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El Real Tribunal del Protomedicato y la profesión quirúrgica española en el siglo XVIII

Astrain Gallart, Mikel

Abstract

Los distintos acercamientos realizados hasta la fecha acerca del Real Tribunal del Protomedicato no han terminado de perfilar sus niveles de actuación y sus conexiones con el resto de organizaciones que controlaron el ejercicio de las profesiones sanitarias durante la Ilustración. La desaparición de sus fondos manuscritos ha sido un obstáculo insalvable. En el presente trabajo se estudian las difíciles relaciones que mantuvieron el Tribunal del Protomedicato con la elite de cirujanos militares ilustrados, quienes hicieron posible la puesta en práctica de un nuevo modelo de enseñanza quirúrgica en España. De esta forma, con la tutela de la enseñanza en los nuevos colegios de cirugía y el control del acceso a la profesión de cirujano se introdujo una cuña en las tradicionales formas de control profesional que ejercían los médicos a través del Real Tribunal del Protomedicato que desembocó en la necesidad de su reforma.

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El Real Tribunal del Protomedicato y la profesión quirúrgica española en el siglo MIKEL ASTRAIN GALLART (*) SUMARIO l.-Introducción. 2.-Los primeros enfrentarnientos. Protomedicato versus elite quirúrgica. 3.-E1 Protomedicato y la fundación de los Colegios de Cirugía de Barcelona y Madrid. Una batalla perdida. 4.-E1 ejercicio quirúrgico y los enfrentamientos en la práctica. Protocirujanato versus cirujanos de la armada. 5.-A modo de conclusión. RESUMEN Los distintos acercamientos realizados hasta la fecha acerca del Real Tribunal del Protomedicato no han terminado de perfilar sus niveles de actuación y sus conexiones con el resto de organizaciones que controlaron el ejercicio de las profesiones sanitarias durante la Ilustración. La desaparición de sus fondos manuscritos ha sido un obstáculo insalvable. En el presente trabajo se estudian las difíciles relaciones que mantuvieron el Tribunal del Protomedicato con la elite de cirujanos militares ilustrados, quienes hicieron posible la puesta en práctica de un nuevo modelo de enseñanza quirúrgica en España. De esta forma, con la tutela de la enseñanza en los nuevos colegios de cirugía y el control del acceso a la profesión de cirujano se introdujo una cuña en las tradicionales formas de control profesional que ejercían los médicos a través del Real Tribunal del Protomedicato que desembocó en la necesidad de su reforma. BIBLID [0211-9536(1996) 16; 135-1501 Fecha de aceptación: 30 de junio de 1995 (*) Becario postdoctoral. Departamento de Historia de la Ciencia (Universidad de Granada) y WeZZcome Institute for the Histoly of Medicine (Londres). DYNAIWS. Acta Hwp. Med. Sci. Hwt. lllus. 1996, 16, 135-150. 136 MIKEL ASTRAIN GALLART La actual comunicación está basada fundamentalmente en la documentación generada por la Secretaría de Marina y por la de Gracia y Justicia, custodiada en el Archivo General de Simancas (A.G.S.) y en el Archivo Histórico de Marina (A.H.M.) ubicado en la localidad de Viso del Marqués. No ha sido realizada ex profeso para el presente simposium sino que es el resultado de un proyecto más amplio que sobre el ejercicio quirúrgico en la España del siglo xvm constituyó mi Memoria de Doctorado (1). Complementariamente, las monografías de Burke sobre el Real Colegio de Cirugía de San Carlos y la Tesis doctoral de Calleja Folguera sobre la reforma sanitaria, especialmente para el ámbito farmacéutico, han sido fuente inagotable de materiales e ideas a la hora de analizar las relaciones entre los diferentes agentes que participaron en la reforma del ejercicio médico y quirúrgico en la España del setecientos (2). Otras aportaciones puntuales a la historia de la cirugía de la Ilustración nos han ayudado a conocer mejor gremios, cofradías y colegios locales. La mejor y más completa relación de los mismos puede verse en el trabajo de Mari Luz López Terrada que abre el presente monográfico. El proceso de profesionalización del ejercicio quirúrgico en España contó con la drástica y