del conocimiento recogida en el anexo I del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre. 2. El plazo establecido en el artículo 7.2 para que la Conferencia General de Política Universitaria haga público el número máximo de plazas que para cada titulación y centro ofrecen cada una de las Universidades públicas para el curso académico 2014-2015 finalizará el 30 de junio de 2014. 3. El plazo establecido en el artículo 7.4 para que las Universidades públicas hagan públicos los procedimientos que vayan a aplicar para la admisión a las distintas enseñanzas universitarias oficiales de Grado y las fechas de realización de los mismos, así como los criterios de valoración, y las reglas para establecer el orden de prelación en la adjudicación de plazas que vayan a aplicar el curso académico 2014-2015, finalizará el 30 de junio de 2014. 4. La regulación de las pruebas para personas mayores de 25 años y de 45 años contenida en los artículos 11 a 15 y 17 a 20 de este real decreto comenzará a aplicarse en el acceso al curso académico 2015-2016; para el acceso al curso académico 2014-2015 se aplicará la regulación contenida en el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre. 5. Para la admisión a los estudios universitarios oficiales de Grado en las Universidades españolas en los cursos académicos 2014-2015, 2015-2016 y 2016-2017 las Universidades podrán utilizar como criterio de valoración en los procedimientos de admisión la credencial para el acceso a la universidad española expedida por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), de acuerdo con los requisitos establecidos en la Orden EDU/1161/2010, de 4 de mayo, por la que se establece el procedimiento para el acceso a la Universidad española por parte de los estudiantes procedentes de sistemas educativos a los que es de aplicación el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para los estudiantes indicados en el artículo 9.1.b) de este real decreto. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Queda derogado el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias de grado y los procedimientos de admisión a las Universidades públicas españolas, sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional cuarta de este real decreto. Disposición final primera. Título competencial y carácter básico. Este real decreto tiene el carácter de norma básica y se dicta al amparo del artículo 149.1.30.ª de la Constitución, que atribuye al Estado las competencias para laregulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia. Disposición final segunda. Desarrollo y ejecución. 1. Corresponde a la persona titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto. 2. De la aplicación de las previsiones contenidas en este real decreto no se derivará incremento de las dotaciones presupuestarias públicas, de los costes de personal, de las dotaciones de efectivos ni de sus retribuciones. Disposición final tercera. Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4.3 APOYO A ESTUDIANTES 4.3 Sistemas de apoyo y orientación de los estudiantes una vez matriculados Sistemas de apoyo y orientación comunes a la UGR La Universidad de Granada organiza cada año unas Jornadas de Recepción en la que se realizan actividades específicamente dirigidas al alumnado de nuevo ingreso que le permiten tomar contacto con la amplia realidad que representa la Universidad. La finalidad es que conozca no sólo su Facultad sino también las restantes, y se conecte con el tejido empresarial y cultural de la ciudad, así como con las instituciones y ámbitos que puedan dar respuesta a sus inquietudes académicas y personales. Sistemas de apoyo y orientación propios del Centro o Titulación La UGR y la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología disponen de un amplio sistema de apoyo y orientación a los estudiantes una vez matriculados. Los órganos encargados de ello, en el marco de sus respectivas competencias, son: · UGR: - Vicerrectorado de Estudiantes. - Gabinete Psicopedagógico. - Servicio de Becas. - Servicio de Alojamiento. - Defensor Universitario. - Servicio de Asistencia Estudiantil. · Decanato de la Facultad de Ciencias políticas y Sociología: - Vicedecanato de Estudios de Grado, Postgrado y Prácticas. - Vicedecanato de Ordenación Académica y Calidad. - Vicedecanato de Participación, Extensión Universitaria y Estudiantes. - Vicedecanato de Relaciones Internacionales y Programas de Cooperación. Por lo que se refiere a la información suministrada por la propia Facultad de Ciencias Políticas y Sociología, el Centro dispone de un Vicedecanato de Participación, Extensión Universitaria y Estudiantes que se encarga de orientar a los alumnos/as que comienzan sus estudios. Como una de las medidas, se organizan unas jornadas de recepción de estudiantes al comienzo de curso académico. Las Jornadas constituyen un instrumento fundamental para la acogida de los nuevos estudiantes, ya que se les ofrece toda la información sobre la titulación en Sociología y sobre el Centro de forma directa por los responsables académicos, los respectivos Vicedecanos, los representantes de los sectores de Administración y Servicios, y de las Asociaciones de Estudiantes. Por ser un modelo de información y acogida basado en unas jornadas, la interacción directa permite aclarar dudas, sugerencias y fomentar la participación de los estudiantes para la mejora continuada de los servicios que se prestan. La Oficina de Relaciones Internacionales orienta a los estudiantes extranjeros en sus primeros pasos por la Facultad así como a lo largo de su estancia académica. En la página web de la Facultad se encuentra la información relativa a las tres titulaciones que se imparten en el Centro, el plan de ordenación académica, los programas y guías docentes de las asignaturas, horarios, calendario de exámenes, programa de movilidad y prácticas, homologación de títulos extranjeros, etc. (http://www.ugr.es/ugr/index.php?page=centros/ fichas/facultad_ciencias_politicas_sociologia). Esto permite al alumnado conocer de antemano toda la información sobre el Titulo antes de su matriculación. Asimismo, los sobres de matriculación contienen la información básica sobre los planes de estudio. Por último, hay que destacar la Guía del Alumno/a editada al comienzo de cada curso académico, donde se presenta la información relativa a: direcciones de interés, órganos de gobierno del Centro, Departamentos y Profesorado, ordenación docente, movilidad estudiantil, prácticas y Títulos que se imparten en la Facultad. Sistema de apoyo y orientación a los estudiantes con discapacidad. La Universidad de Granada dispone de un programa de intervención social hacia estudiantes con discapacidades. Fundamentalmente, el programa consiste básicamente en proporcionar apoyo humano y técnico a los estudiantes con dificultades auditivas, visuales o físicas, para facilitarles una mayor inserción y participación dentro de todo el ámbito universitario a la vez que se les proporciona una facilitación y/o adaptación en los estudios, que le permitan conseguir un mejor rendimiento académico y, posteriormente, su inserción en el ámbito laboral. Para ello la Universidad dispone de una serie de servicios a los que podrán acceder de acuerdo a las necesidades específicas de cada caso y tipo de discapacidad presentada. Por una parte, hay que distinguir entre las prestaciones económicas, ayudas reglamentarias, medidas legislativas o uso de servicios, a los que puede acceder cualquier estudiante que se halle en posesión del Certificado expedido por los Centros Bases de minusválidos con al menos un 33% de minusvalía. Estas prestaciones o ayudas son las siguientes: · Adaptación de las pruebas de acceso a la Universidad. · Reserva del 3% de las plazas, tanto en Facultades como E.U. · Exención del pago de la matrícula en primera convocatoria. · Poder hacer uso del SADDIS (Servicio de apoyo documental para discapacitados). Por otra parte, las solicitudes son diferentes según el tipo y grado de discapacidad presentada. En base a ello, cada alumno podrá solicitar las ayudas técnicas o humanas necesarias. · Transporte adaptado · Intérprete de lenguaje de signos · Becario colaborador · Préstamo de «Selectores de ondas» · Beca de transporte Estos servicios o prestaciones, son a veces gestionados también en colaboración con los diferentes organismos y asociaciones de minusválidos colaboradores: Federación Provincial de Asociaciones de Sordos, Organización Nacional de Ciegos (ONCE) o Federación Provincial de Asociaciones de Minusválidos Físicos. En el marco de este programa, la Facultad participa en el apoyo y orientación a los estudiantes con necesidades especiales mediante la figura de Profesor Tutor, de hecho, en la actualidad, hay designados cuatro profesores tutores. Sistemas de información, acogida y orientación a estudiantes con necesidades educativas especiales La Universidad de Granada cuenta con una Delegación del Rector para la Atención a Personas con Necesidades Especiales ( http://rectorado.ugr.es/pages/delegados/apne ), Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Igualdad e Inclusión http://viceresponsabilidad.ugr.es/pages/inclusion que pretende cumplir los compromisos de la UGR con las personas y colectivos con algún grado de déficit, dependencia o discapacidad en cualquiera de los ámbitos de su actuación como universidad pública. Igualmente tiene como función proveer los medios y recursos necesarios para proteger la igualdad de derechos y oportunidades, favorecer la concienciación, sensibilización, solidaridad e integración sociales y propiciar el incremento del bienestar y calidad de vida de estas personas y colectivos con necesidades especiales. Posteriormente, se ha desarrollado esta actividad en la normativa para la atención al estudiantado con discapacidad y otras necesidades específicas de apoyo educativo, publicada en el Boletín Oficial de la UGR de 10 de octubre de 2016. 4.4 SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Reconocimiento de Créditos Cursados en Enseñanzas Superiores Oficiales no Universitarias MÍNIMO MÁXIMO 0 60 Reconocimiento de Créditos Cursados en Títulos Propios MÍNIMO MÁXIMO 0 36 Adjuntar Título Propio Ver Apartado 4: Anexo 2. Reconocimiento de Créditos Cursados por Acreditación de Experiencia Laboral y Profesional MÍNIMO MÁXIMO 0 36 4.4 Transferencia y reconocimiento de créditos: sistema propuesto por la Universidad
Identificador : 2501820 BORRADOR 11 / 180 La Universidad de Granada dispone de un Reglamento sobre adaptación, convalidación y transferencia créditos en la Universidad de Granada (aprobado por Consejo de Gobierno el día 22 de junio de 2010, modificado por el Consejo de Gobierno de 21 de octubre de 2010 y de 19 de junio de 2013). una Normativa para la creación, modificación, suspensión temporal o definitiva y gestión de títulos de Grado de la Universidad de Granada (aprobada por Consejo de Gobierno el día 25 de mayo de 2015), en cuyo Título V regula la Adaptación, Reconocimiento y Transferencia de Créditos. El texto del Reglamento de esta normativa puede consultarse en el Anexo I de este apartado 4.4 Asimismo, la Universidad de Granada está en fase de estudio y planificación para el desarrollo de la normativa pertinente relativa al Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior En relación a los estudios realizados en universidades fuera de España, la Universidad ha establecido el pleno reconocimiento de los estudios realizados en la universidad de destino, de acuerdo con el compromiso establecido en la Erasmus Charter (Acción 1 del subprograma Erasmus). El Reglamento de la Universidad de Granada sobre movilidad internacional de estudiantes (aprobado por Consejo de Gobierno el 18 de diciembre de 2012) establece, en su art. 8.d), que los estudiantes enviados en cualquiera de las modalidades previstas en el Reglamento tendrán derecho Al pleno reconocimiento de las actividades formativas desarrolladas durante su estancia, como parte del plan de estudios de grado o posgrado que estén cursando en la Universidad de Granada, en los términos previstos en el Acuerdo de Estudios y con las calificaciones obtenidas en la universidad de acogida. El texto del Reglamento puede consultarse en el Anexo II de este apartado 4.4: La particularidad del reconocimiento de créditos en los programas de movilidad internacional de estudiantes es una particularidad procedimental: el reconocimiento debe quedar garantizado con carácter previo a la ejecución de la movilidad. Para ello, los términos del reconocimiento se plasmarán en un Pre-acuerdo de estudios o de formación que, como su nombre indica, ha de firmarse antes del inicio de la movilidad y que compromete a la institución de origen a efectuar el reconocimiento pleno, en los términos establecidos en el mismo, una vez el estudiante demuestre que efectivamente ha superado su programa de estudios en la institución de acogida. Por otra parte, de acuerdo con el artículo 46.2.i) de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, y el art. 12.8 del R.D 1393/2007, por el que se establece ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el R.D. 861/2010, de 2 de julio, los estudiantes podrán obtener reconocimiento académico en créditos por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. A efectos de lo anterior, el plan de estudios del Grado en Ciencias Políticas y de la Administración contempla la posibilidad de que los estudiantes obtengan un reconocimiento de al menos 6 créditos del total del plan de estudios cursado. Por otro lado, en virtud del acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada, de 21 de octubre de 2010 25 de mayo de 2015, para dichas actividades se podrán reconocer hasta 12 ECTS en la componente de optatividad en los títulos de la Universidad de Granada. En el apartado correspondiente (punto 10.2) de esta memoria de verificación se incorpora, asimismo, una propuesta de tabla de adaptación de asignaturas del título de Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración al Plan de Estudios del Grado en Ciencias Políticas y de la Administración. Finalmente, se incorpora como Anexo III la normativa de reconocimiento de créditos aprobado en Junta de Centro de 20 de diciembre de 2016 de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología. Este documento desarrolla los artículos 32 y 33 de la Normativa para la Creación, Suspensión Temporal o Definitiva y Gestión de Títulos de Grado en la Universidad de Granada. ANEXO I REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (Consejo de Gobierno 19.07.2013)
Identificador : 2501820 BORRADOR 12 / 180 Modificación del Reglamento aprobado en Consejo de Gobierno de 22 de junio de 2010, en el que se integra el Reglamento sobre reconocimiento de Créditos por Actividades universitarias, aprobado por Consejo de Gobierno el 29 de noviembre de 2010. PREÁMBULO TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones TÍTULO PRIMERO: CRITERIOS DE LA ADAPTACIÓN EL RECONOCIMIENTO Y LA TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADO Y MASTER Capítulo Primero: Adaptación de los estudios previos a los nuevos títulos de grado y máster Artículo 3. Créditos con equivalencia en la nueva titulación Artículo 4. Créditos sin equivalencia en la nueva titulación Capítulo Segundo: Criterios del reconocimiento en el Grado Artículo 5. Reconocimiento automático Artículo 6. Reconocimiento no automático Artículo 7. Participación en actividades universitarias Capítulo Tercero: Criterios de reconocimiento de créditos en las enseñanzas oficiales de Máster Universitario Artículo 8. Reconocimiento en el Máster Artículo 9. Másteres para profesiones reguladas Artículo 10. Reconocimiento de créditos de enseñanzas oficiales de Doctorado en enseñanzas oficiales de Máster Universitario Capítulo Cuarto: Estudios realizados en otros centros nacionales y extranjeros Artículo 11. Estudios realizados en el marco de convenios de movilidad nacional e internacional de la Universidad de Granada Artículo 12. Otros estudios realizados en universidades extranjeras Capítulo Quinto: Transferencia de créditos Artículo 13. Transferencia TÍTULO SEGUNDO: COMPETENCIAS Y PROCEDIMIENTO Capítulo Primero: Órganos competentes Artículo 14. Órganos competentes para los títulos de grado Artículo 15. Tablas de adaptación y reconocimiento Artículo 16. Órgano competente para los títulos de Máster
Identificador : 2501820 BORRADOR 13 / 180 Capítulo Segundo: Procedimiento Artículo 17. Inicio del procedimiento Artículo 18. Documentación requerida Artículo 19. Resolución y recursos Artículo 20. Anotación en el expediente académico Artículo 21. Calificaciones DISPOSICIONES ADICIONALES DISPOSICIÓN TRANSITORIA DISPOSICIÓN DEROGATORIA DISPOSICIÓN FINAL PREÁMBULO El Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, afirma en su preámbulo que uno de los objetivos fundamentales de la nueva organización de las enseñanzas es ¿fomentar la movilidad de los estudiantes, tanto dentro de Europa, como con otras partes del mundo, y sobre todo la movilidad entre las distintas universidades españolas y dentro de una misma universidad. En este contexto resulta imprescindible apostar por un sistema de reconocimiento y acumulación de créditos, en el que los créditos cursados en otra universidad serán reconocidos e incorporados al expediente del estudiante¿. De acuerdo con ello, en el contexto del proceso de adaptación de los planes de estudios al Espacio Europeo de Educación Superior llevado a cabo en la Universidad de Granada, es necesario dar cumplimiento al art. 6 del citado Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que impone la obligación de regular y hacer pública una normativa sobre el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos. El presente reglamento tiene por objetivo dar cumplimiento a esta obligación, teniendo en cuenta los siguientes aspectos: - Además de regular los preceptivos procedimientos de ¿reconocimiento¿ y ¿transferencia¿ previstos para resolver las cuestiones que planteará la movilidad de los estudiantes, bien interuniversitaria, bien entre centros y/o titulaciones de la propia Universidad de Granada, se ha optado por incluir también el procedimiento de la ¿adaptación¿, que resolverá las cuestiones planteadas por la movilidad entre los estudios previos al Real Decreto 1393/2007 y los nuevos títulos. - Se ha previsto el funcionamiento de estos sistemas de adaptación, reconocimiento y transferencia en dos niveles de las enseñanzas universitarias oficiales: Grado y Máster. También se recoge en este Reglamento la normativa aprobada el 29 de noviembre de 2010 para el reconocimiento de la participación de los estudiantes en actividades universitarias culturales, deportiva, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. Además del Real Decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, la elaboración del presente reglamento ha tenido en cuenta los siguientes Reales Decretos y normas ya aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada: - Real Decreto 1791/2010, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario. - RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. - Los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio (BOJA nº 147, de 28 de julio de 2011). - La Guía para la elaboración de propuestas de planes de estudio de títulos oficiales de grado (aprobada por Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada de 25 de julio de 2008).