continua oposición de médicos, Protomedicato y universidades. Se forjó a través de una estrategia basada, en primer lugar, en la consecución del control de su propio ejercicio; en segundo lugar, en la regulación del acceso y formación de sus futuros miembros; y, finalmente, en el establecimiento de unos nuevos códigos de conducta sancionados (1) La monografía titulada Barberos, cirujanos y gente de mar. La sanidad naval y la profesión quirúrgica en la España ilustrada está punto de ser publicada por la Editorial del Ministerio de Defensa. Igualmente una síntesis del proceso de profesionalización de los cirujanos durante este periodo, que incluye una parte de los materiales aquí expuestos, se encuentra en el estadio de refeees para ser publicada en la revista Social Histoly of Medicine. (2) BURKE, M.E. The Roya1 College of San Carlos. Surgely and Spanish Medical Reform in the Late Eighteenth Centuly, Durham, Duke University Press, 1977. CALLEJA FOLGUERA, M. C. La reforma sanitaria en la España ilustrada, Madrid, Universidad Complutense [serie Tesis Doctorales], 1988. DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. illus. 1996, 16, 135-150. El Protomedicato y la profesión quirúrgica española en el siglo XVIII 137 en las diferentes instrucciones y ordenanzas expedidas por la Corona y el Consejo de Castilla (3). De esta forma, aunque la fundación de los modernos reales colegios de cirugía no influyó directamente en la gran mayoría de los cirujanos que ejercían el oficio o los oficios que a esta ocupación le estaban socialmente asignados hizo tambalear el tradicional sistema de control del ejercio quirúrgico en la España de la segunda mitad del siglo XWII. Paradójicamente fue durante el reinado de Carlos 111, periodo en el que el Tribunal castellano había alcanzado su máxima expansión territorial tras la absorción del catalán en 1766, cuando soportó las más fuertes críticas acordes con la mayoría de edad de la nueva mentalidad ilustrada. Su ramificación en tres audiencias vino provocada por la presión de la élite quirúrgica bien instalada en los centros cercanos al poder. 2. LOS PRIMEROS EiVFREAT~OS. PROTOlMEDICATO VERSUS ELITE QUIR~RGICA La necesidad de formar buenos cirujanos para la Armada y el Ejército se puso de manifiesto desde la llegada a España del primer Borbón (4). Ello se materializó en el fuerte apoyo monetario e ideológico que, desde las más altas instituciones del Estado, se prestó a las personas que se encargaron de realizar esta tarea: los cirujanos mayores de la Real Armada Juan Lacomba y Pedro Virgili. Así, primeramente en el Hospital de Marina (3) FREIDSON, E. La profesión médica. Un estudio de sociología del conocimiento aplicado, Barcelona, Ed. Península, 1978, pp. 21-38, enumera éstos entre los requisitos indispensables para considerar el paso de la realización de una mera actividad al ejercicio de una profesión propiamente dicha. Una panorámica de la legislación sanitaria naval en ASTRAiN, nota 1, capítulo primero y apéndice. Para el conocimiento de la legislación sanitaria del periodo siguen resultando imprescindibles el trabajo de MUNOZ, M.E. Recopilación de las Leyes, Pragmáticas reales, decretos y acuerdos del Real Prot~Medicato. Hecha por encargo del mismo Tribunal, Madnd, Imprenta de la viuda de A. Bordazar, 1751 y NOWSIMA recopilación de las leyes de España ... Mandada recopilar por el Señor Don Carlos N, Madrid, 5 vols., 1805. (4) LAFUENTE, A.; PESET, J. L. Militarización de las actividades científicas en la España ilustrada (1726-1754). In: Peset, J. L. (ed.) La ciencia moderna y el nuevo mundo, Madnd, CSIC, pp. 127-147. DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. nlw. 1996, 16, 135-150. 