Identificador : 2501820 BORRADOR 14 / 180 - La Normativa para la elaboración y aprobación de los planes de estudio conducentes a la obtención del título de máster oficial por la Universidad de Granada (aprobada por Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada de 28 de julio de 2009). - El Reglamento de la Universidad de Granada sobre movilidad internacional de estudiantes (aprobado por Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada de 18 de diciembre de 2012). - Reglamento sobre reconocimiento de créditos por actividades universitarias en la Universidad de Granada (aprobado por Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada de 29 de noviembre de 2010). Sobre la base de estas consideraciones, la Universidad de Granada dispone el siguiente sistema de adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos aplicable a sus estudiantes. TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. Ámbito de aplicación El presente Reglamento será de aplicación a los procedimientos de adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de grado y posgrado de la Universidad de Granada, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, con el objeto de hacer efectiva la movilidad de estudiantes tanto dentro como fuera del territorio nacional, y la modificación de este con el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio. Artículo 2. Definiciones A los efectos del presente Reglamento se entenderá por: a) ¿Titulación de origen¿: la conducente a un título universitario, en el que se hayan cursado los créditos objeto de adaptación, reconocimiento o transferencia. b) ¿Titulación de destino¿: aquella conducente a un título oficial, de grado o posgrado, respecto del que se solicita la adaptación, el reconocimiento o la transferencia de los créditos. c) ¿Adaptación de créditos¿: la aceptación por la Universidad de Granada de los créditos correspondientes a estudios previos al Real Decreto 1393/2007 (en lo sucesivo, ¿estudios previos¿), realizados en ésta o en otra Universidad. d) ¿Reconocimiento¿: la aceptación por parte de la Universidad de Granada de los créditos que, habiendo sido obtenidos en enseñanzas universitarias oficiales o en enseñanzas universitarias no oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras enseñanzas distintas cursadas en la Universidad de Granada a efectos de la obtención de un título oficial. La acreditación de experiencia laboral y profesional podrá ser objeto de reconocimiento, de acuerdo con la normativa vigente. Asimismo, se podrá obtener reconocimiento académico en créditos por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. d) ¿Transferencia¿: la inclusión en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de todos los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial. f) ¿Resolución sobre Reconocimiento y Transferencia¿: el documento por el cual el órgano competente acuerde el reconocimiento, y/o la transferencia de los créditos objeto de solicitud o su denegación total o parcial. En caso de resolución positiva, deberán constar: los créditos reconocidos y/o transferidos y, en su caso, los módulos, materias o asignaturas que deberán ser cursados y los que no, por considerar adquiridas las competencias de esas asignaturas en los créditos reconocidos y/o transferidos. g) ¿Enseñanzas universitarias oficiales¿: las conducentes a títulos, de grado o posgrado, con validez en todo el territorio nacional; surten efectos académicos plenos y habilitan, en su caso, para la realización de actividades de carácter profesional reguladas, de acuerdo con la normativa que en cada caso resulte de aplicación. TÍTULO PRIMERO: CRITERIOS DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADO
Identificador : 2501820 BORRADOR 15 / 180 Capítulo Primero Adaptación de los estudios previos a los nuevos títulos de grado. Artículo 3. Créditos con equivalencia en la nueva titulación Los estudiantes que hayan comenzado y no finalizado estudios conforme a la anterior ordenación del sistema universitario, podrán solicitar el reconocimiento de créditos al nuevo título. El reconocimiento de créditos correspondientes a estudios previos al Real Decreto 1393/2007, se ajustará a la tabla de equivalencias contenida en la Memoria del título de destino sometido a verificación, conforme a lo establecido en el apartado 10.2 del Anexo I del citado Real Decreto. Aquellos créditos cursados y superados en la titulación de origen y que no hayan sido reconocidos después de la aplicación de la tabla de equivalencias, se reconocerán con cargo a la componente de optatividad hasta completar los créditos de la misma, transfiriéndose el resto si lo hubiera. Artículo 4. Créditos sin equivalencia en la nueva titulación La adaptación de los estudios previos realizados en otras universidades, o sin equivalencia en las nuevas titulaciones de la Universidad de Granada, se realizará, a petición del estudiante, atendiendo a los conocimientos y competencias asociados a las materias cursadas y a su valor en créditos, conforme al procedimiento de adaptación a que se refiere el apartado 10.2 del Anexo I del Real Decreto 1393/2007. Capítulo Segundo Criterios del reconocimiento en el Grado Artículo 5. Reconocimiento automático 1. Se reconocerán automáticamente, y computarán a los efectos de la obtención de un título oficial de grado, los créditos correspondientes a materias de formación básica en las siguientes condiciones: a) Reconocimiento entre titulaciones adscritas a la misma rama de conocimiento. Se reconocerán todos los créditos de la formación básica cursada y superada y que correspondan a materias de formación básica de dicha rama. b) Reconocimiento entre titulaciones adscritas a distinta rama de conocimiento. Se reconocerán todos los créditos correspondientes a materias de formación básica cursadas y superadas, coincidentes con la rama de conocimiento de la titulación de destino. Salvo en los casos de reconocimiento de la formación básica completa, el órgano competente, conforme al art. 14, decidirá, previa solicitud del estudiante, a qué materias de la titulación de destino se imputan los créditos de formación básica superados en la de origen, teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y los conocimientos asociados a dichas materias. En todo caso, el número de créditos de formación básica superados en la titulación de origen coincidirá necesariamente con el de los reconocidos en la titulación de destino, en los supuestos descritos en los apartados 1 y 2 anteriores. 2. Cuando se trate de títulos oficiales de grado que habiliten para el ejercicio de profesiones reguladas para los que el Gobierno haya establecido condiciones a las que han de adecuarse los planes de estudio, se reconocerán automáticamente y se computarán a los efectos de la obtención del título, los créditos de los módulos o materias superados definidos en la correspondiente norma reguladora. 3. Se reconocerán, en el componente de optatividad, módulos completos de titulaciones distintas a las de origen de acuerdo con la normativa que a tal efecto fue aprobada por el Consejo de Gobierno. (Guía para la Elaboración de Propuestas de Planes de Estudios de Títulos Oficiales de Grado C.G. 25/07/2008) Artículo 6. Reconocimiento no automático 1. El resto de los créditos no incluidos en el artículo anterior podrá ser reconocido por el órgano competente, conforme al artículo 14 de este Reglamento, como materias básicas, obligatorias u optativas teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias, los conocimientos adquiridos y el número de créditos asociados a las materias cursa-
Identificador : 2501820 BORRADOR 16 / 180 das por el estudiante o bien asociados a una experiencia profesional y los previstos en el plan de estudios, o bien valorando su carácter transversal. 2. El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de experiencia profesional o laboral y de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos que constituyen el plan de estudios. 3. No obstante lo anterior, los créditos procedentes de títulos propios podrán, excepcionalmente, ser objeto de reconocimiento en un porcentaje superior al señalado en el párrafo anterior o, en su caso, ser objeto de reconocimientos en su totalidad siempre que el correspondiente título propio se haya extinguido y sustituido por un título oficial. Artículo 7. Reconocimiento por participación en actividades universitarias. 1. Se podrán reconocer créditos por participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. Los planes de estudio deberán contemplar la posibilidad de que la participación en las mencionadas actividades permita reconocer hasta 12 créditos sobre el total de dicho plan de estudios. 2. Las propuestas de actividades deben dirigirse a centros, servicios o vicerrectorados de la universidad quienes una vez estudiados su adecuación a la normativa actual y a los l criterios aprobados por consejo de gobierno en relación a estas actividades, los reenviará firmado por el responsable del centro, servicio o vicerrectorado al vicerrectorado competente en materia de grado. 3. El Vicerrectorado competente en grado elevará a la Comisión de Títulos de Grado una propuesta de aquellas que cumplan con los requisitos de forma, y trasladará el informe de la Comisión de Títulos de Grado, en el que se hará propuesta de número de créditos por actividad a reconocer, al Consejo de Gobierno para someterlo a su aprobación. 4. La Universidad, a través del Consejo de Gobierno, aprobará las actividades culturales, deportivas, de cooperación y otras similares que podrán ser objeto de reconocimiento en los estudios de grado, así como el número de créditos a reconocer en cada una de ellas. 5. La propuesta de reconocimiento de estas actividades debe señalar el número de créditos a reconocer por esa actividad y los requisitos para dicha obtención, pudiendo incluir los mecanismos de evaluación correspondientes. 6. El número de créditos reconocido por estas actividades se detraerá de los créditos de optatividad previstos en el correspondiente plan de estudios. 7. Los reconocimientos realizados en virtud de esta disposición no tendrán calificación. Capítulo Tercero Criterios de reconocimiento de créditos en las enseñanzas oficiales de Máster Universitario. Artículo 8. Reconocimiento en el Máster En las enseñanzas oficiales de Máster podrán ser reconocidas materias, asignaturas o actividades relacionadas con el máster en función de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las enseñanzas superadas y los previstos en el plan de estudios del título de Máster Universitario. Artículo 9. Másteres para profesiones reguladas. 1. En el caso de títulos oficiales de Máster que habiliten para el ejercicio de profesiones reguladas, se reconocerán los créditos de los módulos, materias o asignaturas definidos en la correspondiente normativa reguladora. 2. En caso de no haberse superado íntegramente un determinado módulo, el reconocimiento se llevará a cabo por materias o asignaturas en función de las competencias y conocimientos asociados a ellas. Artículo 10. Reconocimiento de créditos de enseñanzas oficiales de Doctorado en enseñanzas oficiales de Máster. 1. Los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales de Doctorado podrán ser reconocidos en las enseñanzas de Máster Universitario.
Identificador : 2501820 BORRADOR 17 / 180 2. Dicho reconocimiento se realizará teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las materias cursadas por el estudiante y los previstos en el Máster Universitario. Capítulo Cuarto Estudios realizados en otros centros nacionales y extranjeros Artículo 11. Estudios realizados en el marco de convenios de movilidad nacional e internacional de la Universidad de Granada Los criterios de reconocimiento serán de aplicación a los estudios realizados en el marco de convenios de movilidad nacional o internacional, o en régimen de libre movilidad internacional, de acuerdo con la normativa que sobre esta materia esté vigente en cada momento en la Universidad de Granada. En estos casos, a través del Acuerdo de Estudios, se procurará el reconocimiento de 30 créditos por estancias de un semestre de duración y 60 por estancia de duración anual. Artículo 12. Otros estudios realizados en universidades extranjeras Los estudios realizados en universidades extranjeras no sujetos a la normativa en materia de movilidad internacional de la Universidad de Granada podrán ser reconocidos por el órgano competente, teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias, los conocimientos y el número de créditos asociados a las materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios, o bien valorando su carácter transversal. Capítulo Quinto Transferencia de créditos Artículo 13. Transferencia Se incorporará al expediente académico de cada estudiante la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas y superadas con anterioridad en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial y cuyo reconocimiento o adaptación no se solicite o no sea posible conforme a los criterios anteriores. TÍTULO SEGUNDO: COMPETENCIAS Y PROCEDIMIENTO Capítulo Primero Órganos competentes Artículo 14. Órganos competentes para los títulos de grado 1. Los procedimientos de reconocimiento y transferencia de créditos son competencia del Rector, quien podrá delegar en los Decanos y Directores de Centros de la Universidad de Granada. 2. En caso de delegación al Centro, éste establecerá el órgano competente para examinar, a solicitud del estudiante, la equivalencia entre los módulos, materias y/o asignaturas cursados y superados en la titulación de origen y los correspondientes módulos, materias y asignaturas del plan de estudios de la titulación de destino. 3. En el caso del reconocimiento por participación en actividades culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación es el Consejo de Gobierno, oído el informe de la Comisión de Títulos, el que aprueba el reconocimiento de dichas actividades. 4. Las Secretarías de los Centros serán competentes para realizar las correspondientes anotaciones en el expediente académico. Artículo 15. Tablas de reconocimiento
Identificador : 2501820 BORRADOR 18 / 180 En la medida en que sea posible, al objeto de facilitar los procedimientos de reconocimiento, y dotarlos de certeza y agilidad, el órgano competente adoptará y mantendrá actualizadas tablas reconocimiento para las materias cursadas en las titulaciones y universidades de origen más frecuentes. Artículo 16. Órgano competente para los títulos de Máster Los procedimientos de adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos son competencia del Rector, quien podrá delegar en el Consejo Asesor de Enseñanzas de Posgrado de la Escuela de Posgrado. En este caso, dicho órgano resolverá previa propuesta de la Comisión Académica del correspondiente Máster Universitario, de acuerdo con la normativa vigente. Capítulo Segundo Procedimiento Artículo 17. Inicio del procedimiento 1. Los procedimientos de adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos se iniciarán mediante solicitud del estudiante interesado. Será requisito imprescindible que el estudiante se encuentre admitido en la titulación de destino; salvo que el procedimiento de reconocimiento se haya iniciado con el único objeto de ser admitido en la titulación. 2. Cada curso académico, la Universidad de Granada establecerá los plazos de solicitud pertinentes. 3. Los reconocimientos de actividades universitarias (cap.II art. 8) tendrán validez académica limitada en el tiempo para su incorporación al expediente. Como regla general, el reconocimiento deberá ser gestionado e incorporado al expediente del o la estudiante en el propio curso académico en el que han sido cursados y/o realizados, o en el siguiente. En ningún caso podrán ser objeto de reconocimiento actividades que no hayan sido realizadas simultáneamente a las enseñanzas del correspondiente plan de estudios, a cuyo expediente se solicita la incorporación. Artículo 18. Documentación requerida 1. Las solicitudes deberán ir acompañadas de toda la documentación necesaria para proceder a su resolución; en particular: a) La certificación académica personal, cuando proceda. b) El programa docente de la unidad académica de enseñanza-aprendizaje (módulo, materia o asignatura) cuyo reconocimiento se solicita. c) Cualquier otra acreditación de las actividades universitarias contempladas en esta normativa para las que el estudiante pida reconocimiento o transferencia. 2. En caso de que la mencionada documentación no esté en español, se podrá requerir traducción y legalización. Artículo 19. Resolución y recursos 1. El órgano competente deberá resolver en el plazo máximo de dos meses a contar desde la finalización del plazo de solicitud. Transcurrido dicho plazo se entenderá desestimada la solicitud. 2. La resolución deberá especificar claramente los módulos, materias y/o asignaturas o los créditos a que se refiere y deberá ser motivada. 3. Las notificaciones deberán realizarse a los interesados/as en el plazo y forma regulados en la legislación vigente. 4. Contra estas resoluciones, los interesados podrán presentar recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de Granada, cuya resolución agotará la vía administrativa. Artículo 20. Anotación en el expediente académico
Identificador : 2501820 BORRADOR 25 / 180 nador de la Titulación. La Comisión de Títulos de Grado elaborará un informe que trasladará para su decisión, si procede, y aprobación al Consejo de Gobierno. f) Remitir para su aprobación, si procede, al Consejo de Gobierno las propuestas de modificación de Títulos de Grado elaboradas. g) Informar sobre las propuestas de suspensión (parcial o definitiva) de Títulos Oficiales que le sea remitidas. h) Remitir para su aprobación, si procede, al Consejo de Gobierno las propuestas de suspensión (parcial o definitiva) de Títulos de Grado. i) Informar sobre las solicitudes de reconocimiento académico en créditos por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. j) Cuantas funciones le sean delegadas por el Consejo de Gobierno. 3. Podrá crearse una Subcomisión de Títulos de carácter técnico presidida por el Vicerrector responsable de las enseñanzas de grado y que integre, al menos, a los Directores de Secretariado responsables de Planes de Estudio, de Evaluación de la Calidad y de Organización Docente. Serán sus funciones: a) Recabar las propuestas de anteproyecto de Plan de Estudios de la Titulación que elaboren los Equipos docentes, tras su aprobación por la Junta de Centro. b) Hacer una revisión de la memoria para la solicitud de verificación/modificación de títulos oficiales de la correspondiente titulación, introduciendo las modificaciones que se consideren necesarias para un mejor ajuste a las disposiciones normativas vigentes. c) Abrir un plazo de alegaciones de diez días hábiles. d) Preparar la documentación para la reunión de la Comisión de Títulos y organizar la cita y el orden de intervención de las personas que presenten alegaciones, en su caso. Artículo 7. El Consejo de Gobierno. El Consejo de Gobierno estudiará las propuestas de creación, modificación o suspensión (temporal o definitiva) de títulos de grado y, en su caso, las aprobará. Las propuestas aprobadas referentes a creación o suspensión (temporal o definitiva) de títulos serán remitidas posteriormente al Consejo Social de la Universidad. Artículo 8. El Consejo Social. Corresponde al Consejo Social de la Universidad aprobar la implantación de los títulos, así como aprobar las propuestas de creación o suspensión (temporal o definitiva) de los títulos de grado. TITULO II. PROPUESTA Y APROBACIÓN DE NUEVOS TÍTULOS, MODIFICACIÓN O SUSPENSIÓN PARCIAL O DEFINITIVA DE GRADOS CAPÍTULO I. PROCEDIMIENTO PARA LA PROPUESTA DE UN NUEVO TÍTULO DE GRADO Artículo 9. Requisitos de la propuesta. La propuesta de un nuevo título, que ha de partir de un Centro o del Equipo de Gobierno de la Universidad, debe justificar el interés del título, así como su viabilidad en la Universidad. Para ello, se debe presentar un escrito de solicitud que incluya los siguientes elementos:
Identificador : 2501820 BORRADOR 26 / 180 1. Denominación del título de grado. 2. Justificación académica y profesional. 3. Referentes nacionales, o internacionales, si los hubiera. 4. Objetivos del título y competencias. 5. Recursos de profesorado disponibles teniendo en cuenta los posibles ámbitos de conocimiento que participen en su impartición. 6. Recursos materiales disponibles. La propuesta deberá incorporar un Informe del Centro en el que se desarrollaría la docencia presencial sobre la disponibilidad de espacios, equipamiento y servicios necesarios para la impartición del título. 7. Relación de la propuesta con títulos que se imparten en la Universidad. 8. En el caso de propuestas de títulos conjuntos con otras universidades, nacionales o extranjeras, se requiere un escrito de estas otras universidades expresando el compromiso de participar en el título. Artículo 10. Procedimiento de aprobación de la propuesta. 1. El Vicerrectorado competente en enseñanzas de Grado abrirá un período de alegaciones de diez días hábiles. En caso de haber alegaciones, se presentarán en el modelo que se establezca en el Registro General y por los medios electrónicos que se establezcan. Se pedirá un informe sobre dicha propuesta a dos agentes externos con un ejercicio profesional vinculado al objeto de la titulación. 2. La Comisión de Títulos de Grado realizará un informe sobre cada una de las propuestas, y será el Consejo de Gobierno, oído el informe de la Comisión de Títulos, quien decida la admisión o no admisión a trámite de la propuesta. Una vez admitida a trámite, la propuesta se remitirá para su estudio al Consejo Andaluz de Universidades. Artículo 11. Procedimiento para el desarrollo de la propuesta. 1. Aprobada la propuesta del título en el Consejo Andaluz de Universidades, el Vicerrectorado competente en los planes de estudios de los títulos de grado enviará dicha propuesta al Centro. La propuesta deberá incluir, al menos: la denominación definitiva del título, los ámbitos de conocimiento que deben estar representados en el equipo docente y el centro de la universidad donde dicho título se impartirá. Dicha propuesta tendrá en cuenta el informe realizado por los agentes externos a la Universidad de Granada. 2. Aprobada la propuesta, el Centro iniciará la elaboración del plan de estudios de acuerdo con las normativas vigentes. Artículo 12. Directrices a seguir para la elaboración de la memoria de verificación del título. Además de cumplir con la normativa de aplicación general, la memoria de verificación del Título de Grado deberá ajustarse a los siguientes criterios: 1. Organización de los cursos académicos: Los cursos académicos tendrán una estructura de dos semestres (un semestre: 30 créditos) y deben estructurarse de forma que el estudiante no tenga que cursar simultáneamente más de 5 asignaturas. 2. Número de horas de cada crédito: El número de horas asignadas al crédito será de 25, que incluyen las enseñanzas teóricas, prácticas, así como las horas de trabajo individual - actividades académicas dirigidasy de estudio del estudiante. Las horas lectivas presenciales se fijarán de acuerdo con las competencias establecidas, no pudiendo ser menos de un 20% (5 horas) ni más de un 40% (10 horas). 3. Módulos, materias y asignaturas: La Titulación se definirá en módulos y materias en la documentación que se envía al Consejo de Universidades, a excepción del módulo de materias básicas que deberá concretarse en asigna-
Identificador : 2501820 BORRADOR 27 / 180 turas de, al menos, 6 créditos, tal y como dispone el Real Decreto 1393/2007. Para su aplicación en la Universidad de Granada, el total de los módulos y materias se fijarán en asignaturas, que tendrán un mínimo de 6 créditos, de acuerdo con el criterio establecido para las materias básicas. La suma de créditos para un curso completo se establece en 60 (Real Decreto 1125/2003). 4. Materias de carácter obligatorio y optativo: Las materias que se consideran esenciales para la formación del estudiante, de acuerdo con los objetivos previstos en el título, deben tener un carácter obligatorio. El resto se organizarán en materias optativas. Con el objeto de favorecer la transversalidad entre distintos planes y que el estudiante participe en el diseño de su formación, éste podrá cursar la optatividad de entre la oferta de optativas de la propia titulación o elegir módulos completos de otras titulaciones que se oferten en la UGR. 5. Dedicación de los estudiantes: Las titulaciones deberán contemplar la posibilidad de matriculación de estudiantes a tiempo completo (60 créditos /año) o a tiempo parcial. 6. Recursos humanos y materiales: Las propuestas emanadas de la Junta de Centro deberán acompañar la documentación necesaria que justifique la viabilidad y adecuación tanto de los recursos humanos necesarios para llevar a cabo el plan de estudios propuesto, como de los medios materiales y servicios disponibles para tal fin. 7. Prácticas externas: Si éstas se contemplan en la propuesta de Plan de Estudios, los órganos de gobierno del Centro de donde procede la titulación deberán garantizar que la oferta pueda impartirse mediante los correspondientes convenios con empresas u organismos, contando con la ayuda y la coordinación del servicio correspondiente del Vicerrectorado de Estudiantes. Artículo 13. Proceso de elaboración de la memoria de verificación del título. 1. El Equipo Docente de la Titulación elaborará un Anteproyecto del Plan de Estudios, que enviará a la Junta de Centro correspondiente para su aprobación. 2. Aprobado el anteproyecto en Junta de Centro, se remitirá al vicerrectorado con competencia en grado, que hará una revisión de la memoria con la subcomisión de la Comisión de Títulos de grado creada a tal efecto, introduciendo las modificaciones que se consideren necesarias para un mejor ajuste a las disposiciones normativas vigentes. Tras esta revisión, se abrirá un plazo de diez días hábiles para alegaciones. 3. La Comisión de Títulos de Grado, oídos las posibles personas que aleguen y los representantes de los títulos alegados (decano del centro donde se imparte y proponente), informará la propuesta y elevará informe, si procede, al Consejo de Gobierno. 4. El Consejo de Gobierno someterá a aprobación, si procede, dichas propuestas y las remitirá al Consejo Social. 5. Tras su aprobación por el Consejo Social, las propuestas será enviada al Ministerio con competencias en estudios universitarios para que siga el proceso de aprobación. Artículo 14. Implantación del Grado. 1 Conforme a la normativa vigente, autorizada la implantación de los estudios por la Comunidad Autónoma y verificado el plan de Estudios por el Consejo de Universidades, el Ministerio competente elevará al Gobierno la propuesta para el establecimiento del carácter oficial del título y su inscripción en el RUCT, cuya aprobación mediante acuerdo del Consejo de Ministros será publicada en el BOE. 2. Una vez que el Gobierno haya aprobado el carácter oficial de Título, el Rector de la Universidad de Granada ordenará la publicación del plan de estudios de grado en el BOE y en el BOJA. Artículo 15. Seguimiento de los títulos inscritos en el RUCT. Acreditación de los títulos.
Identificador : 2501820 BORRADOR 28 / 180 1. Los títulos universitarios oficiales de Grado deberán renovar su acreditación en los plazos y conforme a los procedimientos establecidos en la normativa vigente. 2. El proceso de acreditación de un título se llevará a cabo de acuerdo con la normativa que lo desarrolle, teniendo en cuenta a los órganos de gestión definidos en esta normativa y los procedimientos creados para la creación, modificación y suspensión temporal o definitiva. CAPÍTULO II. PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN DE PLANES DE ESTUDIOS DE TÍTULOS OFICIALES DE GRADO Artículo 16. Procedimiento para la elaboración de solicitudes de modificación de títulos de grado. 1. La Comisión Académica elaborará una Propuesta de modificación del Plan de Estudios con la documentación completa requerida por la agencia evaluadora, que enviará a la Junta de Centro correspondiente, para su debate y aprobación. 2. El Centro remitirá la propuesta aprobada al vicerrectorado responsable de las enseñanzas de Grado para su revisión por la Subcomisión de Títulos. En el caso de que dicha propuesta incluya modificaciones que, según lo estipulado en cada momento por la Agencia Evaluadora, afecten a los asientos registrales del título o requieran una nueva verificación, la propuesta será sometida a un plazo de 10 días hábiles para que la comunidad universitaria pueda consultarla y hacer las alegaciones que estime oportunas. 3. La Comisión de Títulos de Grado analizará las propuestas presentadas así como las posibles alegaciones que se hayan recibido en el plazo de exposición pública, pudiendo dar audiencia pública tanto al autor o autores de la alegación como al Decano o Director del Centro de donde procede la titulación y al Coordinador de la Titulación. La Comisión de Títulos de Grado elaborará un informe que trasladará a Consejo de Gobierno para su aprobación, si procede. 4. Tras su aprobación en Consejo de Gobierno, las propuestas seguirán el trámite previsto a través del ministerio con competencias en estudios de grado. CAPÍTULO III. SUSPENSIÓN TEMPORAL O DEFINITIVA DEL TÍTULO Artículo 17. Criterios para la suspensión temporal o definitiva de títulos de grado. La decisión para la suspensión temporal o definitiva de una titulación de grado de la UGR vendrá motivada por la concurrencia de una o más de las siguientes causas (o criterios): 1. Criterios de demanda de acceso. El número total de matriculados y la demanda de acceso a la titulación serán indicadores de la pertinencia de la titulación. El descenso del número de matriculados durante un periodo de tiempo consecutivo será motivo para considerar la suspensión temporal o definitiva de la titulación o la necesidad de redefinirla en el marco de otras enseñanzas afines que se imparten en la Universidad. 2. Criterios de rendimiento académico. La disminución de las tasas de éxito, graduación, eficiencia y otros indicadores de seguimiento del rendimiento académico y el aumento de la tasa de abandono de la titulación serán motivo para considerar interrumpir temporal o definitivamente la titulación o para introducir reformas en la titulación, tras un estudio de las razones que han provocado la disminución de las tasa de éxito y el aumento de las tasas de abandono. 3. Criterios de calidad. La titulación debe cumplir los niveles de calidad que la UGR ha establecido en cuanto a la docencia, el profesorado, el personal de apoyo, los recursos y los servicios.
Identificador : 2501820 BORRADOR 29 / 180 4. Los resultados del proceso de acreditación. No superar el proceso de acreditación a los seis años de su implantación será motivo para considerar la suspensión temporal o definitiva de la titulación o la necesidad de redefinirla en el marco de otras enseñanzas afines que se imparten en la universidad. Artículo 18. Procedimiento para la suspensión temporal o definitiva de títulos de grado. 1. El procedimiento de suspensión temporal o definitiva de una titulación de grado de la UGR se podrá iniciar a propuesta de la Junta de Centro, a partir de los criterios indicados en el apartado anterior. Asimismo, el proceso se podrá someter a la consideración del Consejo de Gobierno por iniciativa del Equipo Rectoral cuando concurran las circunstancias que así lo recomienden. 2. Con independencia del origen de la propuesta, ésta deberá ser informada por la Comisión de Títulos de Grado, oído el Centro. Posteriormente la propuesta se someterá a la valoración del Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva. 3. Una vez aprobado por Consejo de Gobierno y por Consejo Social, se notificará a la Comunidad Autónoma, en el caso de suspensión temporal o definitiva, y al Ministerio en el caso de suspensión definitiva. TÍTULO III. ACUERDOS DE COMPATIBILIZACIÓN DE PLANES DE ESTUDIO PARA LA OBTENCIÓN DE DOS TÍTULOS DE GRADO Artículo 19. Procedimiento de aprobación de las propuestas de compatibilización de títulos de grado. 1. La propuesta de compatibilización de planes de estudio para la obtención de dos títulos de Grado debe partir del Centro o Centros en los que se impartan los grados, previa aprobación en las correspondientes Juntas de Centro, y debe dirigirse al vicerrectorado con competencias en títulos de grado. 2. Dicha propuesta se será sometida a un plazo de 10 días hábiles para que la comunidad universitaria pueda consultarla y hacer las alegaciones que estime oportunas, que se presentarán en el modelo que se establezca en el Registro General y por los medios electrónicos que se establezcan. 3. La Comisión de Títulos de Grado realizará un informe sobre la propuesta, así como de las posibles alegaciones presentadas, y será el Consejo de Gobierno, oído el informe de la Comisión de Títulos, quien decida la admisión o no de la propuesta. Artículo 20. Requisitos de la propuesta. La propuesta debe justificar el interés de la compatibilidad de títulos, así como su viabilidad en la Universidad. Para ello, se debe presentar escrito de solicitud que incluya al menos los siguientes elementos: 1. Justificación académica y profesional. 2. Número de estudiantes por curso. 3. Planificación temporal de las materias a impartir. 4. Recursos de profesorado disponibles teniendo en cuenta los posibles ámbitos de conocimiento que participen en su impartición. 5. Recursos materiales disponibles. La propuesta deberá incorporar un Informe del Centro en el que se desarrollaría la docencia presencial sobre la disponibilidad de espacios, equipamiento y servicios necesarios para la impartición del título. 6. Propuesta de acuerdo de colaboración entre los centros o titulaciones implicadas para simultanear los estudios, según modelo que se proporcionará desde el vicerrectorado con las competencias de enseñanzas de grado.
Identificador : 2501820 BORRADOR 30 / 180 7. En el caso de propuestas de títulos conjuntos con otras universidades, nacionales o extranjeras, se requiere un escrito de estas otras universidades expresando el compromiso de participar en el título. TITULO IV. GESTIÓN ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE GRADO CAPÍTULO I. ESTUDIANTADO DEL GRADO Artículo 21. Acceso al Grado. Los requisitos de acceso a los estudios de Grado serán los establecidos en el artículo 14 del R.D. 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias y se deberá seguir el procedimiento de ingreso que para cada curso académico determine la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía. Artículo 22. Matrícula y precios públicos. 1. La matrícula en los estudios de Grado se hará conforme determine la Resolución del Rectorado de la Universidad de Granada, por la que se dictan normas para la formalización de la matrícula cada curso académico. 2. Los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios serán los fijados, para cada curso académico, por Decreto de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía. CAPÍTULO II. TRABAJO O PROYECTO DE FIN DE GRADO Artículo 23. Tipología de los trabajos de fin de grado (en adelante TFG). El TFG debe ser un trabajo personal que refleje las competencias adquiridas por el estudiante y deberá ajustarse a alguno de los siguientes tipos: ·Estudio de casos, teóricos o prácticos, relacionados con la temática del Grado, a partir de material ya disponible en los Centros. ·Trabajos experimentales, de toma de datos de campo, de laboratorio, etc. ·Trabajos de creación artística. ·Elaboración de guías prácticas clínicas. ·Elaboración de un informe o un proyecto de naturaleza profesional. ·Trabajos derivados de la experiencia desarrollada en prácticas externas, siempre que no coincida con el material presentado para evaluar las prácticas externas, en el caso de que éstas constituyan una asignatura del plan de estudios. ·Elaboración de un plan de empresa. ·Simulación de encargos profesionales. ·Desarrollo de un portafolio que demuestre el nivel de adquisición de competencias. ·Examen de competencias específicas de la titulación. ·Trabajos bibliográficos sobre el estado actual de una temática relacionada con el Grado. ·Resolución de problemas en el ámbito de las ingenierías y la arquitectura. ·Cualquier otra modalidad que esté recogida en la memoria de verificación del Título. En aquellos casos en que la Comisión Académica así lo defina, el trabajo podrá desarrollarse de forma conjunta en pequeños grupos de estudiantes, aunque necesariamente cada estudiante deberá presentar una memoria y hacer una defensa individual del mismo. Artículo 24. Procedimiento de matriculación y gestión académica.
Identificador : 2501820 BORRADOR 31 / 180 1. Salvo aquellos casos en los que la memoria de verificación del correspondiente título de Grado indique un procedimiento diferente o incluya requisitos adicionales, el estudiante no podrá matricular el TFG hasta el último curso. 2. Para poder matricular la asignatura, el estudiante deberá tener superados, al menos, el 60% de los créditos de la titulación, entre los que se deberán incluir todas las materias de primer curso y las materias básicas. Los Centros podrán aumentar el porcentaje o añadir requisitos adicionales. En el caso de adaptaciones de un plan de estudios anterior al plan de estudios vigente, los Centros podrán contemplar, de forma justificada, situaciones excepcionales en cuanto a lo expresado en este artículo. 3. En el momento de matricular el TFG, el estudiante deberá matricular el total de los créditos que le falten para finalizar el Grado. 4. La calificación del TFG no se podrá incorporar al expediente académico del estudiante hasta que no haya aprobado el resto de los créditos de la titulación. 5. Al igual que en el resto de asignaturas, la matriculación dará derecho a dos convocatorias de evaluación coincidentes con los periodos oficiales. Con carácter excepcional, en aquellos Grados en que el elevado número de estudiantes matriculados en el TFG o las restricciones de aulas así lo requieran, se podrá ampliar el periodo de evaluación para esta materia, previa autorización del vicerrectorado con competencias en materia de ordenación académica. Artículo 25. Coordinación académica. Tutoría de los trabajos. 1. El Coordinador del título será el responsable de coordinar los aspectos académicos y procedimentales relacionados con la asignatura. 2. Cada estudiante tendrá asignado un tutor, cuya misión consistirá en asesorarle sobre el enfoque del trabajo, la metodología y recursos a utilizar, supervisar la memoria, etc. Antes de proceder a su defensa, el tutor debe emitir un informe motivado para su consideración por la Comisión Evaluadora, en su caso. 3. El tutor deberá ser un profesor o investigador con plena responsabilidad docente según lo establecido en el Plan de Ordenación Docente en cada curso académico, adscrito a un ámbito de conocimiento que imparta docencia en el Grado en cuestión. En función de las características del trabajo, se contempla la posibilidad de dos cotutores. En el caso de que el TFG se derive de prácticas externas, uno de los cotutores puede proceder de la empresa u organismo en el que se desarrollaron dichas prácticas. Pueden ser cotutores miembros de instituciones con las que la Universidad haya firmado convenio para tal fin. 4. El cómputo de la dedicación de los tutores (o de los evaluadores en el caso de la modalidad de sólo examen de competencias) se reflejará en la dedicación docente del profesorado según los criterios que establezca el Plan de Ordenación Docente, que deberá contemplar el reconocimiento tanto para la modalidad de tutorización individual como tutorización en grupos de estudiantes. Dada la incertidumbre sobre el número de estudiantes que estarán en disposición de cursar el TFG cada curso académico, la dedicación del profesorado se computará como carga docente en el curso siguiente a la defensa del TFG. Artículo 26. Procedimiento para la oferta y asignación de trabajos de fin de grado. 1. Antes del comienzo del curso académico, para cada uno de sus títulos el Centro hará pública una resolución sobre los TFG, en la que al menos se incluirá: ·La oferta de TFG. Esta oferta deberá incluir al menos un 10% más de trabajos que de estudiantes previstos para su matrícula. ·Los responsables de tutelar cada uno de los TFG ofertados. ·El procedimiento establecido para la elección o asignación de los TFG y de los tutores entre los estudiantes que se matriculen en esta asignatura. ·Las actividades presenciales (individuales y/o grupales) y no presenciales a desarrollar por el estudiante, en función de lo establecido en la memoria de verificación del grado.