138 MIKEL ASTRAIN GALLART de Cádiz y posteriormente en el seno del Cuerpo de Cirujanos de Marina y en el Real Colegio de Cirugía se fueron potenciando y ampliando las prerrogativas del Cirujano Mayor frente a aquellas que tradicionalmente habían pertenecido a los protomédicos de la Armada, todo ello con una aparente total inhibición por parte del Real Tribunal del Protomedicato. En el año 17'55 se produjo la primera interferencia directa del Real Tribunal castellano en los asuntos de Marina. Su presidente y primer médico del Rey, José Suñol, reclamó en un Memorial dirigido al Monarca su reconocimiento como ~Protomédico de mar y tierra*. Expresamente reivindicaba su directa intervención a la hora de cubrir las vacantes en los empleos de médicos, cirujanos y boticarios tanto en al ámbito de la marina como del ejército de tierra. Se quejaba, además, de no haber sido consultado con motivo de la fundación del Real Colegio de Cirugía de Cádiz (N ... se fundó sin pedirme dictamen y no sé cómo se gobierna»), y de no tener acceso a examinar a los cirujanos que se embarcaban en la Carrera de Indias. Esta regalía, a su parecer, era inherente al empleo de presidente del Alto Tribunal (5). Por otra parte, la tradición imponía que los cirujanos de la Armada (este tipo de sanitarios eran los Únicos responsables de la sanidad a bordo de los bajeles) que marchaban a Indias, tanto enrolados como tales o en los diferentes regimientos militares embarcados, lo hacían sin la homologación de su titulación ante Tribunal del Protomedicato para evitar, de esa manera, las deserciones y su posterior legal establecimiento en las colonias. Este puede ser uno de los argumentos que expliquen el desinterés de esta institución por conseguir su jurisdicción. El porqué del replanteamiento de la postura del Tribunal en este momento debemos enmarcarlo en la efervescencia e importancia adquirida tanto por el Real Colegio de Cirugía de Cádiz como por la élite de cirujanos que lo dirigían. El escrito, que estaba dirigido al Secretario de Estado, Ricardo Wall, no tuvo consecuencias y hábilmente fue archivado en la sección de asuntos pendientes. De hecho, Fernando VI como reconocimiento de la labor llevada a cabo por el Colegio de Cirugía de Cádiz dispuso, en 1758, que tuviera la potestad de conceder el grado de Bachiller en FilosofEa a sus colegiales, lo (5) El memorial en A.G.S., Marina, leg. 219. 14 de marzo de 1755. DYNAMIS. Acta H*. Med. Sci Hist. ILlus. 1996, 16, 135-150. El Protomedicato y la profesión quirúrgica española en el siglo XVIII 139 que significaba en la práctica la equiparación del nuevo centro docente a cualquiera de las universidades mayores del reino (6). A partir de este momento y durante el periodo que Diego Ferrer ha etiquetado como «Virgiliano», bien por la capacidad de maniobra de éste en la Corte, bien por la especial importancia que para la Marina había adquirido su cuerpo sanitario, no se produjeron más intromisiones directas del Tribunal castellano en los asuntos de la sanidad de la Armada (7). 3. EL PROTOIMEDICA TO Y LA RJNDACIÓN DE LOS COLEGIOS DE CIRUGÍA DE BARCELONA Y MADEUD. WA BATALLA PERDlDA Fue nuevamente el influyente Pedro Virgili el encargado de proyectar el segundo gran colegio de cirugía militar en la ciudad de Barcelona. Su creación no estuvo exenta de tensiones, agravios y desplantes como vamos a tener ocasión de explicar más adelante. Si el proyecto consiguió salir adelante se debió, en gran parte, a la experiencia y poder acumulado por la élite de cirujanos en los ambientes renovadores cortesanos. Así, el papel jugado por el Fiscal del Consejo de Castilla, Pedro Rodríguez Campomanes, y por el propio Sumiller de Corps, José Fernández de Miranda (duque de Losada) resultaron decisivos. Campomanes, exhortado por la Corona para que, en su calidad de fiscal, expusiera las consecuencias que la creación del centro podía tener en las tradicionales prerrogativas municipales catalanas, no solamente apoyó el proyecto en aras a su utilidad pública sino que abogó por su separación de la jurisdicción del alto Tribunal, a semejanza del gaditano (8). (6) A.G.S., Manna, leg. 226. 29 de junio de 1758. (7) En 1758 Pedro Virgili fue nombrado primer cirujano de Cámara y pasó a Madrid desde donde continuó controlando e influyendo en todas las decisiones que tuvieron que ver con la organización sanitaria hasta su muerte en 1776. FERRER, D. Un szglo de czrugia en España, Barcelona, Ed. Pentágono, 1962. (8) Encontraba necesario que la dirección del colegio así como la potestad de examinar a sus graduados correspondiera a uno de los cirujanos de cámara. Todos los expedientes en A.G.S., Guema Moderna, leg. 1543. 