Identificador : 2501820 BORRADOR 32 / 180 ·Los criterios de evaluación de los TFG, así como las plantillas de evaluación a utilizar. ·Los procedimientos a seguir para la asignación de la calificación de Matrícula de Honor a los TFG que reúnan los requisitos necesarios. ·Las recomendaciones que se consideren oportunas sobre los aspectos formales de la memoria a presentar (contenidos mínimos, extensión, formato, número de ejemplares, plazo para depósito, etc.), del examen de competencias a realizar, etc. ·Los requisitos específicos para matriculación del TFG, si procede, según lo indicado en el artículo 24.2 de esta Normativa. Si la demanda de estudiantes así lo aconsejara, esta resolución se podrá complementar con una resolución extraordinaria en el semestre anterior al inicio del TFG. 2. Esta resolución deberá ser aprobada por la Comisión Académica del Grado, que velará para que los contenidos de los trabajos ofertados sean apropiados para la Titulación y que su extensión y grado de dificultad se ajuste al número de créditos asignado al TFG en el plan de estudios, y posteriormente ratificada por la Junta de Centro. La resolución será publicada, al menos, a través de la Web del Grado en http://grados.ugr.es y en la Web del Centro. 3. Con antelación suficiente al inicio de la asignatura, se procederá a la asignación de trabajos y tutores. 4. Antes de que se publique la resolución del artículo 26.1 de esta Normativa, el estudiante podrá proponer TFG a desarrollar por el interesado, en especial en relación con prácticas externas. La propuesta deberá dirigirla al Coordinador del Grado y ésta deberá incluir una breve descripción del contenido y objetivos, así como un posible tutor (y cotutor externo, si procede). La Comisión Académica valorará la incorporación de la propuesta en la oferta anual. Artículo 27. Procedimiento de evaluación. 1. Como regla general, los TFG deberán ser sometidos a una defensa en sesión pública ante una Comisión Evaluadora durante un tiempo máximo de 20 minutos, que podrá estar seguido por un periodo de debate con la Comisión de hasta 20 minutos. En aquellas titulaciones en las que ello no sea viable por el elevado número de estudiantes matriculados o por otros motivos debidamente justificados, la Comisión Académica en la resolución aludida en el artículo 26.1 de esta Normativa, propondrá otros mecanismos alternativos, propuesta que deberá ser autorizada por la Comisión de Títulos de Grado. 2. Las Comisiones de Evaluación estarán constituidos por tres profesores de la Universidad de Granada que en ese momento se encuentren tutelando otros TFG. En este modelo, el tutor no podrá formar parte de las Comisiones Evaluadoras de los estudiantes que tutorice. Sin embargo, pueden aprobarse modelos alternativos justificados en que evalúe el tutor o bien una doble evaluación del tutor y la Comisión. 3. Tras el acto de defensa, la Comisión Evaluadora procederá a la calificación del trabajo, teniendo presente la memoria presentada, la exposición y debate realizados durante el acto de defensa y el informe emitido por el tutor. Como criterios de evaluación se deberá tener presente, al menos, la adquisición de competencias que se citan en el punto 3.2 del anexo I del RD 861/2010 para Graduado, así como lo establecido en lo referente al TFG en la memoria de verificación de cada título. 4. La calificación emitida por la Comisión Evaluadora será de carácter numérico y se obtendrá por la media aritmética de la calificación emitida por cada uno de sus miembros. De conformidad con la normativa de evaluación y calificación de estudios de la Universidad, se podrá solicitar revisión de la calificación ante la Comisión Evaluadora y esta de oficio motivará el resultado de la revisión. 5. Para la calificación del TFG se desarrollarán plantillas de evaluación que serán conocidas por tutores, estudiantes y miembros de la comisión con antelación suficiente al inicio de la elaboración. 6. Para regular el derecho a la revisión de los TFG, cada Centro, para cada Titulación, establecerá anualmente un Tribunal de Reclamaciones, compuesto por miembros distintos a los que realizaron la primera evaluación, a quién los estudiantes podrán dirigirse, en los plazos previstos, cuando no consideren adecuada su calificación, tras haber conocido los detalles de la misma por parte del Presidente de la Comisión Evaluadora. Dicho Tribunal de Reclamaciones atenderá la reclamación, y oído al estudiante y al Presidente de la Comisión Evaluadora, y habiendo examinado el material disponible sobre la evaluación del TFG, procederá, en su caso, a su recalificación. Cuando la defen-
Identificador : 2501820 BORRADOR 33 / 180 sa del TFG se realice con una prueba de evaluación oral, y siempre que haya acuerdo entre el estudiante y la Comisión Evaluadora, podrá establecerse un sistema de grabación de la defensa que, en caso de reclamación, será tenida en cuenta por el Tribunal de Reclamaciones. Artículo 28. Autoría y originalidad del TFG. 1. Los TFG estarán sometidos a los correspondientes derechos de autor así como de la propiedad intelectual o industrial que dictamine la legislación vigente, tanto de los estudiantes y de los tutores como de las empresas u organismos que pudieran estar involucrados en su elaboración. 2. El plagio, entendido como la presentación de un trabajo u obra hecho por otra persona como propio o la copia de textos sin citar su procedencia y dándolos como de elaboración propia, conllevará automáticamente la calificación numérica de cero. Esta consecuencia debe entenderse sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias en las que pudieran incurrir los estudiantes que plagien. 3. Las memorias entregadas por parte de los estudiantes tendrán que ir firmadas sobre una declaración explícita en la que se asume la originalidad del trabajo, entendida en el sentido de que no ha utilizado fuentes sin citarlas debidamente. TÍTULO V. ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS CAPÍTULO I. ADAPTACIÓN DE LOS ESTUDIOS PREVIOS A LOS NUEVOS TÍTULOS DE GRADO Artículo 29. Créditos con equivalencia en la nueva titulación. Los estudiantes que hayan comenzado y no finalizado estudios conforme a la anterior ordenación del sistema universitario podrán solicitar el reconocimiento de créditos al nuevo título. El reconocimiento de créditos correspondientes a estudios previos al Real Decreto 1393/2007 se ajustará a la tabla de equivalencias contenida en la Memoria del título de destino sometido a verificación, conforme a lo establecido en el apartado 10.2 del Anexo I del citado Real Decreto. Aquellos créditos cursados y superados en la titulación de origen y que no hayan sido reconocidos después de la aplicación de la tabla de equivalencias, se reconocerán con cargo a la componente de optatividad hasta completar los créditos de la misma, transfiriéndose el resto si lo hubiera. Artículo 30. Créditos sin equivalencia en la nueva titulación. La adaptación de los estudios previos realizados en otras universidades, o sin equivalencia en las nuevas titulaciones de la Universidad de Granada, se realizará, a petición del estudiante, atendiendo a los conocimientos y competencias asociados a las materias cursadas y a su valor en créditos, conforme al procedimiento de adaptación a que se refiere el apartado 10.2 del Anexo I del Real Decreto 1393/2007. CAPÍTULO II. CRITERIOS DE RECONOCIMIENTO EN EL GRADO Artículo 31. Reconocimiento de créditos. 1. Se reconocerán automáticamente, y computarán a los efectos de la obtención de un título oficial de grado, los créditos correspondientes a materias de formación básica en las siguientes condiciones: a) Reconocimiento entre titulaciones adscritas a la misma rama de conocimiento. Se reconocerán todos los créditos de la formación básica cursada y superada y que correspondan a materias de formación básica de dicha rama
Identificador : 2501820 BORRADOR 34 / 180 b) Reconocimiento entre titulaciones adscritas a distinta rama de conocimiento. Se reconocerán todos los créditos correspondientes a materias de formación básica cursadas y superadas, coincidentes con la rama de conocimiento de la titulación de destino. Salvo en los casos de reconocimiento de la formación básica completa, el órgano competente, conforme al artículo 39 de esta Normativa, decidirá, previa solicitud del estudiante, a qué materias de la titulación de destino se imputan los créditos de formación básica superados en la de origen, teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y los conocimientos asociados a dichas materias. En todo caso, el número de créditos de formación básica superados en la titulación de origen coincidirá necesariamente con el de los reconocidos en la titulación de destino, en los supuestos descritos en los apartados a) y b) anteriores. 2. Cuando se trate de títulos oficiales de grado que habiliten para el ejercicio de profesiones reguladas para los que el Gobierno haya establecido condiciones a las que han de adecuarse los planes de estudio, se reconocerán automáticamente y se computarán a los efectos de la obtención del título, los créditos de los módulos o materias superados definidos en la correspondiente norma reguladora. 3. Se reconocerán, en el componente de optatividad, módulos completos de titulaciones distintas a las de origen. Los centros harán un listado de los módulos que pueden ofertarse y los enviará al vicerrectorado con competencias en grado para su publicación en la web antes del inicio del periodo de matriculación. Para esta oferta se tendrá en consideración la disponibilidad de plazas, de profesorado y de espacios en cursos precedentes. Artículo 32. Reconocimiento de enseñanzas universitarias no oficiales. 1. A efectos de reconocimiento, se consideran enseñanzas universitarias no oficiales los títulos propios de la Universidad de Granada o de otras universidades, así como los cursos organizados por los diversos centros y servicios de la Universidad de Granada y aquellos cursos organizados al amparo de convenios con instituciones sin ánimo de lucro. 2. Las enseñanzas universitarias no oficiales se reconocerán en función de su adecuación a la titulación y a su carácter de complementariedad a la misma. 3. Serán las facultades y escuelas las que aprobarán el reconocimiento de estos cursos en las titulaciones de su competencia. Deberán desarrollar un reglamento en cada centro que recoja, al menos: el número de horas presenciales por cada crédito, que no podrá ser menor que el crédito de las enseñanzas oficiales donde se va a reconocer; y la compatibilidad horaria con el desarrollo de las enseñanzas oficiales, de manera que no interfieran con ellas. Artículo 33. Reconocimiento por experiencia profesional o laboral. 1. La experiencia profesional o laboral podrá reconocerse en las titulaciones de grado cuando las competencias adquiridas en el ejercicio profesional o laboral correspondan con las competencias inherentes a dicho título. 2. El centro designará la persona competente por cada solicitante para que informe de la adecuación de competencias adquiridas con las del título. 3. El centro será el responsable de aprobar el reconocimiento, con el procedimiento que establezca para ello. Artículo 34. Porcentaje máximo de créditos a reconocer por enseñanzas universitarias no oficiales y por experiencia profesional o laboral. 1. De acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto 861/2010, el número de créditos reconocido por enseñanzas universitarias no oficiales y por la experiencia profesional o laboral no podrá superar, en su conjunto, el 15% de los crédi-
Identificador : 2501820 BORRADOR 41 / 180 El presente Reglamento se estructura sistemáticamente en cuatro Títulos. El Título I recoge las Disposiciones generales, el Título II regula el régimen de los estudiantes enviados desde la UGR, el Título III contempla el régimen de los estudiantes acogidos en la UGR y el Título IV trata de otras modalidades de movilidad. La norma que regirá la movilidad internacional de estudiantes en la UGR ha sido diseñada con la finalidad de potenciarla aún más, mediante el establecimiento de disposiciones que amplían la esfera de derechos de los estudiantes y aclaran sus obligaciones, que aclaran los criterios de reconocimiento de estudios, fijan principios imperativos de confianza entre las partes, y ordenan la coordinación y colaboración en la UGR para la simplificación administrativa. Por otra parte, se incorporan nuevas modalidades de movilidad, en especial el voluntariado internacional y las estancias formativas breves, se regula la obtención de títulos de la UGR en el marco de programas de movilidad, así como los programas internacionales de titulación doble, múltiple o conjunta. Por todo ello, a propuesta del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación al Desarrollo, oídas la Comisión de Relaciones Internacionales y la Comisión del Reglamentos, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada acuerda aprobar el presente Reglamento de movilidad internacional de estudiantes en la sesión celebrada el 18 de diciembre de 2012. Título I Disposiciones generales Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento regula los derechos y obligaciones de los estudiantes en movilidad internacional, así como el procedimiento administrativo aplicable a las estancias de movilidad que realicen los estudiantes de la UGR en universidades o entidades de derecho público o privado de otros países, y a las estancias de movilidad que realicen en la UGR los estudiantes procedentes de universidades de otros países, cualquiera que sea el programa, acuerdo o convenio de intercambio que rija su movilidad. Están excluidos del ámbito de aplicación del presente Reglamento, los estudiantes extranjeros que, al margen de los programas, acuerdos o convenios suscritos por la UGR, cursen estudios conducentes a la obtención de un título expedido por la propia UGR, a los que se les haya aplicado la normativa general de acceso y los procedimientos de admisión establecidos para las titulaciones oficiales de grado y posgrado. Artículo 2. Definiciones A efectos del presente Reglamento, se entenderá por: a) Acuerdo de Estudios: documento en el que quedarán reflejadas, con carácter vinculante, las actividades académicas que se desarrollarán en la universidad de acogida y su correspondencia con las de la universidad de origen; la valoración, en su caso, en créditos ECTS; y las consecuencias del incumplimiento de sus términos. b) Estancias de estudio de duración breve: estancia académica temporal de hasta tres meses en una Universidad o entidad de derecho público o privado, en una plaza de movilidad, en el marco de los programas, acuerdos o convenios suscritos. c) Estancias internacionales para prácticas en empresa: estancias temporales en una entidad de derecho público o privado de otro país para la realización de prácticas curriculares o extracurriculares en el marco de un convenio o programa suscrito por la UGR. d) Estudiante acogido de movilidad temporal: estudiante procedente de una universidad de otro país que realiza una estancia académica temporal en la UGR. e) Estudiante acogido para realizar una titulación completa: estudiante procedente de un sistema educativo extranjero, que se incorpora a la UGR para cursar una titulación completa en el marco de programas, acuerdos o convenios que expresamente prevean esta posibilidad. f) Estudiante enviado: estudiante de la UGR que realiza una estancia académica temporal en una universidad de otro país.
Identificador : 2501820 BORRADOR 42 / 180 g) Intercambio: estancia académica temporal de un mínimo de tres meses en una universidad, en una plaza de movilidad, en el marco de los programas, acuerdos o convenios suscritos. h) Lectorado: estancia académica temporal en una universidad extranjera para realizar tareas de apoyo a la docencia de la lengua y la cultura española en el marco de los programas, acuerdos o convenios suscritos. i) Libre movilidad: estancia académica temporal autorizada por la universidad de origen y la de acogida, al margen de los programas, acuerdos o convenios suscritos. j) Responsable Académico: Decano o Director, o miembro del equipo directivo de un Centro Docente o de la Escuela Internacional de Posgrado que tiene asignada la función de suscribir el Acuerdo de Estudios entre la UGR y el estudiante. k) Título conjunto internacional: programa académico basado en un plan de estudios conjunto y regulado por un convenio internacional. Se caracteriza porque el programa académico se desarrolla en distintas universidades, de entre las cuales sólo la universidad coordinadora expedirá un único título oficial de acuerdo con la normativa vigente en materia de expedición de títulos. l) Título doble o múltiple internacional: programa académico acordado entre dos o más universidades y regulado por un convenio internacional, estructurado para incluir al menos un período de movilidad y que permite, al obtener el título de la universidad de origen, la obtención de uno o más títulos por la(s) universidad(es) de acogida en las que se haya cursado estudios. m) Tutor Docente: miembro del Personal Docente e Investigador, asignado al estudiante por el Centro o por la Escuela Internacional de Posgrado, que asesora y propone el contenido del Acuerdo de Estudios. n) Universidad: institución o Centro de enseñanza superior o de investigación, reconocido como tal por la legislación de su propio Estado. o) Viabilidad académica de la movilidad: condición necesaria de toda movilidad, que se cumple siempre que las actividades formativas de la universidad de acogida tengan correspondencia con las de la titulación de origen en la UGR, y cuyo valor formativo conjunto sea equivalente al de dicha titulación, a efectos de reconocimiento de conocimientos y competencias en la UGR. p) Vicerrectorado: las referencias al Vicerrectorado que se hacen en el presente Reglamento, se entenderán realizadas al Vicerrectorado competente en materia de relaciones internacionales, salvo indicación expresa. q) Voluntariado internacional: estancia temporal en el extranjero para realizar actividades de voluntariado universitario en el marco de los programas, acuerdos o convenios suscritos. Artículo 3. Principios La movilidad internacional de estudiantes de la UGR se rige por los siguientes principios vinculantes: a) Buena fe. b) Confianza legítima en el cumplimiento de los compromisos que se asuman en cada caso sobre el reconocimiento de los estudios cursados en estancias de movilidad internacional. c) Coordinación y colaboración de los órganos y unidades de la UGR competentes en materia de movilidad internacional de estudiantes. d) Publicidad, igualdad, mérito y capacidad en el acceso a los programas y convenios de movilidad. e) Respeto y cumplimiento de los acuerdos interinstitucionales y normas de funcionamiento de los programas que sustenten la movilidad. Artículo 4. Competencia para suscribir convenios de movilidad internacional de estudiantes 1. Al igual que el resto de convenios institucionales y de cooperación, los convenios y acuerdos internacionales de intercambio y movilidad de estudiantes, titulaciones dobles, múltiples o conjuntas serán suscritos por el Rector de acuerdo con los Estatutos de la UGR.