19 de marzo de 1760. El Conde de Campomanes (1723-1803) junto al Conde de Floridablanca (1728-1808) eran los dos fiscales del Consejo de Castilla y sobresalieron por sus ataques a los privilegios DYNAMZS. Acta Hzsp. Med. Sn. Hzst. Illus. 1996, 16, 135-150. 140 MIKEL ASTRAIN GALLART El Tribunal del Protomedicato reaccionó denunciando el perjuicio que esta medida podía producir a las universidades, y más concretamente a la Universidad de Cervera, que quedaría sin estudiantes de cirugía. Obviamente, salió en defensa de los privilegios corporativos de los médicos al entender que <<si la cirugía era una parte de la medicinan resultaba necesaria e inexcusable la presencia de un médico en los actos de examen y licencia de los graduados en el centro. Más duro en su juicio, concluía que la creación del Colegio: «no tiene otro objeto que el de constituir un Cuerpo independiente del Protomedicato ..., advierto por todo el conjunto de las ordenanzas que aunque suenan dirigidas a la pública utilidad que se promete a la República con la perfección del arte de la Cirugía, no se cuidó por los cirujanos que las formaron de establecer reglas de enseñanza, sino únicamente de constituir un cuerpo que les pueda producir las mayores utilidades particulares en perjuicio de todas las Universidades, del Protomedicato y de los vasallos...>> (9). A pesar de la demoledora crítica el reglamento de la creación del nuevo colegio fue confirmado en todos sus puntos el 12 de diciembre de 1760 explicitando: .Que el expresado Colegio, sus colegiales y Profesores han de quedar enteramente exentos del Protomedicato, Protomédico de Cataluña y su Teniente, y sujetos únicamente al Primer Cirujano de Cámara de S.M ... » (10). No obstante la claridad de la exposición, pronto comenzaron los de las tradicionales instituciones castellanas, especialmente gremios y universidades. Véase DESDEVISES DU DEZERT, G. Les Institutions de 1'Espagne au XVIII Siecle, Revue Hispanique, 1927, 70, 1-556. KREBS MLCKENS, R. El pensamiento, histórico, político y económico del Conde de Campomanes, Santiago, Universidad de Chile, 1960. LLOMBART ROSA, V. Campornanes: economista y político de Carlos III, Madrid, Alianza Universidad, 1992. (9) A.G.S., Guerra Moderna, leg. 1543, 27 de marzo de 1760. (10) Reglamento aprobado por Su Magestad para la formación del nuevo Colegio de CimLgia, que ha resuelto establecer en el Hospital Real de la plaza de Barcelona, con el j?n de que en él se ensene esta Facultad según se practica en el de Cádiz ... Barcelona, Juan Nadal, 1761, Articulo 18. Existe una copia del mismo en el Expediente de Simancas. Sobre los avatares del colegio véase USANDIZAGA SORALUCE, M. Historia del Real Colegzo de Cirugía de Barcelona, Barcelona, Instituto Municipal de Historia, 1964. DYNAIWS. Acta Hisp. Med. Sci Hist. Illus. 1996, 16, 135-150. El Protomedicato y la profesión quirúrgica española en el siglo XVIII 141 impedimentos materializados en la negativa del Subdelegado del Tribunal en Barcelona a suspender durante tres años los exámenes de cirujanos que tradicionalmente efectuaba (suspensión acordada en el reglamento) y en las trabas que los «cirujanos con tienda» de esa capital impusieron a sus mancebos y aprendices para la regular asistencia a las clases del Colegio. Todos estos escollos acabaron superados al ser establecida en la Ordenanza definitiva la separación de la administración del Colegio y de la cirugía, en general, de la jurisdicción del Protomedicato siendo sustituida por la del Primer Cirujano de Cámara (11). Cuando en 17'66 se produjo la absorción del tribunal catalán por parte del Protomedicato castellano éste realizó una nueva maniobra con objeto de devolver a los médicos el control de la concesión de las licencias del ejercicio quirúrgico. Con este motivo se establecieron unas Instmcciones de nueve artículos para su reglamentación que imponían una subdelegación del Tribunal castellano en el Principado formada por tres médicos. En su artículo quinto se arrogaban la facultad de examinar a boticarios y cirujanos: «Si el examinado fuere Cirujano o Boticario, deberá concurrir uno de estos Facultativos al examen, para probar la suficiencia del pretendiente y expondrá su dictamen a los tres médicos, que votarán en la forma propuesta. (12). Obviamente esta propuesta atentaba frontalmente contra lo legislado en la ordenanza del Real Colegio de Cirugía que en su articulo deécimoctavo había exonerado a sus profesores y colegiales del control médico. Como ha señalado Calleja Folguera resulta difícil creer que un error de tal magnitud no fuera intencionado. Las razones de este nuevo ataque a la autonomía quirúrgica debemos buscarlas en la negativa del tribunal castellano a perder esta parcela de poder. (11) Los estatutos provisionales se convirtieron en ESTATUTOS y Ordenanzas que S.M. manda observar a los Colegzos y Comunidades de Cimjanos, establecidos en Barcelona, Cádiz y en todo el Principado de Cataluña para la enseñanza de la Cirugía, exámenes de los Profesores y su Gobierno económico, Barcelona, Imp. de Tomás Piferrer, 1764. (12) Sobre esta subdelegación del Protomedicato castellano en Cataluña véase PARRILLA HERMIDA, M. Apuntes históricos sobre la subdelegación del Protomedicato en Cataluña. Asckpio, 1981, 33, 391-405. Las Instrucciones mencionadas están reproducidas en las páginas 396-400. DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. nlus. 1996, 16, 135-150. 142 MIKEL ASTRAIN GALLART No podemos olvidar, en este punto, que por su número y por su coste había sido ésta la principal fuente de financiación económica del mismo. Así, los aspirantes a cirujanos depositaban la suma de 1.160 reales de vellón frente a los 450 requeridos a los médicos graduados en universidad mayor y los 675 a los licenciados en universidades menores (13). Como no podía ser de otra forma, la reacción del Colegio catalán no se hizo esperar y tras la petición de una serie de informes a la Real Audiencia de Cataluña que retrasaron la decisión, el Sumiller de Corps, duque de Losada, emitió un informe el 21 de noviembre de 1768, aprobado por la Real Cámara el 7 de diciembre, en el que se establecía una Sobrecédula que excluía al Colegio de Cirugía de la anterior Instrucción, quedando limitadas las facultades de la subdelegación del Tribunal castellano solamente a los profesionales médicos, sin extenderse de ninguna manera a los cirujanos (14). La inauguración y puesta en marcha del Real Colegio de Cirugía de Barcelona significó algo más que la simple apertura de un colegio militar y de ello fueron conscientes sus principales protagonistas. Como el propio cirujano de la Armada y profesor del colegio de Barcelona, Diego Velasco, enfatizó en el discurso con el que inauguró el centro «este hito marcaba el final de una era* (15). De hecho para 1768 había cristalizado un amplio movimiento de (13) En cuanto al número de sanitarios que acudían al Tribunal castellano en busca de revalidar sus títulos sólamente hemos encontrado datos para el segundo semestre de 1785 siendo la proporción claramente favorable a los cirujanos. De un total de 326 candidatos, 300 correspondían a éste último grupo de profesionales (en ellos se incluían sangradores, dentistas y hernistas). A.G.S., Gracia y Justicia, leg. 989. 26 de noviembre de 1785. (14) A.G.S., Oracia y Justicia, leg. 991. 21 de noviembre de 1768. Respecto al caso de los boticarios se suspendía la acción del Protomedicato hasta que se estableciera un plan de estudios y de gobierno para esa facultad. Las vicisitudes e intentos de los boticarios por conseguir su independencia a imagen y semejanza de lo ocurrido en la cirugía pueden verse en CALLEJA, nota 2, pp. 119-140, 161-189, 227 y SS. PUERTO SARMIENTO, FJ. La profesión farmacéutica: del gremialismo al corporativismo. In: PESET, nota 4, pp. 395-421. (15) VELASCO, D. Discurso que en la primera abertura del Real Colegzo de Cirugía de Barcelona dixo Don ..., citado por GARCIA DEL REAL, E. Historia de la medicina espafiola, Madrid, 1921, pp. 442-443. DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Rlw. 1996, 16, 135-150. El Protomedicato y la profesión quirúrgica española en el siglo XVIII 143 reforma de la cirugía que