Identificador : 2501820 BORRADOR 43 / 180 2. No obstante, en el desarrollo de determinados programas de movilidad, en particular del Programa Erasmus, la competencia para suscribir acuerdos bilaterales de intercambio con universidades de otros países se podrá delegar en los Decanos o Directores de Centro para los estudios de grado o en el Consejo Asesor de Enseñanzas de Posgrado de la Escuela Internacional de Posgrado (EIP), para los estudios de posgrado. Dichos acuerdos habrán de ser comunicados al Vicerrectorado, en la forma y plazos que éste determine. Artículo 5. Procedimiento para suscribir convenios de movilidad internacional de estudiantes 1. El procedimiento para suscribir convenios específicos de movilidad internacional de estudiantes, con excepción de los referidos en el artículo 4.2, se realizará de acuerdo con la correspondiente normativa reguladora de convenios internacionales de la UGR y deberá contar con el informe del Vicerrectorado. 2. Cuando se trate de convenios específicos para el ámbito de determinadas titulaciones de grado o de posgrado, se recabará un informe de los responsables de dichas titulaciones que especifique el interés del programa de movilidad, y sus condiciones académicas. 3. Será requisito previo para la firma de un convenio bilateral de movilidad de estudiantes asegurar su viabilidad académica, con el fin de que se cumplan los principios en los que se basa el reconocimiento académico, establecidos en el presente Reglamento, de acuerdo con el Estatuto del Estudiante Universitario. Artículo 6. Seguimiento de los convenios La Comisión de Relaciones Internacionales, comisión no delegada del Consejo de Gobierno, tendrá entre sus funciones la de realizar el seguimiento de los convenios de movilidad internacional de estudiantes suscritos por la UGR. Título II De los estudiantes enviados desde la UGR Capítulo I Modalidades, derechos y obligaciones Artículo 7. Modalidades A efectos de la UGR, los estudiantes enviados tendrán alguna de las siguientes situaciones: a) Estudiantes de intercambio. b) Estudiantes de libre movilidad. c) Estudiantes que realicen estancias de estudio de duración breve. d) Estudiantes de prácticas en empresas. e) Voluntariado internacional. Artículo 8. Derechos 1. Los estudiantes enviados que se encuentren en las situaciones a), b) y c) del artículo 7 tendrán los siguientes derechos: a) A la formalización de un Acuerdo de Estudios, que establezca el programa de estudios previsto, incluidos los créditos que se reconocerán. Dicho acuerdo se formalizará antes de la partida del estudiante, y en el plazo de un mes desde su solicitud.
Identificador : 2501820 BORRADOR 44 / 180 b) A la modificación del Acuerdo de Estudios, si se considerase necesario, durante la estancia del estudiante en la universidad de acogida, en caso de que existieran discordancias entre las actividades académicas inicialmente previstas y las realmente ofrecidas en dicha universidad; o en caso de que, a la llegada, se constatara que la elección inicial de actividades formativas resulta inadecuada o inviable. c) A un plazo extraordinario de alteración de matrícula, cuando resulte necesario para reflejar las modificaciones operadas en el Acuerdo de Estudios, y a la devolución, en su caso, de los precios públicos correspondientes. d) Al pleno reconocimiento de las actividades formativas desarrolladas durante su estancia, como parte del plan de estudios de grado o posgrado que estén cursando en la UGR, en los términos previstos en el Acuerdo de Estudios y con las calificaciones obtenidas en la universidad de acogida. e) A disponer, en su caso, de la convocatoria extraordinaria de septiembre en la UGR para examinarse de las actividades formativas evaluadas y no superadas en la universidad de acogida. f) A la incorporación en el Suplemento Europeo al Título de los programas de movilidad en los que haya participado y sus resultados académicos, así como las actividades que no formen parte del contrato o Acuerdo de Estudios y hayan sido acreditadas por la universidad de acogida. 2. Los estudiantes enviados que se encuentren en las situaciones a) y c) del artículo 7 tendrán además los siguientes derechos: a) A recibir información por parte el Vicerrectorado, y de los Centros correspondientes o, en su caso, de la EIP de la UGR, de las convocatorias, becas, requisitos, y trámites administrativos necesarios para la adecuada planificación y organización de las estancias de movilidad internacional. b) A recibir información por parte de su Centro o, en su caso, de la EIP de los planes de estudios, requisitos y condiciones para el reconocimiento de los estudios que se cursen en la estancia de movilidad, y a recibir durante su estancia el apoyo necesario para su adecuado aprovechamiento. Los Centros y la EIP mantendrán actualizada esta información para cada destino, con el apoyo del Vicerrectorado en el caso de convenios generales de la UGR. c) A obtener y mantener aquellas becas o ayudas cuya percepción no sea incompatible con la movilidad. d) A la exención del abono de matrícula de estudios en la Universidad de acogida. e) A la percepción de las ayudas económicas para la movilidad que establezca la convocatoria en la que hayan obtenido una plaza de intercambio, siempre que cumplan los requisitos establecidos en ella. 3. Los estudiantes enviados que se encuentren en las situaciones d) y e) del artículo 7 se regirán por lo dispuesto en el Título IV de este Reglamento. Artículo 9. Obligaciones 1. Los estudiantes enviados tendrán las siguientes obligaciones: a) Cumplimentar y presentar los documentos exigidos, tanto en la UGR como en la universidad de acogida, en la forma y plazos que se establezcan b) Matricularse en la UGR y efectuar los pagos correspondientes, en los plazos que se establezcan, de la totalidad de módulos, materias y asignaturas, o créditos, que consten en el Acuerdo de Estudios y, en su caso, realizar la alteración de matrícula correspondiente a la modificación de dicho Acuerdo en el plazo de un mes desde su aprobación. c) Proveerse de un seguro de asistencia sanitaria y de un seguro de asistencia en viaje con las coberturas mínimas que determine el Vicerrectorado. Además, la Universidad de Granada podrá requerir la contratación de un seguro de responsabilidad civil para determinadas modalidades de movilidad. Cualquiera de los tres tipos de seguro mencionados deberá cubrir todo el periodo de estancia en la universidad de acogida. d) Realizar los trámites correspondientes, antes y durante la estancia en la universidad de acogida, a fin de cumplir las exigencias de la legislación vigente en el país de destino. e) Incorporarse a la universidad de acogida en la fecha establecida por ésta, y comunicar dicha incorporación a la UGR en el plazo de 10 días, por el medio que se establezca en la convocatoria correspondiente.
Identificador : 2501820 BORRADOR 45 / 180 f) Cumplir íntegramente en la universidad de acogida el periodo de estudios acordado, incluidos los exámenes y otras formas de evaluación. g) Respetar las normas de la universidad de acogida. h) Presentar al Vicerrectorado un informe sobre la estancia una vez finalizada. 2. El incumplimiento de estas obligaciones por causas no justificadas comportará para los estudiantes en las situaciones a), c), d) y e) del artículo 7, el reintegro de las ayudas concedidas y la penalización en convocatorias posteriores de movilidad en los términos establecidos en cada convocatoria. 3. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones recogidas en este Reglamento o en las correspondientes convocatorias, de las normas de la universidad de acogida o la desatención de la solicitud de devolución de ayudas podrá comportar la pérdida del derecho al reconocimiento académico. En este último caso, la medida será acordada por el Rector, a propuesta del Vicerrectorado, previo informe contradictorio y con audiencia del interesado. Los Centros académicos y la EIP podrán paralizar cautelarmente el expediente de reconocimiento, por sí o a solicitud del Vicerrectorado, cuando se detecte un incumplimiento grave de las condiciones de la estancia. Capítulo II Del procedimiento para la selección de estudiantes de intercambio Artículo 10. Requisitos y criterios generales 1. Los requisitos y criterios para la concesión de plazas y, en su caso, becas de movilidad internacional por la UGR se especificarán en la correspondiente convocatoria. En todo caso, los estudiantes deberán: a) Estar matriculados en estudios de grado o posgrado conducentes a la obtención de una titulación oficial en la UGR, tanto en el momento de presentar la solicitud como posteriormente, durante el periodo de disfrute de la estancia. b) Haber superado al menos 30 créditos ECTS en estudios de grado en el momento de iniciar la estancia de movilidad, a excepción de los estudiantes matriculados en programas conducentes a la obtención de titulaciones internacionales dobles, múltiples o conjuntas quienes estarán sujetos a lo establecido en el convenio correspondiente. En ningún caso se podrá disfrutar de una estancia de movilidad en el año en el que se ingrese en el primer curso de una titulación de grado. 2. Adicionalmente, se recomienda poder acreditar, al menos, un nivel B1 del Marco Común de Referencia Europeo para las Lenguas (MCREL) en la lengua de instrucción de la universidad de acogida o, en su defecto, en lengua inglesa en el momento de comenzar la estancia de movilidad. No obstante, en las convocatorias correspondientes se podrán establecer requisitos específicos de competencia lingüística, de conformidad con las exigencias de las universidades de acogida. Artículo 11. Convocatorias de plazas de movilidad 1. Anualmente, de acuerdo con el calendario que se determine al inicio de cada curso académico, el Vicerrectorado, oída la Comisión de Relaciones Internacionales, hará públicas las convocatorias de plazas de movilidad junto con sus bases. En todo caso, las bases de las convocatorias incluirán la siguiente información: a) Condiciones de las plazas ofertadas: destino, duración, requisitos académicos y/o lingüísticos, titulaciones elegibles, y cualquier otra que se determine. b) Procedimiento, comisión y criterios de selección. c) Ayudas económicas ofrecidas a los beneficiarios de las plazas de intercambio, en su caso. Las convocatorias establecerán medidas específicas que garanticen la movilidad de estudiantes con discapacidad.
Identificador : 2501820 BORRADOR 46 / 180 2. El Vicerrectorado dictará resolución en el plazo establecido en cada convocatoria, con indicación expresa de los recursos que los interesados puedan interponer contra ella y el plazo de impugnación. La Comisión de Relaciones Internacionales será informada de dichas resoluciones. Capítulo III Del procedimiento para la solicitud y concesión de la modalidad de estudiante de libre movilidad Artículo 12. Requisitos generales para los estudiantes de libre movilidad Los estudiantes que deseen realizar una estancia internacional fuera de la oferta de plazas de intercambio, además de lo establecido en el artículo 10, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Disponer de una carta de aceptación de la universidad de acogida para la realización de los estudios que solicita, que especifique el periodo y las condiciones económicas de la estancia. b) Contar con la autorización del responsable de relaciones internacionales del Centro en el que curse estudios o, en su caso, de la EIP. Artículo 13. Solicitud y resolución 1. Una resolución del Vicerrectorado establecerá anualmente el procedimiento y los plazos de solicitud de las estancias de libre movilidad. 2. El Vicerrectorado resolverá las solicitudes en el plazo máximo de un mes, con indicación expresa de los recursos que los interesados puedan interponer contra ella y el plazo de impugnación. En caso de resolución positiva, se emitirá la correspondiente credencial de estudiante de libre movilidad. La falta de resolución expresa en el plazo establecido implicará la desestimación de la solicitud. Capítulo IV Ampliación de la estancia Artículo 14. Ampliación 1. Cada convocatoria de movilidad regulará el procedimiento y las condiciones en los que se podría optar a una ampliación de estancia. 2. En todo caso, sólo se podrá autorizar una ampliación de la estancia cuando: a) Respete los límites del calendario académico de la UGR para el curso en cuestión. b) Mantenga la modalidad inicialmente concedida. 3. La concesión de dicha autorización no supondrá la ampliación de las ayudas concedidas inicialmente. 4. Serán de aplicación al periodo de ampliación de estancia los derechos y obligaciones recogidos en los artículos 8 y 9 de este Reglamento. Capítulo V Del reconocimiento académico
Identificador : 2501820 BORRADOR 47 / 180 Artículo 15. Competencia 1. La competencia para resolver las solicitudes de reconocimiento académico de los estudios de grado cursados en movilidad internacional corresponde al Rector, quien podrá delegar en los Decanos o Directores de Centro de la UGR. 2. La competencia para resolver las solicitudes de reconocimiento académico de los estudios de posgrado cursados en movilidad internacional corresponde al Rector, quien podrá delegar en el Consejo Asesor de Enseñanzas de Posgrado de la EIP de la UGR. Artículo 16. Principios académicos El reconocimiento académico de los estudios realizados en el marco de una movilidad internacional o en régimen de libre movilidad internacional se regirá por los principios de reconocimiento pleno y responsabilidad. Artículo 17. Principio de reconocimiento pleno 1. Para el reconocimiento pleno de conocimientos y competencias, la UGR atenderá al valor formativo conjunto de las actividades académicas desarrolladas, y no a la identidad entre asignaturas y programas ni a la plena equivalencia de créditos. Serán susceptibles de reconocimiento todos los módulos, materias, asignaturas y créditos de los planes de estudios de la UGR, con independencia de su naturaleza. 2. El Acuerdo de Estudios especificará la correspondencia entre los estudios cursados en la universidad de acogida y los de la titulación de origen en la UGR. Dicha correspondencia podrá ser por curso completo, cuatrimestre completo, módulos, bloques de asignaturas, asignaturas individuales o, en su caso, créditos. 3. Las actividades académicas realizadas en la universidad de acogida serán reconocidas e incorporadas al expediente del estudiante en la UGR una vez terminada su estancia y recibida la certificación correspondiente. 4. Con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas de permanencia de la UGR, la resolución sobre reconocimiento académico deberá reflejar la totalidad de los resultados y respetar todas las calificaciones obtenidas en la universidad de acogida, de acuerdo con los criterios y equivalencias establecidos en la Tabla de Conversión de Calificaciones, elaborada a tal efecto por el Vicerrectorado. En este sentido, cuando la certificación expedida por la universidad de acogida no refleje el resultado y/o la calificación de algún componente del Acuerdo de Estudios, la resolución sobre reconocimiento académico lo hará constar como No presentado. Cuando la calificación obtenida se corresponda con una unidad académica mayor que la asignatura, se realizará una ponderación. 5. Los Centros publicarán los criterios para la obtención de la mención de Matrícula de Honor entre aquellos estudiantes que, de acuerdo con la Tabla de Conversión de Calificaciones, puedan optar a ella. 6. Los programas de movilidad en que haya participado un estudiante y sus resultados académicos, así como las actividades que no formen parte del Acuerdo de Estudios y sean acreditadas por la universidad de acogida, serán recogidos en el Suplemento Europeo al Título. Artículo 18. Principio de responsabilidad 1. El órgano competente para la suscripción del convenio de movilidad garantizará que la oferta de estudios en la universidad de acogida sea adecuada a las necesidades de formación de sus estudiantes y a los requisitos establecidos para su aprovechamiento y pleno reconocimiento. 2. El órgano competente valorará estas circunstancias con carácter previo a la firma del convenio de movilidad y procederá a su revisión periódica durante su vigencia.