clamaba por el establecimiento en Madrid de una escuela de similares características a las anteriores pero destinada a la formación de los cirujanos civiles. Este grupo no dudó en asociar el establecimiento del nuevo colegio con la consecución de la plena independencia de la facultad quirúrgica frente al Protomedicato. Todas las críticas hacia el Tribunal, como garante de la obtención de los títulos de cirujanos, insistían en que el único objetivo de sus examinadores era su espíritu de lucro. Por otro lado, estas pretensiones de autonomía habían supuesto, durante años, la mayor dificultad para la creación de un centro docente en la capital (no olvidemos el intento de creación del Colegio de Cirugía de San Fernando durante el reinado de Fernando VI y su estrepitoso fracaso ante la oposición del Protomedicato y de la entonces poderosa cofradía de San Cosme y San Damián) (16). Por otro lado, la enseñanza quirúrgica en el ámbito universitario se encontraba absolutamente abandonada y existían especiales impedimentos para su reforma y estandarización. De hecho los estudiantes escaseaban, las cátedras a menudo permanecían vacantes y los libros de texto utilizados, allí donde se impartía, se habían quedado totalmente obsoletos (17). En orden a combatir esta situación el propio Rodríguez Campomanes decidió su abolición allí donde ya existía docencia reglada, especialmente en la ciudad de Barcelona. Así, en 1768 se suprimen las cátedras de cirugía y de anatomía de la Universidad de Cervera, obligando a los estudiantes de medicina universitarios a cursar dichos estudios en el Real Colegio de Cirugía. Igualmente, en 1771 se suprimió la cátedra de cirugía de la Universidad de Alcalá, previéndose para entonces la creación del colegio de San Carlos. Solamente la Universidad de Salamanca mantuvo su programa de enseñanza quirúrgica (18). (16) El llamado Colegio de Cirugía de San Fernando fue inaugurado en Madrid en 1747. Pensado por los cirujanos de cámara como una institución de perfeccionamiento de la profesión quirúrgica sólo consiguió mantenerse operativo durante dos años. Sobre este colegio pueden verse MARTÍNEZ PÉREZ, J. La medicina legal a la enseñanza médico-quirúrgica de la España de la Ilustración, Madrid, Universidad Complutense [serie Tesis Doctorales], 1989, pp. 246-260; BURKE, nota 2, pp. 58-61. (17) PESET, M.; PESET, J.L. La Universidad española (siglos xvllr y xrx). Despotismo ilustrado y revolución liberal, Madrid, Taurus, 1974, pp. 259-282. (18) ADDY, G. The Enlightenment in the University of Salamanca, Durhan, Duke University Press, 1966, p. 323 y PESET; PESET, nota anterior. DYNAIWS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Rlus. 1996, 16, 135-150. 150 MIKEL ASTRAIN GALLART De esta forma, el Real Tribunal del Protomedicato fue una víctima más de esta política reformista, especialmente durante el periodo de Carlos 111, perdiendo sus tradicionales prerrogativas cada vez que planteó algún conflicto de intereses con la élite de cirujanos ilustrados. La experiencia de la cirugía francesa en la década de los cuarenta y el fulgurante reconocimien- to de la utilidad del Real Colegio de Cirugía de Cádiz y su método de estudio llevó a replantear el papel que los médicos y la medicina tenían respecto de los cirujanos y de la cirugía. Así la disputa dialéctica sobre la utilidad de la enseñanza teórica en la formación de los cirujanos y la necesidad del tutelaje médico en su quehacer profesional terminó dinamitando el tradicional sistema de acceso a la profesión quirúrgica a través del examen ante un tribunal formado por médicos legislándose la total autonomía de esta, ahora llamada ciencia quirúrgica, respecto de la medicina. Por otro lado, la creación de los colegios de cirugía en ciudades sin tradición universitaria había evitado un enfrentamiento directo con la Universidad, institución que no pudo permanecer al margen del conflicto y que acabó arratrada por la ola de reformas. Fue por todo ello que las sumas empleadas en las nuevas enseñanzas, a pesar de ser escandalosamente altas, se dieran por bien empleadas. DYNAMIS. Acta Hisp. Med. Sci. Hist. Rlw. 1996, 16, 135-150.