Identificador : 2501820 BORRADOR 48 / 180 Artículo 19. Límite de créditos reconocibles Con carácter general, el límite máximo de créditos reconocibles en programas de movilidad internacional será el 50% de los créditos de la titulación de origen en UGR, sin perjuicio de otras reglas específicas que puedan haberse aprobado en el marco de una titulación concreta o los programas de titulación internacional doble, múltiple o conjunta de grado y máster en los que participe la UGR. Artículo 20. Acuerdo de Estudios 1. Una vez firmado por el estudiante y por el Responsable Académico del Centro que imparta la titulación de origen, el Acuerdo de Estudios definido en el art. 2 a) tendrá carácter vinculante a efectos del reconocimiento en la UGR. 2. Para su completa eficacia, el Acuerdo de Estudios deberá ser firmado por las tres partes implicadas en la movilidad: universidad de origen, universidad de acogida y estudiante. 3. Los estudiantes que realicen estancias de movilidad tendrán la consideración de estudiantes a tiempo completo, lo que, en función del nivel de la titulación, se traduce en las siguientes situaciones: a) Estudiantes de grado: con carácter general, el número de créditos objeto del Acuerdo de Estudios será proporcional a la duración de la estancia, teniendo en cuenta que un curso académico equivale a 60 créditos ECTS. Con carácter excepcional, el Acuerdo podrá incluir un número de créditos mayor en el caso de estudiantes que cursen programas de doble titulación de la UGR. b) Estudiantes de máster: con carácter general, el número de créditos objeto del Acuerdo de Estudios no podrá superar el 50% de los créditos de la titulación, independientemente de la duración de la estancia. c) Estudiantes de doctorado: el régimen de reconocimiento de las estancias de movilidad internacional de estos estudiantes será el establecido en su normativa reguladora. 4. Excepcionalmente, tanto en Grado como en Máster podrán autorizarse Acuerdos de Estudios que recojan un número inferior de créditos a la proporcional a la estancia, cuando éste representa la totalidad de los créditos no superados por el estudiante para la obtención del título. 5. Las actividades académicas certificadas por la Universidad de acogida que no estén previstas en el Acuerdo de Estudios, no tendrán reconocimiento de créditos, pero sí serán incorporadas al Suplemento Europeo al Título. Artículo 21. Procedimiento de formalización del Acuerdo de Estudios 1. El Tutor Docente y el estudiante consensuarán una propuesta de contenido del Acuerdo de Estudios que recogerá las materias, asignaturas o créditos que puedan cursarse en la universidad de acogida y sus equivalencias en la UGR. 2. Una vez consensuada, el estudiante presentará la propuesta de Acuerdo de Estudios al Centro o la EIP para su aprobación, en modelo normalizado a través del Registro de la UGR personalmente, a través de representante o, en su caso, por el procedimiento telemático establecido. En caso de que el estudiante no pueda presentar una propuesta consensuada con el Tutor Docente, presentará su propuesta directamente al Centro o a la EIP para su aprobación. 3. El Responsable Académico del Centro o de la EIP resolverá sobre la propuesta y la firmará o, en su caso, denegará la firma del Acuerdo de Estudios motivadamente en el plazo de un mes. Transcurrido dicho plazo sin resolución expresa, se entenderá aceptada la propuesta de Acuerdo de Estudios. 4. En el caso de que la firma del Acuerdo de Estudios sea denegada, el estudiante podrá presentar una nueva propuesta siguiendo las indicaciones del Responsable Académico o, en caso de que el estudiante considere que la denegación vulnera alguna de las disposiciones establecidas en el presente Reglamento, podrá presentar recurso de
Identificador : 2501820 BORRADOR 49 / 180 alzada ante el Rector. Dicho recurso será resuelto en el plazo de tres meses previo informe del Vicerrectorado sobre la compatibilidad de la propuesta con el presente Reglamento. 5. En caso de que el estudiante debiera acreditar la validez de un Acuerdo no firmado por el Responsable Académico, la existencia del silencio podrá ser acreditada por cualquier medio de prueba admitido en Derecho, incluido el certificado acreditativo del silencio producido que pudiera solicitarse del Decano o Director del Centro. Solicitado dicho certificado, éste deberá emitirse en el plazo máximo de quince días. 6. El Vicerrectorado solicitará a los Centros y a la EIP la relación de Acuerdos de Estudios firmados en la forma y plazos que estime conveniente. Artículo 22. Modificación del Acuerdo de Estudios 1. Si se considerase necesario durante la estancia en la universidad de acogida, los estudiantes enviados podrán solicitar al Centro correspondiente o, en su caso, a la EIP, la modificación del Acuerdo de Estudios, por las causas señaladas en el artículo 8 b). 2. Las modificaciones del Acuerdo de Estudios, una vez formalizadas, formarán parte de éste y tendrán carácter vinculante para ambas partes a efectos de reconocimiento. 3. Antes de formalizarla, el estudiante consensuará la propuesta de modificación del Acuerdo de Estudios con su Tutor Docente. Una vez consensuada, el estudiante presentará a través del Registro de la UGR personalmente, a través de representante o, en su caso, por el procedimiento telemático establecido el Acuerdo definitivo en el impreso normalizado. En caso de que el estudiante no pueda presentar una propuesta consensuada con el Tutor Docente, presentará su propuesta directamente al Centro o a la EIP para su aprobación. 4. El Responsable Académico del Centro o de la EIP resolverá sobre la modificación, y firmará o denegará la firma del Acuerdo definitivo motivadamente en el plazo de un mes, transcurrido el cual, de no producirse resolución expresa, se entenderá aceptada la propuesta de modificación. 5. La Universidad de Granada establecerá anualmente los plazos pertinentes para la formalización de la modificación de los Acuerdos de Estudios, que estarán vinculados a los plazos de alteración de matrícula. Si fuera necesario, los Centros o la EIP autorizarán la alteración de matrícula en un plazo extraordinario si la modificación de un Acuerdo de Estudios así lo exigiera. 6. Cualquiera que sea la forma de tramitación, el Acuerdo de Estudios final resultante de la modificación quedará depositado en el Centro. En el caso de que la modificación no se realizara por el procedimiento telemático, el Centro notificará al estudiante la formalización de la modificación mediante el envío de la copia firmada del Acuerdo final a la dirección institucional de correo electrónico del estudiante, de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, sin perjuicio de su entrega en comparecencia por sí o a través de representante. 7. El Vicerrectorado solicitará a los Centros la relación de Acuerdos de Estudios modificados en la forma y plazos que estime conveniente. Artículo 23. Procedimiento de reconocimiento 1. Una vez finalizada la estancia y, en todo caso, antes del comienzo del curso académico siguiente, el estudiante deberá presentar en el Centro competente o, en su caso, en la EIP una instancia normalizada mediante la que solicite el reconocimiento de los módulos, materias y/o asignaturas cursados, a la que se deberá acompañar un certificado académico oficial de la universidad de acogida, en el que consten todos los módulos, materias y/o asignaturas cursados y las calificaciones obtenidas. En caso de que, en el momento de la solicitud, el certificado académico oficial no haya sido enviado por la universidad de acogida, se hará constar esta circunstancia, y la resolución del procedimiento de reconocimiento quedará en suspenso hasta la incorporación de dicha certificación al expediente.
Identificador : 2501820 BORRADOR 50 / 180 2. Una vez recibida la solicitud, el órgano competente dictará resolución en el plazo máximo de dos meses sobre el reconocimiento solicitado, que deberá respetar en todo caso el Acuerdo de Estudios y sus eventuales modificaciones, según lo establecido en el artículo 17. 3. Para dar cumplimiento al reconocimiento académico, el estudiante deberá haber satisfecho los trámites y requisitos establecidos en el programa en el que participa y en el presente Reglamento, incluida la matriculación correspondiente. El incumplimiento injustificado de estas obligaciones podrá conllevar la pérdida del derecho al reconocimiento de los créditos correspondientes de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.3. En caso de que el incumplimiento fuera subsanable por el interesado, el procedimiento de reconocimiento quedará en suspenso hasta que se produzca dicha subsanación. 4. Las resoluciones sobre reconocimiento académico que se dicten por delegación del Rector, agotan la vía administrativa según lo dispuesto en el artículo 84 de los Estatutos de la UGR y serán recurribles en recurso potestativo de reposición ante el Rector de la UGR, o podrán ser impugnadas directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo. Título III De los estudiantes acogidos en la UGR Capítulo I Modalidades, derechos y obligaciones Artículo 24. Modalidades de movilidad A efectos de la UGR, los estudiantes acogidos tendrán alguna de las siguientes situaciones: a) Intercambio de movilidad temporal. b) Libre movilidad. c) Estancias para realizar una titulación completa. Artículo 25. Derechos y obligaciones de los estudiantes acogidos 1. Con carácter general, los estudiantes acogidos tendrán, durante su estancia, los mismos derechos y obligaciones que los estudiantes de la UGR. 2. Los estudiantes acogidos tendrán la obligación de estar provistos de un seguro de asistencia sanitaria y de un seguro de asistencia en viaje con las coberturas mínimas que determine el Vicerrectorado durante todo el período de estudios en la UGR. 3. Los estudiantes acogidos tendrán la obligación de realizar todos los trámites legales establecidos en la normativa española en materia de extranjería en función de su procedencia y la modalidad de estancia. Artículo 26. Competencia lingüística 1. Con carácter general, y a excepción de los planes de estudios que se impartan en otras lenguas, se recomienda un nivel mínimo B1 (MCERL) en lengua española para poder cursar satisfactoriamente estudios de grado en la UGR. 2. En el caso de los estudios de posgrado, será obligatorio acreditar un nivel mínimo B1 (MCERL) en la lengua de instrucción del programa para poder matricularse.
Identificador : 2501820 BORRADOR 57 / 180 te los mencionados preceptos para el reconocimiento de créditos en las titulaciones de su competencia. Además, el artículo 39 de la anterior normativa, referido a los órganos competentes para los títulos de grado, establece en su apartado 1º que los procedimientos de reconocimiento y transferencia de créditos son competencia del Rector, quien podrá delegar en los Decanos y Directores de Centros de la Universidad de Granada. Pues bien, la Resolución de 2 de octubre de 2015, de la Universidad de Granada, referente a la delegación de competencias de este Rectorado en los Decanos, Directores de Escuela, Directores de Instituto Universitario de Investigación, así como en órganos de la Escuela Internacional de Posgrado (BOJA nº 197, de 8 de octubre de 2015, p. 174 y ss.) procede a regular; en su Artículo Segundo, apartado b); dicha delegación de competencias en los Decanos, a los efectos de dicho artículo 39. Artículo 1. Definición y ámbito de aplicación. 1. El presente Reglamento será aplicable al reconocimiento de créditos tanto de enseñanzas universitarias no oficiales como el reconocimiento de créditos por la experiencia profesional o laboral en las titulaciones de Grado en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad de Granada. 2. A los efectos de aplicación de esta normativa: a) Se consideran enseñanzas universitarias no oficiales los títulos propios de la Universidad de Granada o de otras universidades, así como los cursos organizados por los diversos centros y servicios de la Universidad de Granada y aquellos cursos organizados al amparo de convenios con instituciones sin ánimo de lucro. b) La experiencia profesional o laboral podrá reconocerse cuando las competencias adquiridas en el ejercicio profesional o laboral correspondan con las competencias inherentes a dichas titulaciones. Artículo 2. Órgano competente. El órgano competente para el reconocimiento de créditos de cursos organizados por los diversos centros y servicios de la Universidad de Granada y aquellos organizados al amparo de convenios con instituciones sin ánimo de lucro, será la Comisión de Gobierno de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología. En el caso del reconocimiento de los títulos propios de la Universidad de Granada o de otras universidades, así como el reconocimiento por experiencia profesional o laboral, el órgano competente será la Comisión de Ordenación Académica de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología. Artículo 3. Calificación, certificación y anotación en el expediente académico. 1. Con carácter general, los créditos que se reconozcan en virtud del presente reglamento se incorporarán al expediente académico del estudiante en el componente curricular de optatividad sin calificación, por lo que no computarán a efectos de baremación del expediente. 2. El estudiante podrá solicitar que la enseñanza universitaria no oficial cursada sea reconocida bien como créditos optativos en el Grado, bien en el Certificado de educación no formal correspondiente a los programas formativos establecidos por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad de Granada, pero en ningún caso en ambos. 3. Asimismo, los créditos que hayan sido objeto de reconocimiento serán reflejados, en su caso, en el Suplemento Europeo al Título. Artículo 4. Validez académica. 1. El reconocimiento de la enseñanza universitaria no oficial y el reconocimiento por experiencia profesional o laboral tendrán validez académica limitada en el tiempo para su incorporación al expediente académico del estudiante. 2. Como regla general, el reconocimiento de la enseñanza universitaria no oficial deberá ser solicitado por el estudiante y gestionado e incorporado a su expediente académico en el propio curso académico en el que ha sido cursada y/o realizada, o en el siguiente curso académico. Sólo podrán ser objeto de reconocimiento las enseñanzas universitarias no oficiales que hayan sido realizadas simultáneamente a las enseñanzas del correspondiente plan de estudios a cuyo expediente se solicita la incorporación.
Identificador : 2501820 BORRADOR 58 / 180 Artículo 5. Máximo de créditos a reconocer por enseñanzas universitarias no oficiales y por experiencia profesional o laboral. 1. Se reconocerá hasta 1 crédito por cada 25 horas de trabajo del estudiante, si bien, el número de horas presenciales por cada crédito no será menor que el estipulado para los créditos de las enseñanzas oficiales donde se va a reconocer. 2. El número máximo de créditos a reconocer por cada actividad de enseñanzas universitarias no oficiales será de 4 créditos siempre que se cumpla lo previsto en el apartado 1. 3. Se podrán reconocer hasta 4 créditos por un año de experiencia laboral o profesional a tiempo completo, o su equivalente en horas (aproximadamente 1780 horas). En cualquier caso, deberá estar justificada la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos en el plan de estudios, y la experiencia laboral o profesional. 4. El número máximo de créditos a reconocer por enseñanzas universitarias no oficiales y por experiencia profesional o laboral será establecido por la Comisión de Gobierno de Facultad de Ciencias Políticas y Sociología, en el primer caso, y por la Comisión de Ordenación Académica, en el segundo. De acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto 861/2010, el número total de créditos reconocido por enseñanzas universitarias no oficiales y por la experiencia profesional o laboral no podrá superar, en su conjunto, el 15% de los créditos de la titulación. Será el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada el que determine el número o porcentaje de créditos que pueden reconocerse por cada concepto. Artículo 6. Adecuación y criterios a considerar en el reconocimiento de créditos. 1. Las enseñanzas universitarias no oficiales se reconocerán en función de: a) Adecuación a la titulación. b) Complementariedad a la titulación. c) Calidad académica de los contenidos de las enseñanzas. d) Méritos de los profesores que las impartirán. Se valorará positivamente la participación de profesionales externos de reconocido prestigio, que aporten su experiencia profesional, en aquellos cursos cuyos contenidos así lo requieran. 2. En ningún caso podrán ser objeto de reconocimiento aquellas enseñanzas no oficiales de contenido idéntico o muy similar al de las materias propias de la titulación de grado en la que se pretende que tenga efecto el reconocimiento. 3. La experiencia profesional o laboral se reconocerá en función de la actividad realizada y acreditada por la persona interesada. Se tendrá en cuenta la duración y el grado de afinidad de dicha experiencia con las competencias propias de la titulación de Grado en la que se pretende que tenga efecto el reconocimiento. El centro designará la persona competente, por cada solicitante, para que informe a la Comisión de Ordenación Académica de la adecuación existente entre las competencias adquiridas y las del título afectado. Cada solicitud será estudiada individualmente por dicha Comisión. Artículo 7. Requisitos de presentación de solicitudes de reconocimiento de créditos por enseñanzas universitarias no oficiales a instancia de los organizadores de las mismas. Los cursos habrán de cumplir los siguientes requisitos: 1. La propuesta deberá presentarse en los Registros Oficiales de la Universidad. 2. Se considerarán como enseñanzas universitarias no oficiales, exclusivamente, lo señalado en el artículo 1 del presente Reglamento. 3. La documentación a entregar habrá de incluir, necesariamente, lo siguiente:
Identificador : 2501820 BORRADOR 59 / 180 a) Programa completo, especificando el número de horas (presenciales y no presenciales) para cada uno de los diferentes ítems de los que conste la enseñanza. b) Objetivos, temática, metodología docente teórica y práctica, y competencias adquiridas. c) Sistema de evaluación y control de asistencia. d) Calendario y horario académico. e) Profesorado, currículum vitae abreviado y dedicación en horas. f) Precio de la matrícula, en su caso. Artículo 8. Requisitos de presentación solicitudes de reconocimiento de créditos por enseñanzas universitarias no oficiales y por experiencia profesional o laboral a instancia del estudiante. 1. El procedimiento administrativo para el reconocimiento se iniciará a solicitud de quien posea la condición de estudiante con expediente abierto en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología en los estudios conducentes a los títulos de Grado impartidos en el Centro. 2. Será condición necesaria para el reconocimiento de los cursos organizados por los diversos centros y servicios de la Universidad de Granada y aquellos cursos organizados al amparo de convenios con instituciones sin ánimo de lucro, presentar, conjuntamente con la solicitud de reconocimiento, un documento acreditativo expedido por el ente organizador, donde necesariamente deberá constar: a) Nombre y apellidos de la persona interesada. b) El título, acreditación o certificado de aprovechamiento deberá ser expedido por el ente organizador de la enseñanza universitaria no oficial, con mención expresa de la fecha de desarrollo de la enseñanza, número de horas, firma y sello oficial de la institución organizadora. 3. En el caso de que el estudiante presente una solicitud de reconocimiento de un título propio de la Universidad de Granada o de otras Universidades, en el certificado deberá constar al menos: a) El nombre y apellidos de la persona interesada. b) El organizador/es de la enseñanza, con firma y sello oficial de la institución organizadora. c) El número de horas presenciales y no presenciales. d) El programa oficial completo del título propio realizado. 4. Será condición necesaria para que la experiencia laboral o profesional pueda ser sometida a reconocimiento que el estudiante aporte la siguiente información: a) Nombre y apellidos de la persona solicitante. b) Dirección postal, teléfono y correo electrónico de la persona solicitante. c) Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, la Mutualidad a la que estuvieran afiliados o su equivalente en el caso de organismos extranjeros, donde conste la denominación de la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación. d) Los respectivos contratos de trabajo y prórroga de los mismos, si procediese, que acrediten la experiencia laboral de la persona solicitante, o en su caso, nombramiento de la Administración correspondiente. e) Los trabajadores autónomos o por cuenta propia deberán aportar Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente, descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma. f) Acreditación de la empresa donde conste el código de clasificación nacional de actividades económicas (CNAE) establecido según la normativa vigente.
Identificador : 2501820 BORRADOR 60 / 180 g) Memoria de actividades profesionales o laborales desarrolladas, que incluya una descripción de las mismas durante el/los periodo/s de trabajo con una extensión máxima de 5 páginas. La Facultad podrá solicitar verificación de cualquier aspecto de dicha memoria, así como requerir, en los casos que así se decida, una entrevista personal. Esta memoria deberá ajustarse a la siguiente estructura: 1º. Portada: Nombre de la empresa, datos personales de la persona solicitante, titulación e índice. 2º. Breve información sobre la empresa (nombre, ubicación, sector de actividad). 3º. Departamentos o unidades en las que se haya prestado servicio. 4º. Formación recibida: cursos y programas informáticos. 5º. Descripción de actividades desarrolladas. 6º. Competencias, habilidades y destrezas adquiridas a lo largo del periodo de la actividad profesional o laboral (objetivos cumplidos y/o no cumplidos). 5. La Facultad de Ciencias Políticas y Sociología podrá requerir a la persona solicitante cuanta información adicional considere oportuna para valorar la solicitud en el caso del reconocimiento de los títulos propios de la Universidad de Granada o de otras universidades, y del reconocimiento por experiencia profesional o laboral. 6. En el caso de que la mencionada documentación no esté en español, se podrá requerir traducción y legalización. Artículo 9. Plazo de presentación de solicitudes a instancia de sus organizadores. La presentación de solicitudes en el caso de reconocimiento de enseñanzas universitarias no oficiales se efectuará como mínimo dos meses antes de la realización de la actividad formativa. Artículo 10. Plazo de solicitud de reconocimiento a instancia del estudiantado. El plazo de solicitud será el que, para cada curso académico, establezca la Universidad de Granada. Artículo 11. Compatibilidad horaria. La Facultad de Ciencias Políticas y Sociología velará porque las enseñanzas universitarias no oficiales susceptibles de reconocimiento no interfieran con el desarrollo de las enseñanzas oficiales. Artículo 12. Instrucción y resolución del procedimiento. El procedimiento constará de los siguientes trámites: a) Comprobación de la validez formal de la documentación aportada. b) En el caso del reconocimiento de los cursos organizados por los diversos centros y servicios de la Universidad de Granada y aquellos cursos organizados al amparo de convenios con instituciones sin ánimo de lucro, se computará automáticamente lo acordado por la Comisión de Gobierno para cada curso. c) En el caso del reconocimiento de un título propio de la Universidad de Granada o de otras Universidades, y el reconocimiento por experiencia profesional y laboral, la Comisión de Ordenación Académica comprobará la adecuación de las competencias y conocimientos adquiridos de acuerdo al plan de estudios y, cuando proceda, a efectos de la obtención del título, se indicará el número de créditos a la que se aplicará el reconocimiento. d) La resolución y la notificación por el órgano competente se realizará a los interesados en el plazo y forma regulados en la legislación vigente. e) Contra las resoluciones adoptadas por el órgano competente en virtud del presente Reglamento, los interesados podrán presentar recurso de reposición ante la Rectora de la Universidad de Granada, cuya resolución agotará la vía administrativa.
Identificador : 2501820 BORRADOR 61 / 180 Disposición adicional única. En los casos en que esta Normativa utiliza sustantivos de género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos de trabajo, debe entenderse que se hace por mera economía de la expresión, y que se utilizan de forma genérica con independencia del género de las personas aludidas o de los titulares de dichos cargos o puestos, con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos. Disposición final única. La presente entrará en vigor al día siguiente de su aprobación. La Facultad dará publicidad de la misma a través de las distintas fuentes de información de las que dispone, bien a través de los tablones de anuncios o bien a través de los medios digitales que disponga. 4.5 CURSO DE ADAPTACIÓN PARA TITULADOS
Identificador : 2501820 BORRADOR 62 / 180 5. PLANIFICACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS 5.1 DESCRIPCIÓN DEL PLAN DE ESTUDIOS Ver Apartado 5: Anexo 1. 5.2 ACTIVIDADES FORMATIVAS Clases lectivas teóricas y prácticas Seminarios Pruebas de evaluación Estudio individual del alumno Preparación y realización de trabajos Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5.3 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de laboratorio y/o clínicas y/o talleres de habilidades, rotaciones en centros de salud y/o servicios de medicina preventiva Prácticas de campo Prácticas en sala de informática Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales Seguimiento del TFG 5.4 SISTEMAS DE EVALUACIÓN Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 5.5 NIVEL 1: FORMACIÓN BÁSICA 5.5.1 Datos Básicos del Nivel 1 NIVEL 2: Ciencia Política 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER RAMA MATERIA Básica Ciencias Sociales y Jurídicas Ciencia Política ECTS NIVEL2 24 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 12 12 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA
Identificador : 2501820 BORRADOR 63 / 180 Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No NIVEL 3: Fundamentos de Ciencia Política: Conceptos y Enfoques 5.5.1.1.1 Datos Básicos del Nivel 3 CARÁCTER ECTS ASIGNATURA DESPLIEGUE TEMPORAL Básica 6 Semestral DESPLIEGUE TEMPORAL ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 6 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No NIVEL 3: Fundamentos de Ciencia Política: Actores y Procesos 5.5.1.1.1 Datos Básicos del Nivel 3 CARÁCTER ECTS ASIGNATURA DESPLIEGUE TEMPORAL Básica 6 Semestral DESPLIEGUE TEMPORAL ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 6 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No
Identificador : 2501820 BORRADOR 64 / 180 ITALIANO OTRAS No No NIVEL 3: Fundamentos de Ciencia de la Administración 5.5.1.1.1 Datos Básicos del Nivel 3 CARÁCTER ECTS ASIGNATURA DESPLIEGUE TEMPORAL Básica 6 Semestral DESPLIEGUE TEMPORAL ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 6 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No NIVEL 3: Administraciones Públicas en España 5.5.1.1.1 Datos Básicos del Nivel 3 CARÁCTER ECTS ASIGNATURA DESPLIEGUE TEMPORAL Básica 6 Semestral DESPLIEGUE TEMPORAL ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 6 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE En atención a las recomendaciones recogidas en el documento Formación Curricular en Diseño para Todas las Personas en Ciencias Políticas, se propone la introducción de los siguientes objetivos de aprendizaje por asignatura:
Identificador : 2501820 BORRADOR 65 / 180 Fundamentos de Ciencia Política: Actores y procesosFundamentos de Ciencia Política: Actores y procesos: Conocer y comprender el comportamiento de actores sociales y su acción colectiva en el proceso político para la defensa de los derechos de las personas con discapacidad. Administraciones Públicas en España: Conocer y comprender la promoción de medidas públicas para garantizar los derechos de las personas con discapacidad en su relación con la Administración del Estado y las CCAA 5.5.1.3 CONTENIDOS Fundamentos de Ciencia Política: Conceptos y Enfoques ·Conceptos fundamentales de la Ciencia Política ·Enfoques teóricos y metodología de la Ciencia Política Fundamentos de Ciencia Política: Actores y Procesos ·Actores y procesos políticos ·Conceptos fundamentales de la Ciencia de la Administración Fundamentos de Ciencia de la Administración ·Enfoques teóricos y metodología de la Ciencia de la Administración Administraciones Públicas en España ·Estructura, organización y funcionamiento de las Administraciones Públicas en sus diferentes ámbitos 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG4 - Desarrollo de destrezas informáticas relativas al ámbito de estudio. CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG7 - Capacidad de toma de decisiones. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG10 - Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG15 - Capacidad de liderazgo. CG16 - Conocimiento de otras culturas y costumbres. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio
Identificador : 2501820 BORRADOR 66 / 180 CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE1 - Identificar las principales teorías y enfoques de la Ciencia Política y de la Administración. CE3 - Describir, explicar y analizar la estructura y el funcionamiento de las instituciones políticas. CE7 - Describir, explicar y analizar la estructura, la organización y el funcionamiento de las Administraciones públicas en sus distintos ámbitos. CE15 - Utilizar tecnologías de la información y de la comunicación y analizar su impacto en el sistema político. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 180 100 Seminarios 28 100 Pruebas de evaluación 12 100 Estudio individual del alumno 200 0 Preparación y realización de trabajos 160 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 20 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Prácticas en sala de informática Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0
Identificador : 2501820 BORRADOR 73 / 180 6 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No NIVEL 3: Ordenamiento Constitucional Español 5.5.1.1.1 Datos Básicos del Nivel 3 CARÁCTER ECTS ASIGNATURA DESPLIEGUE TEMPORAL Básica 6 Semestral DESPLIEGUE TEMPORAL ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 6 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS Teoría del Derecho ·El concepto de derecho. Teorías y enfoques ·La Constitución y el sistema jurídico ·El marco legal de la actividad política y administrativa Ordenamientos Constitucional Español ·Derechos fundamentales y libertades públicas ·El derecho como fenómeno social y político ·La estructura del ordenamiento jurídico y su relación con el sistema político-institucional. 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS
Identificador : 2501820 BORRADOR 74 / 180 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG16 - Conocimiento de otras culturas y costumbres. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE3 - Describir, explicar y analizar la estructura y el funcionamiento de las instituciones políticas. CE6 - Identificar las teorías políticas clásicas y contemporáneas. CE8 - Identificar el marco legal de la actividad que realizan las Administraciones públicas. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 90 100 Seminarios 14 100 Pruebas de evaluación 6 100 Estudio individual del alumno 100 0 Preparación y realización de trabajos 80 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 10 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES
Identificador : 2501820 BORRADOR 75 / 180 Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 NIVEL 2: Sociología 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER RAMA MATERIA Básica Ciencias Sociales y Jurídicas Sociología ECTS NIVEL2 12 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 6 6 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No NIVEL 3: Sociología General 5.5.1.1.1 Datos Básicos del Nivel 3
Identificador : 2501820 BORRADOR 76 / 180 CARÁCTER ECTS ASIGNATURA DESPLIEGUE TEMPORAL Básica 6 Semestral DESPLIEGUE TEMPORAL ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 6 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No NIVEL 3: Técnicas de Producción de Datos Socio-políticos 5.5.1.1.1 Datos Básicos del Nivel 3 CARÁCTER ECTS ASIGNATURA DESPLIEGUE TEMPORAL Básica 6 Semestral DESPLIEGUE TEMPORAL ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 6 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS Sociología ·La Sociología y las estructuras de poder en la vida social y las instituciones sociales. ·Estructura, Cultura y Cambio social. ·La socialización política. Técnicas de Producción de Datos Socio-políticos
Identificador : 2501820 BORRADOR 77 / 180 ·Los métodos y las técnicas de investigación política y social. 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG4 - Desarrollo de destrezas informáticas relativas al ámbito de estudio. CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG7 - Capacidad de toma de decisiones. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG10 - Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG14 - Capacidad para desarrollar actividades creativas. CG15 - Capacidad de liderazgo. CG16 - Conocimiento de otras culturas y costumbres. CG17 - Iniciativa y espíritu emprendedor. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE5 - Interpretar los procesos políticos en su dimensión histórica, política y social. CE12 - Aplicar los métodos y las técnicas de investigación política y social. CE13 - Operar con datos cuantitativos y cualitativos en la investigación sociopolítica. CE15 - Utilizar tecnologías de la información y de la comunicación y analizar su impacto en el sistema político. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos.
Identificador : 2501820 BORRADOR 78 / 180 CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 56 100 Seminarios 56 50 Pruebas de evaluación 6 100 Estudio individual del alumno 102 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 40 0 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Prácticas en sala de informática Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 5.5 NIVEL 1: TEORÍAS POLÍTICAS 5.5.1 Datos Básicos del Nivel 1 NIVEL 2: Historia de las Ideas Políticas 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Obligatoria ECTS NIVEL 2 6 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 6
Identificador : 2501820 BORRADOR 79 / 180 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS ·Génesis de los conceptos y las construcciones teóricas de la teoría política actual ·Modelos de organización del poder político: desde la polis a la globalización 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG10 - Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG16 - Conocimiento de otras culturas y costumbres. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos
Identificador : 2501820 BORRADOR 80 / 180 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE4 - Analizar el comportamiento de los actores políticos y de los ciudadanos. CE6 - Identificar las teorías políticas clásicas y contemporáneas. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 NIVEL 2: Teoría Política: Conceptos y Tradiciones de pensamiento 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Obligatoria ECTS NIVEL 2 6 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3
Identificador : 2501820 BORRADOR 81 / 180 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS ·Las teorías políticas clásicas y modernas 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG10 - Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG15 - Capacidad de liderazgo. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES
Identificador : 2501820 BORRADOR 82 / 180 No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE4 - Analizar el comportamiento de los actores políticos y de los ciudadanos. CE6 - Identificar las teorías políticas clásicas y contemporáneas. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Prácticas de campo Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 NIVEL 2: Corrientes Actuales de la Teoría Política 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Obligatoria ECTS NIVEL 2 6
Identificador : 2501820 BORRADOR 89 / 180 CE15 - Utilizar tecnologías de la información y de la comunicación y analizar su impacto en el sistema político. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Prácticas en sala de informática Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 NIVEL 2: Gestión Pública, Planificación Estratégica y Calidad en las Administraciones Públicas 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Obligatoria ECTS NIVEL 2 6 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral
Identificador : 2501820 BORRADOR 90 / 180 ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE En atención a las recomendaciones recogidas en el documento Formación Curricular en Diseño para Todas las Personas en Ciencias Políticas, se propone la introducción de los siguientes objetivos de aprendizaje por asignatura. Gestión Pública, Planifi-cación Estratégica y Calidad en las AA. PP: Conocer y aprender a aplicar el Diseño para todas las personas en la producción y la gestión de servicios públicos. 5.5.1.3 CONTENIDOS ·Gestión pública ·Planificación en las Administraciones Públicas ·Gestión de la calidad en las Administraciones Públicas 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG4 - Desarrollo de destrezas informáticas relativas al ámbito de estudio. CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG7 - Capacidad de toma de decisiones. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG10 - Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG14 - Capacidad para desarrollar actividades creativas. CG16 - Conocimiento de otras culturas y costumbres. CG17 - Iniciativa y espíritu emprendedor. CG18 - Motivación por la calidad.
Identificador : 2501820 BORRADOR 91 / 180 CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE3 - Describir, explicar y analizar la estructura y el funcionamiento de las instituciones políticas. CE7 - Describir, explicar y analizar la estructura, la organización y el funcionamiento de las Administraciones públicas en sus distintos ámbitos. CE10 - Analizar, planificar, implantar y evaluar políticas públicas. CE12 - Aplicar los métodos y las técnicas de investigación política y social. CE15 - Utilizar tecnologías de la información y de la comunicación y analizar su impacto en el sistema político. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Prácticas en sala de informática Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos
Identificador : 2501820 BORRADOR 92 / 180 Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 NIVEL 2: Economía del Sector Público 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Obligatoria ECTS NIVEL 2 6 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 6 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS ·Economía del Sector Público 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana
Identificador : 2501820 BORRADOR 93 / 180 CG4 - Desarrollo de destrezas informáticas relativas al ámbito de estudio. CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG7 - Capacidad de toma de decisiones. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG10 - Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG14 - Capacidad para desarrollar actividades creativas. CG16 - Conocimiento de otras culturas y costumbres. CG17 - Iniciativa y espíritu emprendedor. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE9 - Analizar el entorno económico y evaluar la financiación pública. CE15 - Utilizar tecnologías de la información y de la comunicación y analizar su impacto en el sistema político. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 28 100 Seminarios 28 50 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 51 0 Preparación y realización de trabajos 20 0
Identificador : 2501820 BORRADOR 94 / 180 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 20 0 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Prácticas en sala de informática Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 NIVEL 2: Régimen Jurídico de la Actividad Administrativa I 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Obligatoria ECTS NIVEL 2 6 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No
Identificador : 2501820 BORRADOR 95 / 180 NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS ·Marco legal que regula la estructura de las Administraciones ·Actos y procedimientos administrativos ·La posición jurídica de la Administración y los administrados 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG7 - Capacidad de toma de decisiones. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE3 - Describir, explicar y analizar la estructura y el funcionamiento de las instituciones políticas. CE7 - Describir, explicar y analizar la estructura, la organización y el funcionamiento de las Administraciones públicas en sus distintos ámbitos. CE8 - Identificar el marco legal de la actividad que realizan las Administraciones públicas. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión.
Identificador : 2501820 BORRADOR 96 / 180 CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 NIVEL 2: Régimen Jurídico de la Actividad Administrativa II 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Obligatoria ECTS NIVEL 2 6 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 6 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE
Identificador : 2501820 BORRADOR 97 / 180 CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS ·Actividad administrativa de limitación, fomento y servicio público ·Actividad administrativa contractual, expropiatoria y sancionadora ·Procedimientos administrativos de la Unión Europea. 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG7 - Capacidad de toma de decisiones. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE3 - Describir, explicar y analizar la estructura y el funcionamiento de las instituciones políticas.
Identificador : 2501820 BORRADOR 98 / 180 CE7 - Describir, explicar y analizar la estructura, la organización y el funcionamiento de las Administraciones públicas en sus distintos ámbitos. CE8 - Identificar el marco legal de la actividad que realizan las Administraciones públicas. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 5.5 NIVEL 1: ACTORES, COMPORTAMIENTOS Y PROCESOS POLÍTICOS 5.5.1 Datos Básicos del Nivel 1 NIVEL 2: Sistema Político Español 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2
Identificador : 2501820 BORRADOR 105 / 180 CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Prácticas en sala de informática Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 NIVEL 2: Análisis de Datos Socio-políticos 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Obligatoria ECTS NIVEL 2 6 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 6 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6
Identificador : 2501820 BORRADOR 106 / 180 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS 1. Técnicas de resumen, descripción y análisis de la información cuantitativa 2. Tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) 3. Impacto de las TIC en el sistema político 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG4 - Desarrollo de destrezas informáticas relativas al ámbito de estudio. CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG7 - Capacidad de toma de decisiones. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG15 - Capacidad de liderazgo. CG17 - Iniciativa y espíritu emprendedor. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado
Identificador : 2501820 BORRADOR 107 / 180 CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE12 - Aplicar los métodos y las técnicas de investigación política y social. CE13 - Operar con datos cuantitativos y cualitativos en la investigación sociopolítica. CE15 - Utilizar tecnologías de la información y de la comunicación y analizar su impacto en el sistema político. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 28 100 Seminarios 28 50 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 51 0 Preparación y realización de trabajos 20 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 20 0 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Prácticas en sala de informática Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en 0.0 20.0
Identificador : 2501820 BORRADOR 108 / 180 grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. NIVEL 2: Comunicación Política 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Obligatoria ECTS NIVEL 2 6 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 6 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS 1. Teorías de la comunicación 2. Opinión pública 3. Técnicas de comunicación política 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG4 - Desarrollo de destrezas informáticas relativas al ámbito de estudio. CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG10 - Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG14 - Capacidad para desarrollar actividades creativas. CG15 - Capacidad de liderazgo.
Identificador : 2501820 BORRADOR 109 / 180 CG17 - Iniciativa y espíritu emprendedor. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE4 - Analizar el comportamiento de los actores políticos y de los ciudadanos. CE14 - Aplicar las técnicas de comunicación política. CE15 - Utilizar tecnologías de la información y de la comunicación y analizar su impacto en el sistema político. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Prácticas en sala de informática Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo
Identificador : 2501820 BORRADOR 110 / 180 Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 NIVEL 2: Comportamiento Político, Partidos y Grupos de presión 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Obligatoria ECTS NIVEL 2 6 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS 1. Partidos: tipología, funciones y sistema de partidos 2. Instrumentos y técnicas de análisis de los sistemas de partidos 3. Comportamiento de los actores políticos y de los ciudadanos en Democracia 4. Elites y liderazgo político 5. Grupos de presión y los nuevos movimientos políticos y sociales 6. Representación y Participación política 7. Cultura Política 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis.
Identificador : 2501820 BORRADOR 111 / 180 CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG4 - Desarrollo de destrezas informáticas relativas al ámbito de estudio. CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG10 - Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG14 - Capacidad para desarrollar actividades creativas. CG15 - Capacidad de liderazgo. CG16 - Conocimiento de otras culturas y costumbres. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE4 - Analizar el comportamiento de los actores políticos y de los ciudadanos. CE15 - Utilizar tecnologías de la información y de la comunicación y analizar su impacto en el sistema político. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0
Identificador : 2501820 BORRADOR 112 / 180 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Prácticas en sala de informática Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 NIVEL 2: Proceso político español 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Obligatoria ECTS NIVEL 2 6 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 6 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS
Identificador : 2501820 BORRADOR 113 / 180 No No NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS ·Actores políticos nacionales e internacionales ·Subsistemas del sistema político español: formación e interacción ·Interrelación entre los sistemas políticos y administrativos con la esfera social y económica 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG10 - Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG14 - Capacidad para desarrollar actividades creativas. CG16 - Conocimiento de otras culturas y costumbres. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE3 - Describir, explicar y analizar la estructura y el funcionamiento de las instituciones políticas. CE4 - Analizar el comportamiento de los actores políticos y de los ciudadanos. CE5 - Interpretar los procesos políticos en su dimensión histórica, política y social. CE15 - Utilizar tecnologías de la información y de la comunicación y analizar su impacto en el sistema político. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración.
Identificador : 2501820 BORRADOR 114 / 180 CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Prácticas en sala de informática Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 5.5 NIVEL 1: POLÍTICA INTERNACIONAL, UNIÓN EUROPEA Y POLÍTICA COMPARADA 5.5.1 Datos Básicos del Nivel 1 NIVEL 2: Política Comparada 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Obligatoria ECTS NIVEL 2 6 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3
Identificador : 2501820 BORRADOR 121 / 180 CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 5.5 NIVEL 1: TRABAJO DE FIN DE GRADO 5.5.1 Datos Básicos del Nivel 1 NIVEL 2: Trabajo de fin de Grado 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Obligatoria ECTS NIVEL 2 6 DESPLIEGUE TEMPORAL: Semestral ECTS Semestral 1 ECTS Semestral 2 ECTS Semestral 3 ECTS Semestral 4 ECTS Semestral 5 ECTS Semestral 6 ECTS Semestral 7 ECTS Semestral 8 ECTS Semestral 9 6 ECTS Semestral 10 ECTS Semestral 11 ECTS Semestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE
Identificador : 2501820 BORRADOR 122 / 180 CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS ·Fuentes y bases de datos más importantes para las Ciencias Sociales ·Sistemas de gestión de la información útil para las Ciencias Sociales ·Técnicas de redacción de informes ·Las TIC en la investigación social ·Redacción de trabajos de carácter científico en el ámbito de las Ciencias Sociales y Jurídicas. 5.5.1.4 OBSERVACIONES Tener aprobados 120 créditos de carácter básico y obligatorio (ofertados en los 3 primeros cursos del Grado) y haber cursado y superado 3 asignaturas optativas 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG4 - Desarrollo de destrezas informáticas relativas al ámbito de estudio. CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG7 - Capacidad de toma de decisiones. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG10 - Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG14 - Capacidad para desarrollar actividades creativas. CG15 - Capacidad de liderazgo. CG16 - Conocimiento de otras culturas y costumbres. CG17 - Iniciativa y espíritu emprendedor. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio
Identificador : 2501820 BORRADOR 123 / 180 CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE1 - Identificar las principales teorías y enfoques de la Ciencia Política y de la Administración. CE2 - Describir, explicar y analizar la estructura y el funcionamiento de los sistemas políticos. CE3 - Describir, explicar y analizar la estructura y el funcionamiento de las instituciones políticas. CE4 - Analizar el comportamiento de los actores políticos y de los ciudadanos. CE5 - Interpretar los procesos políticos en su dimensión histórica, política y social. CE6 - Identificar las teorías políticas clásicas y contemporáneas. CE7 - Describir, explicar y analizar la estructura, la organización y el funcionamiento de las Administraciones públicas en sus distintos ámbitos. CE8 - Identificar el marco legal de la actividad que realizan las Administraciones públicas. CE9 - Analizar el entorno económico y evaluar la financiación pública. CE10 - Analizar, planificar, implantar y evaluar políticas públicas. CE11 - Analizar la política internacional y de la Unión Europea. CE12 - Aplicar los métodos y las técnicas de investigación política y social. CE13 - Operar con datos cuantitativos y cualitativos en la investigación sociopolítica. CE14 - Aplicar las técnicas de comunicación política. CE15 - Utilizar tecnologías de la información y de la comunicación y analizar su impacto en el sistema político. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Seminarios 10 100 Pruebas de evaluación 1 100 Preparación y realización de trabajos 139 0 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Sesiones de discusión y debate Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Seguimiento del TFG 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA
Identificador : 2501820 BORRADOR 124 / 180 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 50.0 90.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 10.0 20.0 5.5 NIVEL 1: PRÁCTICAS 5.5.1 Datos Básicos del Nivel 1 NIVEL 2: Prácticas 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Optativa ECTS NIVEL 2 6 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No LISTADO DE MENCIONES Mención en Administración y Gestión Pública NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE En atención a las recomendaciones recogidas en el documento Formación Curricular en Diseño para Todas las Personas en Ciencias Políticas, se propone la introducción de los siguientes objetivos de aprendizaje por asignatura. Prácticas: Conocer y aplicar los principios de inclusión, igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal en instituciones públicas donde se lleve a cabo las prácticas. 5.5.1.3 CONTENIDOS ·Contenidos del trabajo propio del politólogo/a en una organización o institución concreta. ·Aspectos formales e informales de la práctica profesional. ·Actividades específicas de la práctica profesional. ·Integración de contenidos teóricos y prácticos. ·Capacidad de organización y planificación. ·Capacidad para trabajar en un equipo de carácter interdisciplinar. 5.5.1.4 OBSERVACIONES Tener aprobados 120 créditos de carácter básico y obligatorio (ofertados en los 3 primeros cursos del Grado) y haber cursado y superado 3 asignaturas optativas. En el caso de cursar la asignatura Prácticas para la obtención de la mención en Administración y Gestión Pública, es recomendable que éstas se desarrollen en una Administración Pública o Institución de análogas características. 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación.
Identificador : 2501820 BORRADOR 125 / 180 CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG4 - Desarrollo de destrezas informáticas relativas al ámbito de estudio. CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG7 - Capacidad de toma de decisiones. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG10 - Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG14 - Capacidad para desarrollar actividades creativas. CG15 - Capacidad de liderazgo. CG16 - Conocimiento de otras culturas y costumbres. CG17 - Iniciativa y espíritu emprendedor. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE15 - Utilizar tecnologías de la información y de la comunicación y analizar su impacto en el sistema político. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Seminarios 10 100 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 140 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Sesiones de discusión y debate
Identificador : 2501820 BORRADOR 126 / 180 Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales Seguimiento del TFG 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 50.0 80.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 20.0 30.0 5.5 NIVEL 1: TÉCNICAS DE APOYO PARA EL POLITÓLOGO 5.5.1 Datos Básicos del Nivel 1 NIVEL 2: Uso de las Tecnologías en la Investigación Socio-política 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Optativa ECTS NIVEL 2 6 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No LISTADO DE MENCIONES No existen datos NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS El uso de las tecnologías en la investigación socio-política 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG4 - Desarrollo de destrezas informáticas relativas al ámbito de estudio.
Identificador : 2501820 BORRADOR 127 / 180 CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG7 - Capacidad de toma de decisiones. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG14 - Capacidad para desarrollar actividades creativas. CG17 - Iniciativa y espíritu emprendedor. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE12 - Aplicar los métodos y las técnicas de investigación política y social. CE13 - Operar con datos cuantitativos y cualitativos en la investigación sociopolítica. CE15 - Utilizar tecnologías de la información y de la comunicación y analizar su impacto en el sistema político. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES
Identificador : 2501820 BORRADOR 128 / 180 Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Prácticas en sala de informática Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 NIVEL 2: Técnicas de Expresión Oral y Escrita para la elaboración del Discurso Político 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Optativa ECTS NIVEL 2 6 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No LISTADO DE MENCIONES No existen datos NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS Técnicas de expresión oral y escrita para el discurso político 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS
Identificador : 2501820 BORRADOR 129 / 180 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG7 - Capacidad de toma de decisiones. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG14 - Capacidad para desarrollar actividades creativas. CG15 - Capacidad de liderazgo. CG17 - Iniciativa y espíritu emprendedor. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE12 - Aplicar los métodos y las técnicas de investigación política y social. CE13 - Operar con datos cuantitativos y cualitativos en la investigación sociopolítica. CE15 - Utilizar tecnologías de la información y de la comunicación y analizar su impacto en el sistema político. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 28 100 Seminarios 28 50
Identificador : 2501820 BORRADOR 130 / 180 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 51 0 Preparación y realización de trabajos 20 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 20 0 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Prácticas en sala de informática Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 5.5 NIVEL 1: IDEOLOGÍAS POLÍTICAS Y TEORÍA DE LA DEMOCRACIA 5.5.1 Datos Básicos del Nivel 1 NIVEL 2: Ideologías Políticas Contemporáneas 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Optativa ECTS NIVEL 2 6 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No LISTADO DE MENCIONES
Identificador : 2501820 BORRADOR 137 / 180 CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG7 - Capacidad de toma de decisiones. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG10 - Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG15 - Capacidad de liderazgo. CG17 - Iniciativa y espíritu emprendedor. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE7 - Describir, explicar y analizar la estructura, la organización y el funcionamiento de las Administraciones públicas en sus distintos ámbitos. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES
Identificador : 2501820 BORRADOR 138 / 180 Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 NIVEL 2: Gobernanza y Relaciones Intergubernamentales 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Optativa ECTS NIVEL 2 6 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No LISTADO DE MENCIONES Mención en Administración y Gestión Pública NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS ·Gobernanza y gobernabilidad ·Presupuestos teóricos sobre las relaciones intergubernamentales ·Mecanismos de cooperación, procesos de negociación y conflicto de poder en las relaciones intergubernamentales 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES
Identificador : 2501820 BORRADOR 139 / 180 CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG4 - Desarrollo de destrezas informáticas relativas al ámbito de estudio. CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG7 - Capacidad de toma de decisiones. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG10 - Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG14 - Capacidad para desarrollar actividades creativas. CG15 - Capacidad de liderazgo. CG16 - Conocimiento de otras culturas y costumbres. CG17 - Iniciativa y espíritu emprendedor. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE3 - Describir, explicar y analizar la estructura y el funcionamiento de las instituciones políticas. CE7 - Describir, explicar y analizar la estructura, la organización y el funcionamiento de las Administraciones públicas en sus distintos ámbitos. CE12 - Aplicar los métodos y las técnicas de investigación política y social. CE15 - Utilizar tecnologías de la información y de la comunicación y analizar su impacto en el sistema político. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS
Identificador : 2501820 BORRADOR 140 / 180 ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Prácticas en sala de informática Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 NIVEL 2: Política, Gobierno y Administración en Andalucía 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Optativa ECTS NIVEL 2 6 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No
Identificador : 2501820 BORRADOR 141 / 180 LISTADO DE MENCIONES Mención en Administración y Gestión Pública NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS ·Sistema político y Administración en la Comunidad Autónoma de Andalucía ·Políticas públicas en Andalucía ·Elecciones autonómicas y formación de Gobierno en Andalucía ·Cultura política y comportamiento político en Andalucía 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG7 - Capacidad de toma de decisiones. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG10 - Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE3 - Describir, explicar y analizar la estructura y el funcionamiento de las instituciones políticas. CE7 - Describir, explicar y analizar la estructura, la organización y el funcionamiento de las Administraciones públicas en sus distintos ámbitos. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos.
Identificador : 2501820 BORRADOR 142 / 180 CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 NIVEL 2: Relaciones Sindicales y Marco Legal del Personal de las Administraciones Públicas 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Optativa ECTS NIVEL 2 6 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS
Identificador : 2501820 BORRADOR 143 / 180 No No No ITALIANO OTRAS No No LISTADO DE MENCIONES Mención en Administración y Gestión Pública NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS ·El sindicato y el régimen jurídico sindical. ·Concertación social, negociación colectiva, pactos sociales y su instrumentación jurídica. ·Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El contrato del trabajo. 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG7 - Capacidad de toma de decisiones. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG10 - Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG15 - Capacidad de liderazgo. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE2 - Describir, explicar y analizar la estructura y el funcionamiento de los sistemas políticos. CE3 - Describir, explicar y analizar la estructura y el funcionamiento de las instituciones políticas.
Identificador : 2501820 BORRADOR 144 / 180 CE4 - Analizar el comportamiento de los actores políticos y de los ciudadanos. CE5 - Interpretar los procesos políticos en su dimensión histórica, política y social. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0 Evaluación de competencias actitudinales (saber estar): basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos. 0.0 20.0 5.5 NIVEL 1: ELECCIONES 5.5.1 Datos Básicos del Nivel 1 NIVEL 2: Análisis y Sistemas electorales 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2 CARÁCTER Optativa
Identificador : 2501820 BORRADOR 145 / 180 ECTS NIVEL 2 6 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE CASTELLANO CATALÁN EUSKERA Sí No No GALLEGO VALENCIANO INGLÉS No No No FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS No No No ITALIANO OTRAS No No LISTADO DE MENCIONES Mención en Análisis Político: Teoría, Comportamiento y Actores Políticos NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE 5.5.1.3 CONTENIDOS ·Representación en regímenes políticos democráticos ·Sistemas y procesos electorales ·Efectos de los sistemas electorales ·Herramientas y técnicas de análisis e interpretación de resultados electorales ·Técnicas de análisis político 5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS 5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES CG1 - Capacidad de análisis y síntesis. CG2 - Capacidad de organización y planificación. CG3 - Comunicación oral y escrita en lengua castellana CG4 - Desarrollo de destrezas informáticas relativas al ámbito de estudio. CG5 - Capacidad de gestión de la información. CG6 - Capacidad de resolución de problemas. CG8 - Capacidad de trabajo en equipo. CG9 - Habilidades en las relaciones interpersonales. CG11 - Capacidad de razonamiento crítico. CG12 - Desarrollo de aprendizaje autónomo. CG13 - Adaptación a nuevas situaciones. CG14 - Capacidad para desarrollar actividades creativas. CG16 - Conocimiento de otras culturas y costumbres. CG18 - Motivación por la calidad. CG19 - Desarrollo de la capacidad de realizar bien un proceso a partir de unas directrices. CB1 - Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio CB2 - Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio CB3 - Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética
Identificador : 2501820 BORRADOR 146 / 180 CB4 - Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado CB5 - Que los estudiantes hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía 5.5.1.5.2 TRANSVERSALES No existen datos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS CE5 - Interpretar los procesos políticos en su dimensión histórica, política y social. CE12 - Aplicar los métodos y las técnicas de investigación política y social. CE13 - Operar con datos cuantitativos y cualitativos en la investigación sociopolítica. CE15 - Utilizar tecnologías de la información y de la comunicación y analizar su impacto en el sistema político. CE16 - Interesarse por los debates teóricos y metodológicos actuales relativos a la necesidad de avanzar hacia planteamientos más plurales, integradores y comprensivos en la Ciencia Política y de la Administración. CE17 - Adquirir una actitud crítica y analítica ante acontecimientos políticos. CE18 - Apreciar la importancia de colaborar, participar e implicarse en el análisis de los procesos políticos, los actores y las instituciones, como pauta para la mejora en la toma de decisión. CE19 - Fomentar una actitud abierta, flexible y comprensiva sobre la naturaleza compleja, dinámica, social e ideológica de la política y de las administraciones públicas. 5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD Clases lectivas teóricas y prácticas 45 100 Seminarios 7 100 Pruebas de evaluación 3 100 Estudio individual del alumno 50 0 Preparación y realización de trabajos 40 0 Otras tareas: exposiciones, practicas externas 5 100 5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Lección magistral/expositiva Sesiones de discusión y debate Resolución de problemas y estudio de casos prácticos Prácticas de campo Prácticas en sala de informática Seminarios Ejercicios de simulación Análisis de fuentes y documentos Realización de trabajos en grupo Realización de trabajos individuales 5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA Sistema de evaluación de competencias cognitivas (saber): prueba escrita, prueba oral, resolución de problemas, etc. 40.0 80.0 Sistema de evaluación de competencias instrumentales (saber hacer): exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, redacción de informes, etc. 20.0 60.0